Decisión Nº AP31-S-2017-004488 de Tribunal Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 13-10-2017

Fecha13 Octubre 2017
Número de expedienteAP31-S-2017-004488
PartesMALVI IRENE PÉREZ
EmisorTribunal Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoUnicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO VIGÉSIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 13 de octubre de 2017
207º y 158º

PARTE SOLICITANTE: ciudadana MALVI IRENE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de identidad Nº 7.517.474.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: abogado ÁNGEL HERNÁNDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 43.576.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
ASUNTO: AP31-S-2017-004488

I
SÍNTESIS DEL PROCESO
Se refiere la presente solicitud presentada por las ciudadanas MALVI IRENE PÉREZ, debidamente asistida por el abogado ÁNGEL HERNÁNDEZ, identificados al inicio del presente fallo, quien alega que en fecha seis (06) de julio de dos mil diecisiete (2017), falleció el ciudadano GERSON JOSE YEPEZ PEREIRA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 15.616.119, tal y como consta de Acta de defunción Nº 2228, Tomo 09, Folio 228, de fecha 06-07-2017, expedida por la Oficina Nacional de Registro Civil de la Parroquia Mariches del Municipio Sucre del estado Miranda, por lo que solicita sea declarada como Única y Universal Heredera del de cujus GERSON JOSE YEPEZ PEREIRA, a su persona ciudadana MALVI IRENE PÉREZ.
En fecha 20 de septiembre de 2017, este Juzgado admitió la solicitud y ordenó interrogar a los testigos.
En fecha 04 de octubre de 2017, se tomó declaración a los ciudadanos TORREALBA CALDERA MARVIN JOHAN y GARCÍA SALAZAR GILBERTO JOSÉ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos. 19.754.498 y 18.022.302, respectivamente, quienes afirmaron conocer de vista, trato y comunicación a los solicitantes, y haber conocido de igual forma al de cujus GERSON JOSE YEPEZ PEREIRA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 15.616.119.

II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Concatenando la Probanzas acompañadas por los solicitantes como son Acta de defunción, Acta de matrimonio, acompañando todo lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que la ciudadana MALVI IRENE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de identidad Nº 7.517.474, es la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus ciudadano GERSON JOSE YEPEZ PEREIRA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 15.616.119, tal y como consta de Acta de defunción Nº 2228, Tomo 09, Folio 228, de fecha 06-07-2017, expedida por la Oficina Nacional de Registro Civil de la Parroquia Mariches del Municipio Sucre del estado Miranda. A tenor de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que pudieran tener los terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de éste Despacho Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de octubre de 2017. Años: 207º de la independencia y 158º de la federación.
El Juez,
Dr. CARLOS MARTÍNEZ PERAZA
El Secretario,
Abg. LUIS JOSÉ RANGEL
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las dos con cincuenta minutos de la tarde (02:50 p.m.).
El Secretario,
Abg. LUIS JOSÉ RANGEL



EXP. AP31-S-2017-004488
CMP / LJR

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