Decreto No 4.703, mediante el cual se crea la Vicepresidencia Sectorial González, como Directora General de la Oficina de Gestión Administrativa, de Ciencia, Tecnología, Educación y Salud, como órgano superior González, como Directora General de la Oficina de Gestión Administrativa, de dirección de la acción de gobierno, al cual corresponderá la coordinación de los Ministerios del Poder Popular con competencia en las materias de: para la Ciencia y Tecnología; para la Educación, para la Educación Universitaria; y para la Salud, así como la definición de las líneas elementales en la formulación de políticas públicas aines con el ámbito de su actividad, su ejecución y control; y se nombra a la ciudadana Gabriela Servilia Jiménez Ramírez, como Vicepresidenta Sectorial de Ciencia, Tecnología, Educación y Salud

Decreto Nº 4.703 20 de junio de 2022

NICOLÁS MADURO MOROS

Presidente de la República Bolivariana de Venezuela

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 2, 11 y 20 del artículo 236 eiusdem, y el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con los artículos , 18, 19 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en Consejo de Ministros,

DECRETO

Artículo 1°

Se crea la Vicepresidencia Sectorial de Ciencia, Tecnología, Educación y Salud, como órgano superior de dirección de la acción de gobierno, al cual corresponderá la coordinación de los Ministerios del Poder Popular con competencia en las materias de: para la Ciencia y Tecnología; para la Educación, para la Educación Universitaria; y para la Salud, así como la definición de las líneas elementales en la formulación de políticas públicas afines con el ámbito de su actividad, su ejecución y control.

Artículo 2° La Vicepresidencia Sectorial de Ciencia, Tecnología, Educación y Salud, contará con una estructura racional y eficiente para el cumplimiento de sus actividades.

Dicha estructura estará comprendida por una Oficina de Gestión Interna, en la cual se organizarán las funciones relativas a la administración financiera, la gestión de talento humano de la Vicepresidencia Sectorial, para lo cual se requerirá la aprobación del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Planificación.

Artículo 3° Las dudas o controversias que pudieran plantearse con ocasión de este Decreto, serán resueltas por la Vicepresidenta Ejecutiva de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 4° Se ordena que en una futura reforma del Decreto sobre Organización General de la Administración Pública Nacional, sea incorporado lo establecido en este Decreto.
Artículo 5° Nombro a la ciudadana GABRIELA SERVILIA JIMENEZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.225.122, como Vicepresidenta Sectorial de Ciencia, Tecnología, Educación y Salud con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 6° La Vicepresidenta Ejecutiva de la República Bolivariana de Venezuela, queda encargada de la ejecución de este Decreto.
Artículo 7° Este Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, a los veinte días del mes de junio de dos mil veintidós. Años 211° de la Independencia, 163° de la Federación y 23° de la Revolución Bolivariana.

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