Decisión Nº BH0C-X-2019-000001 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio (Anzoategui), 08-01-2019

Fecha08 Enero 2019
Número de expedienteBH0C-X-2019-000001
Tipo de procesoAccion Mero Declarativa
PartesROSA MARIA PADRINO SUNICO Y BOGART ENRIQUE GONZALEZ,
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
Distrito JudicialAnzoategui
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, ocho de enero de dos mil diecinueve
208º y 159º

ASUNTO: BH0C-X-2019-000001
MOTIVO: MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÒN DE ENEJENAR Y GRAVAR
Sentencia Interlocutoria.
ASUNTO: ACCION MERO DECLARATIVA.-
DEMANDANTE: ROSA MARIA PADRINO SUNICO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.833.979.
ABOGADO ASISTENTE: RAUL MEZA CASTRO inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.75.534.
DEMANDADO: BOGART ENRIQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.181.105.

ADOLESCENTES: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

FECHA DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO: 10/04/2018.-

Vistas la diligencia, presentadas por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD CIVIL), en fechas 07/05/2018 y 12/12/2018, suscritas por el abogado en ejercicio RAUL MEZA CASTRO, inscrito en el IPSA bajo el N° 75.534, actuando en su carácter de autos, y el contenido de las misma, cursantes a los folios veinte (20) y cincuenta y ocho (58) del cuaderno principal del presente procedimiento de ACCION MERO DECLARATIVA y los recaudos que la acompañan, presentado por la ciudadana ROSA MARIA PADRINO SUNICO , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.833.979, debidamente asistidas por la abogada en ejercicio RAUL MEZA CASTRO inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.75.534, en contra del ciudadano BOGAT ENRIQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.181.105, en donde se encuentra involucrado los adolescentes: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ; en consecuencia se dicta la presente Sentencia Interlocutoria y se abre el presente Cuaderno de Medidas, el cual formará parte del Expediente Nº BP02-V-2018-000283; Del mismo modo, por cuanto se verifica de la ultima actuación anotada, la sustentación jurídica del buen derecho que se reclama. Asimismo se considera demostrado el riesgo que se haga ilusorio del fallo, por el retardo procesal reconocido de vieja data por el Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 465 Y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niñas, Niñas y Adolescentes en concordancia con los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil: PRIMERO: DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LA SIGUIENTE MEDIDA DE: PROHIBICIÒN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un (01) inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda principal, distinguido con la letra y número L-2-1, situada en la planta segunda del Edificio L, del Conjunto Residencial Puerto Guaica (2º etapa), tal y como se evidencia en documento debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, bajo el Numero 41, Protocolo Primero, Tomo Décimo Cuarto, en fecha 7 de junio del año 2001, el cual corresponde como objeto de la presente demanda. Líbrese oficio respectivo Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: En cuanto a la Medida de Embargo sobre el vehiculo con las siguientes características; PLACAS: AA432EJ; MARCA: Toyota; MODELO: Corolla, AÑO: 2001, se NIEGA la misma por cuanto la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en el particular PRIMERO es suficiente para garantizar las resultas del fallo. TERCERO: Se fija un régimen de convivencia familiar amplio en donde el padre, ciudadano BOGART ENRIQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.181.105, podrá compartir con los adolescentes Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) 5, sin que interfiera en el desarrollo de sus actividades escolares y recreativas
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, a los ocho (08) días del mes de Enero del año 2019.-
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. ALFREDO HERRERA SANCHEZ
EL SECRETARIO

ABG. JESUS MAITA HERNANDEZ
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia.-

EL SECRETARIO

ABG. JESUS MAITA HERNANDEZ


AHS/María Fernanda Varela.-





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