Decisión Nº BP01-P-2017-000410 de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control (Anzoategui), 25-01-2017

Fecha25 Enero 2017
Número de expedienteBP01-P-2017-000410
Tipo de procesoOrden De Aprehension
PartesFISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI DRES. JOSE DANIEL PEREZ ROMERO Y LUIS GONZALO GALINDO VELASQUEZ, CIUDADANOS ALCIDES JOSUE ORTIZ HERNANDEZ, VICTIMAS RICARDO JOSE FIGUERA BRITO (OCCISO) Y JESUS ENRIQUE FIGUERA BRITO
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
Distrito JudicialAnzoategui
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Barcelona
Barcelona, 25 de enero de 2017
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2017-000410
ASUNTO : BP01-P-2017-000410


Visto el escrito presentado por los Dres. JOSE DANIEL PEREZ ROMERO Y LUIS GONZALO GALINDO VELASQUEZ, en carácter de Fiscal Provisoria en la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia plena, encargada de la Fiscalía Vigésima de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y Fiscal Auxiliar Interino Vigésimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION en contra de los ciudadanos ALCIDES JOSUE ORTIZ HERNANDEZ, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nº 25.426.774, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN PERJUICIO DEL HOY INERTE RICARDO JOSE FIGUERA BRITO Y LESIONES PERSONALES LEVES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 416 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN PERJUICIO DE JESUS ENRIQUE FIGUERA BRITO, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
FUNDAMENTOS DE HECHO:
“…de las actas que integran el la presente investigación penal signada con el numero K-16-0383-00991 (nomenclatura de la division de investigaciones cientificas penales y criminalisticas), se desprende, que siendo aproximadamente las 01:00 horas de la madrugada del 18 de diciembre de 2016, los ciudadanos JESUS ENRIQUE FIGUERA BRITO, RICARDO JOSE FIGUERA BRITO, JEAN CARLOS FIGUERA BRITO, MARIA ANGELICA FIGUERA BRITO, MIRLENIS DEL VALLE RAMIREZ FIGUERA Y FABIOLIA DE JESUS SALAZAR GONZALEZ, se encontraban en un matiné que se efectuaba en la casa del ciudadano JULIO RAFAEL HERNANDEZ GOMEZ. Aproximadamente a las 02:00 horas de la madrugada, los ciudadano JESUS FIGUERA Y RICARDO FIGUERA deciden salir al patio de la vivienda donde se organizaba la precitada festividad, en ese transcurso JULIO CESAR RUIZ AVILES, alias “JULIO EL PINTOR” le mete el pies a RICARDO, cayendose este a su vez, por lo que decide levantarse y reclamarle a LUIS EL PINTOR por dicha accion, JULIO pide auxilio, integrandose en la discusión el ciudadano LUIS ALEXANDER GARCIA GONZALEZ, alias “LUIS EL CUÑAO” y ALCIDES JOSUE ORTIZ HERNANDEZ, alias “EL NIÑO”, a defender a JULIO, provocandose una riña en el sitio, EL NIÑO logra sacar un arma de fuego, tipo pistola, y con la cacha del armamento logra impactar en la cabeza de JESUS FIGUERA, exactamente en la ceja, las personas reunidas en el sitio emprenden huida al percatar la presencia de un arma de fuego, es cuando EL NIÑO acciona el arma en contra de RICARDO JOSE FIGUERA BRITO provocando la muerte del hoy examine…”.

Ahora bien, de los elementos de convicción correspondientes a las diligencias de investigación practicadas por el órgano policial y que reposan en las actas procesales del expediente con relación al caso, se aprecia lo siguiente:

1. TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDA: de fecha 18/12/2016, donde se refiere a la recepción de llamada telefónica.
2. ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 18/12/2016, suscrita por Funcionario DETECTIVE AGREGADO EFRAIN FUENTES, ADSCRITO AL EJE DE INVESTIGACIONES DE HOMICIDIO ANZOATEGUI.
3. INSPECCION TECNICA N° 01016-16 de fecha 18/12/2016, suscrita por los funcionarios DETECTIVE AGREGADO EFRAIN FUENTES y DETECTIVE JOSE CAPUCCIO, ADSCRITOS AL EJE DE INVESTIGACIONES DE HOMICIDIO ANZOATEGUI.
4. INSPECCION TECNICA N° 01015-16 de fecha 18/12/2016, suscrita por los funcionarios DETECTIVE AGREGADO EFRAIN FUENTES y DETECTIVE JOSE CAPUCCIO, ADSCRITOS AL EJE DE INVESTIGACIONES DE HOMICIDIO ANZOATEGUI.
5. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por el ciudadano JEAN CARLOS FIGUERA BRITO.
6. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por la ciudadana JULIO RAFAEL HERNANDEZ.
7. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por la ciudadana JULIO RAFAEL HERNANDEZ.
8. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, 18/12/2016, suscrito por el Funcionario detective MARIA CAMPOS.
9. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por la ciudadana FABIOLA DE JESUS SALAZAR GONZALEZ.
10. . ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 19/12/2016, suscrita por Funcionario DETECTIVE JEFE MARIA CAMPOS ADSCRITO AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES y CRIMINALISTICAS DEL ESTADO ANZOATEGUI.
11. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por la ciudadana MARIA ANGELICA FIGUERA BRITO
12. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por la ciudadana MIRLENIS DEL VALLE RAMIREZ FIGUERA
13. RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL NRO 3560303-6229-16 practicada al ciudadano FIGUERA BRITO JESUS ENRIQUE.
14. PROTOCOLO DE AUTOPSIA NRO 356-0303-1226-2016, practicada al occiso FIGUERA RICARDO.
15. RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL NRO 16 de fecha 16/01/2017 realiza por el detective ANTHONY CAÑAS ADSCRITO AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES y CRIMINALISTICAS DEL ESTADO ANZOATEGUI.
16. CERTIFICADO DE ACTA DE DEFUNSION del hoy occiso RICARDO JOSE FIGUERA BRITO de fecha 19/12/2016.
17. ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 19/01/2017 suscrita por el funcionario detective MARIA CAMPOS ADSCRITO AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES y CRIMINALISTICAS DEL ESTADO ANZOATEGUI.
18. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/12/2016, rendida por la ciudadana MARIA TERESA HERNADEZ CAMPOS

Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena Privativa de Libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que los ciudadanos ALCIDES JOSUE ORTIZ HERNANDEZ, Venezolano, , Titular de la Cedula de Identidad Nº 25.426.774, , por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN PERJUICIO DEL HOY INERTE RICARDO JOSE FIGUERA BRITO Y LESIONES PERSONALES LEVES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 416 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN PERJUICIO DE JESUS ENRIQUE FIGUERA BRITO. y ASÍ SE DECIDE.

D I S P O S I T I V A

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de Guardia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ALCIDES JOSUE ORTIZ HERNANDEZ, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nº 25.426.774, , por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 406 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN PERJUICIO DEL HOY INERTE RICARDO JOSE FIGUERA BRITO Y LESIONES PERSONALES LEVES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 416 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN PERJUICIO DE JESUS ENRIQUE FIGUERA BRITO, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra de los mencionados ciudadanos y ASÍ SE DECIDE. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01; DE GUARDIA

DRA. NEREIDA REYES ALFONZO
LA SECRETARIA DE GUARDIA
ABG. YOMARI RAMOS

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