Decisión Nº BP02-J-2016-002638 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio (Anzoategui), 25-01-2017

Fecha25 Enero 2017
Número de expedienteBP02-J-2016-002638
Tipo de procesoDivorcio 185 - A
PartesCARMEN CECILIA CARMONA GONZALEZ Y JHONNY JOSE TORRES ROJAS
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
Distrito JudicialAnzoategui
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO: BP02-J-2016-002638
Sentencia Interlocutoria con Fuerza definitiva
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
PARTE DEMANDANTE CARMEN CECILIA CARMONA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-17.972.667 y de este domicilio
ABOGADO ASISTENTE MARISAMIL MALAVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.195 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: JHONNY JOSE TORRES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.854.968, el cual puede ser localizado en su domicilio Calle las Colinas, casa N° 15, Valle lindo de la Ciudad de Puerto La Cruz. Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui
ABOGADO ASISTENTE : No constituyo
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
Visto que en oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de conformidad con lo establecido con el artículo 512 y 521 de la ley Orgánica Para la protección de Niños, Niñas y Adolescente, con ocasión a la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentado por la ciudadana CARMEN CECILIA CARMONA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-17.972.667 y de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la abogado en el ejercicio MARISAMIL MALAVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.195 y de este domicilio, mediante la cual solicita la Disolución del Vinculo Conyugal, de conformidad con el artículo 185-A, en contra del ciudadano JHONNY JOSE TORRES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.854.968, el cual puede ser localizado en su domicilio Calle las Colinas, casa N° 15, Valle lindo de la Ciudad de Puerto La Cruz. Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui o en su sitio de trabajo en la Refinería Ubicada en la Avenida Gulf de la Ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui, en la empresa CONSORCIO VONE; en donde se encuentra involucrada la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Anunciado el acto por la alguacil ORLANDO FERNANDEZ. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, con la Jueza AMERICA FERMIN junto a la Fiscal Décima Primera auxiliar del Ministerio Publico Abog. GISELA FORERO. En virtud de la incomparecencia de la solicitante, ciudadana CARMEN CECILIA CARMONA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-17.972.667, ni por si ni por medio de apoderado judicial, a la celebración de la audiencia preliminar, sin que se justificara su inasistencia; esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 514 Y 522 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento de DIVORCIO 185-A, presentado por la ciudadana CARMEN CECILIA CARMONA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-17.972.667, debidamente asistido en este acto por la abogado en el ejercicio MARISAMIL MALAVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 132.195, mediante la cual solicita la Disolución del Vinculo Conyugal, de conformidad con el artículo 185-A, en contra del ciudadano JHONNY JOSE TORRES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.854.968, el cual puede ser localizado en su domicilio Calle las Colinas, casa N° 15, Valle lindo de la Ciudad de Puerto La Cruz. Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui o en su sitio de trabajo en la Refinería Ubicada en la Avenida Gulf de la Ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui, en la empresa CONSORCIO VONE; en donde se encuentra involucrada la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, dejando en su lugar copias certificadas Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Publíquese, regístrese, tal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año dos mil diecisiete (2017). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZA

ABG. AMERICA FERMIN GONZALEZ.

LA SECRETARIA
ABG. ROSSMARY LOPEZ






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