Decisión Nº -AP31-S-2017-000048 de Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 19-01-2017

Número de expediente-AP31-S-2017-000048
Fecha19 Enero 2017
Distrito JudicialCaracas
PartesMARIA JESUS TOURIÑAN MOSQUERA
EmisorTribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, diecinueve (19) de enero de dos mil diecisiete (2017)
206º y 157º

ASUNTO: AP31-S-2017-000048

Visto el anterior escrito de solicitud de Únicos Universales Herederos presentado por la ciudadana MARIA JESUS TOURIÑAN MOSQUERA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.299.127, asistida por la abogada HAYBORI GISELA BORJAS MERCHAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 42.621, así como los documentos consignados, este Tribunal previo al pronunciamiento requerido, observa:
En el escrito que encabeza las presentes actuaciones la solicitante señala lo siguiente:
“… (…)En fecha once (11) de enero de dos mil dieciséis y primero (01) de febrero del mismo año, fallecieron ab-intestato mis padres: JOSE TOURIÑAN MARTINEZ, quien titular de la cédula de identidad Nº V-2.956.025, y ANGELA MOSQUERA REINALDO, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-13.137.778 ambos cónyuges, como se evidencia en las Actas de Defunción cuyas copias certificadas (…)
El Tribunal efectúa las siguientes consideraciones:
La solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, fue acompañada con copia simple del acta de defunción del ciudadano JOSE TOURIÑAN MARTINEZ, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.956.025, en la cual podemos evidenciar que falleció el día 11 de enero de 2016, según consta en acta Nº 236 de fecha 17 de enero de 2016, del Tomo Nº 1, en el Registro Civil de la Parroquia San Pedro, del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Así como el acta de defunción Nº 265, del tomo 02, de fecha 02 de febrero de 2016, en copia simple a nombre de la ciudadana ANGELA MOSQUERA DE TOURIÑAN, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V-13.137.778, en la cual se evidencia que falleció el día 01 de febrero de 2016, del Registro Civil de la Parroquia San Agustín, del Municipio Libertador del Distrito Capital. Se desprende de las documentales referidas con inmediata anterioridad, el siguiente hecho: I) la ciudadana ANGELA MOSQUERA DE TOURIÑAN, falleció veintidós (22) días después que el ciudadano JOSE TOURIÑAN MARTINEZ. Por tanto según lo establecido en el artículo Nº 824 del Código Civil, la ciudadana Up-Supra mencionada es heredera de su cónyuge.
Ahora bien, de lo anteriormente trascrito se aprecia que la solicitante pretende que el Tribunal la declare Única y Universal Heredera de ambos padres fallecidos, siendo que lo procedente en este caso es, realizar primero la declaración de herederos del padre premuerto, JOSE TOURIÑAN MARTINEZ, y posteriormente la de su madre, ANGELA MOSQUERA DE TOURIÑAN, fallecida posteriormente, y no ambos a la vez. . Y así se considera.-
En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia NIEGA la solicitud de Declaración de Única Universal Heredera presentada por la ciudadana MARIA JESUS TOURIÑAN MOSQUERA. Y así se decide.-
Asimismo, este Tribunal, ordena la devolución de los documentos originales, previa certificación en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos necesarios.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

LA SECRETARIA


ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ











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