Decisión Nº AP31-S-2016-010517 de Tribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 06-02-2017

Número de expedienteAP31-S-2016-010517
Fecha06 Febrero 2017
EmisorTribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
PartesDESIREE COROMOTO LOPEZ RODRIGUEZ, DARLENY BEATRIZ LOPEZ RODRIGUEZ Y HENRY AUGUSTO LOPEZ RODRIGUEZ
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 06 de Febrero de 2017

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos DESIREE COROMOTO LOPEZ RODRIGUEZ, DARLENY BEATRIZ LOPEZ RODRIGUEZ Y HENRY AUGUSTO LOPEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.096.389, v-6.362.166 y v-31.039.886 respectivamente causahabientes de la de-cujus, TERESA RODRIGUEZ DE LOPEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-989.545, fallecida Ab-Intestato, en fecha 28 de Junio de 2013, en la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ABG. ENEIDA J. TORREALBA
EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. JOWAR PERNIA

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