Decisión Nº AP31-S-2017-001201 de Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 03-10-2017

Número de expedienteAP31-S-2017-001201
Fecha03 Octubre 2017
Distrito JudicialCaracas
EmisorTribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
PartesLÍA HERNÁNDEZ DE GUANDA
Tipo de procesoAclaratoria De Sentencia
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 03 de octubre de 2017.-
203º y 154º
Vista la diligencia suscrita por la Abogada MARILEN GUANDA DE GALVIS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.49.665, quien actúa en su propio nombre, mediante la cual solicita se corrija la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 26 de julio de 2017, cursante a los folios 35, 36, 37, 38 y 39, cursante al folio 38, en el Cuarto (4º) párrafo, en relación al nombre de de la ciudadana LÍA HERNÁNDEZ DE GUANDA, donde dice LÍA HERNÁNDEZ DE GUNADA debe decir LÍA HERNÁNDEZ DE GUANDA, este Tribunal de una revisión de las actas procesales, observa que en la DECISION de la sentencia antes citada, por error material involuntario se colocó “LÍA HERNÁNDEZ DE GUNADA” cuando lo correcto es “LÍA HERNÁNDEZ DE GUANDA”. En consecuencia se subsana dicho error, de la siguiente manera: Donde dice “LÍA HERNÁNDEZ DE GUNADA“ debe decir: “LÍA HERNÁNDEZ DE GUANDA“, téngase este auto como complementario de la sentencia dictada en fecha 26 de julio del 2017, todo de conformidad con la norma inserta en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, asimismo se ordena decretar la ejecución de la referida decisión por auto separado.
EL JUEZ,

Dr. JOSÉ GREGORIO VIANA
LA SECRETARIA,

ABOG. ENEIDA VÁSQUEZ

Exp. N° AP31-S-2017-001201
JGV /EV/jesus


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