Decisión Nº AP31-S-2016-0008819 de Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 05-06-2017

Fecha05 Junio 2017
Número de expedienteAP31-S-2016-0008819
Distrito JudicialCaracas
PartesELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ,
EmisorTribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Tipo de procesoRectificacion De Acta
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cinco (05) de junio de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

ASUNTO: AP31-S-2016-0008819
SOLICITANTE: ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número E-81.880.171.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: LUIS ENRIQUE ROMERO, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 33.374.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
I
Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por la ciudadana ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad número E-81.880.171, antes identificada, asistida por el Abogado LUIS ENRIQUE ROMERO, antes identificado, donde solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hijo ABRAHAN ANTONIO. Alega la solicitante que al momento de ser presentado su hijo la identificaron por error como ELVIRA ROSA SIERRA GARCIA, siendo lo correcto ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ. Ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 19 de agosto de 2003, según acta Nº 1659, la misma que acompaño, por lo que la corrección debe versar sobre: donde dice “…ELVIRA ROSA SIERRA GARCIA…, debe decir “…ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ…”.
En fecha 31 de octubre de 2016, se dio entrada a la presente solicitud, instando a la solicitante a consignar copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ.
En fecha 09 de noviembre de 2016, compareció la ciudadana ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ, arriba identificada, asistida por el abogado LUIS ENRIQUE ROMERO, arriba identificado, consignando acta de nacimiento de la prenombrada ciudadana con su debido apostillamiento emanado del Ministerio de Relaciones Exteriores de la república de Colombia.
En fecha 14 de noviembre de 2016, mediante auto se insto a la solicitante a consignar copia de la cedula de identidad del ciudadano ABRAHAN ANTONIO.
En fecha 15 de noviembre de 2016, compareció el abogado LUIS ROMERO, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 33.374, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, mediante la cual consigno escrito exponiendo la razón por el cual el ciudadano ABRAHAN ANTONIO GARCIA no posee documento de identidad.
En fecha 21 de noviembre de 2016, mediante auto se insta nuevamente a la solicitante a consignar copia de la cedula de identidad del ciudadano ABRAHAN ANTONIO.
En fecha 08 de diciembre de 2016, compareció el abogado LUIS ROMERO, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 33.374, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, mediante la cual consigno escrito fundamentado que el ciudadano ABRAHAN ANTONIO GARCIA no posee documento de identidad, por los errores materiales que adolece su partida de nacimiento.
En fecha 14 de diciembre de 2016, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público y se libro edicto a los fines de su publicación.
Mediante auto de fecha 19 de diciembre de 2016, se hizo saber a la solicitante que en fecha 14 de diciembre de 2016, se libró edicto, a fin de ser publicado en el diario Ultimas Noticias y una vez conste dicha publicación en el expediente se notificará al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 23 de enero de 2017, compareció el abogado LUIS ROMERO, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 33.374, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, a fin de consignar edicto publicado ante el diario Últimas Noticias.
En fecha 16 de febrero de 2017, compareció el abogado LUIS ROMERO, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 33.374, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, mediante la cual solicita que se notifique al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.
Se dictó auto de fecha 20 de marzo de 2017, mediante el cual se libro boleta al ciudadano Fiscal del Ministerio Público, a fin de que emita su opinión en la presente solicitud.
En fecha el ciudadano JOHAN GONZALEZ, en su carácter Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó boleta de notificación librada al Fiscal Nonagesima Primera (91°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, debidamente firmada y sellada.
En fecha 22 de mayo de 2017, compareció la abogada MADELAINE AGRDA ADAMS, en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Nonagésima Primera (91º) del Ministerio Público, en la cual impartió opinión favorable nada tiene que objetar.
II
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº. 1659 del año 2003, que reposa en la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 19 de agosto de 2003, en los siguientes términos: donde se lee “…ELVIRA ROSA SIERRA GARCIA…, debe decir “…ELVIRA ROSA GARCIA HERNANDEZ…”.

Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los ( ) días del mes de mayo del dos mil diecisiete (2017). Años: 207º y 158º.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA


ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ
En esta misma fecha siendo las once horas y diecisiete minutos de la mañana (11:17 a.m.) se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA


ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ








VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR