Decreto N° 4.525, mediante el cual se dicta la Optimización y Dinamización de los Procesos de Exportación

NICOLÁS MADURO MOROS

Presidente de la República Bolivariana de Venezuela

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren el numeral 15 del artículo 156 y los numerales 2 y 11 del artículo 236, ejusdem, concatenado con el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, los numerales 1,11 y 13 del artículo 3, y el artículo 117 del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta la Ley Orgánica de Aduanas, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra que la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas, fundamentándose en los principios de celeridad, simplicidad, eficacia, eficiencia, objetividad, uniformidad, para el ejercicio de la función pública, y con sometimiento pleno a las leyes y al derecho, garantizando la seguridad jurídica, mediante órganos y entes eficaces y eficientes que se encarguen de su aplicación y fiel cumplimiento,

CONSIDERANDO

Que de acuerdo al Proyecto Nacional Simón Bolívar, Tercer Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2019-2025, se mantiene como objetivo nacional la transformación del sistema económico, en función de la transición al socialismo bolivariano, trascendiendo del modelo...

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