Decisión Nº AP71-0-2016-000033 de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 04-05-2017

Fecha04 Mayo 2017
Número de expedienteAP71-0-2016-000033
Distrito JudicialCaracas
PartesMARIA ANGELINA TEIXEIRA DE BARROS CONTRA JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Tipo de procesoAmparo Constitucional
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cuatro (04) de mayo de dos mil diecisiete (2017)
Años: 206º y 158º

Exp. N°AP71-0-2016-000033 (865)

Vista la diligencia de fecha tres (03) de mayo del año en curso, suscrito por el abogado RAMÓN IGNACIO GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.004, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA ANGELINA TEIXEIRA de BARROS, mediante la cual APELA de la decisión dictada en fecha veintisiete (27) de abril de 2017, este Tribunal oye la misma en un solo efecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia, remítase el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contentivo de una (01) pieza de trescientos noventa y cuatro (394) folios útiles. Asimismo se ordena realizar por Secretaría cómputo de los tres (03) días hábiles que tenían las partes para ejercer el recurso de apelación, transcurridos desde el día 27 de abril 2017, exclusive, fecha en la cual se publicó el extenso del fallo hasta el día 03 de mayo de 2017 fecha en la cual vence el lapso para ejercer el mencionado recurso de apelación.
EL JUEZ TITULAR,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

AISAHAR NAZARETH LARGO.
Quien suscribe, AISAHAR NAZARETH LARGO, Secretaria Accidental del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Deja constancia que, desde el día 27 de abril de 2017, exclusive hasta el día 03 de mayo de 2017, inclusive, transcurrieron un total de tres (03) días hábiles los cuales se especifican de la siguiente manera; ABRIL 2017: 28; MAYO 2017: 02 y 03 Caracas, cuatro (04) de mayo del año dos mil diecisiete (2017). A 206º años de la Independencia y 158º de la Federación.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

AISAHAR NAZARETH LARGO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, cuatro (04) de mayo de dos mil diecisiete (2017)
Años: 206º y 158
Expediente Nº AP71-0-2016-000033 (865)
De la revisión minuciosa a las actas que conforman la presente causa, se pudo constatar que en los folios 20 al folio 188, los folios 191 al folio 340 y los folios 360 al folio 374 (todos inclusive), presentan tachaduras.
En consecuencia, se le impone a la secretaría de este Juzgado, salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

AISAHAR NAZARETH LARGO.

Quien suscribe, AISAHAR NAZARETH LARGO, secretaria Accidental del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que la foliatura enmendada o corregida “VALEN”. Caracas, cuatro (04) de mayo del año dos mil diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

AISAHAR NAZARETH LARGO.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cuatro (04) de mayo de dos mil diecisiete (2017)
Años: 206º y 158

OFICIO Nº 2017-A-
CIUDADANOS:
PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DEL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA,
SALA CONSTITUCIONAL.
SU DESPACHO.

Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° AP71-0-2016-000033 (865), de nomenclatura llevada por este tribunal contentivo de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por la ciudadana MARÍA ANGELINA TEIXEIRA de BARROS asistida por el abogado RAMÓN IGNACIO GONZÁLEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 18.004 contra la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en fecha siete (07) de marzo de 2016; constante de una (01) pieza de trescientos noventa y cuatro (394) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de la apelación ejercida en fecha tres (03) de mayo de 2017, por el abogado Ramón Ignacio González, inscrito en el Inpreabogado N°18.004, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana María Angelina Teixeira de Barros.-
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EXP: AP71-0-2016-000033 (865)

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