Decisión Nº AP31-S-2017-000583 de Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 14-11-2017

Número de sentencia276
Fecha14 Noviembre 2017
Número de expedienteAP31-S-2017-000583
EmisorTribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
PartesCARLOS JASMIL HERNANDEZ DIAZ, MARGARET CAROLINA HERNANDEZ MENDEZ Y CARLOS ALBERTO HERNANDEZ MENDEZ
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 14-11-2017
207° y 158°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos CARLOS JASMIL HERNANDEZ DIAZ, MARGARET CAROLINA HERNANDEZ MENDEZ y CARLOS ALBERTO HERNANDEZ MENDEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-5.567.961, V-14.594.090 y V-18.040.485, respectivamente, causahabientes de la De Cujus JANETTE CAROLINA MENDEZ DE HERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-5.592.019, fallecida Ab-Intestato, en fecha 24 de Abril de 2016, en la Parroquia Chacao, Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por el solicitante los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-Así se decide.
EL JUEZ TITULAR,

Dr. RENAN JOSE GONZALEZ.
LA SECRETARIA ACC.,

YENNY CARABALLO

AP31-S-2017-000583.
RJG/YC/Lawrence


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