Decisión Nº AP71-R-2016-000027-6.957 de Juzgado Superior Decimo en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 02-11-2017

Fecha02 Noviembre 2017
Número de expedienteAP71-R-2016-000027-6.957
Distrito JudicialCaracas
PartesTERESA HERMINIA REYES GARCÍA CONTRA LOS CIUDADANOS LILIANA DEL VALLE LOPEZ URPIN Y LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA
EmisorJuzgado Superior Decimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Tipo de procesoRetracto Legal
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DECIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


JUZGADO SUPERIOR DÉCIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREAMETROPOLITANA DE CARACAS

AUDIENCIA ORAL
DEL DÍA JUEVES DOS (02) DE NOVIEMBRE DEL 2017
En horas de despacho del día de hoy, jueves dos (02) de noviembre del dos mil diecisiete (2017), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijados por este Juzgado en el acta de fecha 27 de octubre de 2017, en la cual se difirió la oportunidad para el pronunciamiento del fallo de manera oral en el presente asunto y posterior publicación, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 123 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, con motivo del juicio de Retracto Legal Arrendaticio seguido por la ciudadana TERESA HERMINIA REYES GARCÍA contra los ciudadanos LILIANA DEL VALLE LOPEZ URPIN y LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, sustanciado en el expediente Nº AP71-R-2016-000027/6.957, nomenclatura de este Juzgado Superior; se deja constancia que se encuentran presentes para este acto el abogado ISMAEL FERNANDEZ DE ABREU, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 35.714, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana TERESA HERMINIA REYES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.343.647, en su carácter de parte actora apelante, que también se encuentra presente; asimismo, se deja constancia que la parte demandada, ciudadanos LILIANA DEL VALLE LOPEZ URPIN y LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, no comparecieron al acto ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado, toma la palabra la DRA. MARÍA F. TORRES TORRES, en su carácter de Jueza del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y procede a dictar el dispositivo de la decisión en la presente causa, en los siguientes términos:

DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 17 de diciembre del 2015 por el profesional del derecho ISMAEL FERNÁNDEZ DE ABREU, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, ciudadana TERESA HERMINIA REYES GARCÍA, contra la sentencia dictada el 14 de diciembre del 2015, por el Juzgado Decimoctavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO incoara la ciudadana TERESA HERMINIA REYES GARCÍA contra los ciudadanos LILIANA DEL VALLE LOPEZ URPIN y LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, ambas partes identificadas ampliamente en el encabezado de la presente decisión, por no existir la figura del tercero para subrogarse como efecto de la declaratoria de nulidad del proceso en el cual se efectuó la transacción judicial de fecha 23 de julio de 2008 y en consecuencia, la invalidez de dicho acto procesal.
Queda CONFIRMADA la sentencia apelada con la motivación aquí expresa.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, por resultar totalmente vencida en la presente causa.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente sentencia. En su oportunidad procesal, remítase el expediente a su tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los dos (02) días del mes de noviembre del dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZA,


DRA. MARÍA F. TORRES TORRES
LA PARTE ACTORA y SU REPRESENTACIÓN JUDICIAL,



POR LA PARTE DEMANDADA,
NO ASISTIÓ AL ACTO


LA SECRETARIA,


ABG. ELIANA M. LÓPEZ REYES




Exp. N° AP71-R-2016-000027/6.957.-
MFTT/EMLR/Gmsb.-
Sentencia definitiva.
Materia Civil.

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