Decisión nº 464-09 de Tribunal Primero de Control de Zulia (Extensión Maracaibo), de 4 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2009
EmisorTribunal Primero de Control
PonenteAndrés Enrique Urdaneta Casanova
ProcedimientoAuto Acordando Extension De Presentacion

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

Decisión Nº 464 -09 Causa Nº 1C-4601-07

Visto la solicitud de Extensión de las Presentaciones presentada por la ABOG. YUARI PALACIO OLIVARES, en su carácter de Defensora Pública (s) Vigésima Segunda Penal a favor del imputado JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO; este Tribunal resuelve de la manera siguiente:

DE LA PRESENTACIÓN DE IMPUTADO Y ESTADO ACTUAL DE LA CAUSA

Observa este Tribunal que en 07-11-07 este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia decretó Medida Cautelar Privativa de Libertad, al ciudadano JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO.-

FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR

Ahora bien, este Tribunal observa que el imputado de autos se ha venido presentando por ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito, se puede constatar el fiel cumplimiento del imputado de actas cada Treinta (30) días; por lo que este Tribunal considera procedente en derecho es DECLARAR CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSOR PUBLICA ABOG. YUARI PALACIO OLIVARES, en su carácter de Defensora Público Vigésima Segunda Penal Ordinario, de las Extensiones de Presentaciones cada Sesenta (60) días a partir de la presente fecha 04-05-09; a favor del imputado JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218. ASÍ SE DECLARA.

DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARAR CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA ABOG. YUARI PALACIO OLIVARES, en su carácter de Defensora Pública Vigésima Segunda Penal Ordinario, de las Extensiones de Presentaciones cada Sesenta (60) días a partir de la presente fecha 04-05-09; a favor del imputado JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218. ASÍ SE DECLARA.

Se ordena librar Boleta de Notificación al Ministerio Público, a la defensa. Se ordena librarle Boleta de Notificación al imputado a los fines de que tengan conocimiento de la misma. Regístrese la presente decisión, Publíquese y notifíquese.-

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL.-

ABOG. ANDRES URDANETA CASANOVA

LA SECRETARIA (S)

ABOG. MAGLENYS GONZALEZ

En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el No. 464-09 en el Libro de Registro de decisiones llevado por este Tribunal en el presente año, se libró oficio N° 1615-09 con las respectivas Boletas.

LA SECRETARIA (S)

ABOG. MAGLENYS GONZALEZ

AUC/st.

Causa No 1C-4601-07

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica al ciudadano JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218; residenciado en el Sector Ayacucho, Avenida 81, casa N° 79K-50, a cuatro cuadras de la Panadería “RENFE”, Maracaibo, Estado Z.Q. este Tribunal por decisión N° 464-09 de esta misma fecha, declaro Con Lugar la solicitud requerida por su Defensora ABOG. YUARI PALACIO OLIVARES, en su carácter de Defensora Vigésima Segunda Penal Ordinario, es por que Deberá Presentarse por ante el Departamento de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, cada Sesenta (60) días a partir de esta misma fecha.

Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN,

ABOG. ANDRES URDANETA CASANOVA

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

EL (A) NOTIFICADO (A):

FIRMA:___________________________FECHA:_________HORA:_______

AUC/st.-

Causa N° 1C-4601-07.

Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial, Penal del Estado Zulia. Dirección Palacio de Justicia, Sede del Poder Judicial, Avenida Las Delicias, frente al Diario Panorama, Primer Piso.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica a la ABOG. YUARI PALACIO OLIVARES, en su carácter de Defensora Pública Vigésima Segunda Penal Ordinario de la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Zulia, que este Tribunal por decisión N° 464-09 de esta misma fecha, declaro con lugar la solicitud requerida por usted, en cuanto a las presentaciones cada Sesenta (60) días a partir de esta fecha 04-05-09, en la causa seguida al ciudadano JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218, por la presunta comisión del delito de de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO.

Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN,

ABOG. ANDRES URDANETA CASANOVA

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

EL (A) NOTIFICADO (A):

FIRMA:___________________________FECHA:_________HORA:_______

AUC/st.-

Causa N° 1C-4601-07.

Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial, Penal del Estado Zulia. Dirección Palacio de Justicia, Sede del Poder Judicial, Avenida Las Delicias, frente al Diario Panorama, Primer Piso.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica al ciudadano FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, que este Tribunal por decisión N° 464-09 de esta misma fecha, declaro Con Lugar la solicitud requerida por la Defensora Pública Vigésima Segunda Penal Ordinario, ABOG. YUARI PALACIOS, en cuanto a las presentaciones cada Sesenta (60) días a partir de esta fecha 04-05-09, en la causa seguida al ciudadano JANIGSON J.V.F., titular de la cédula de identidad N° 13.704.218, por la presunta comisión del delito de de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO.

Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN,

ABOG. ANDRES URDANETA CASANOVA

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

EL (A) NOTIFICADO (A):

FIRMA:___________________________FECHA:_________HORA:_______

AUC/st.-

Causa N° 1C-4601-07.

Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial, Penal del Estado Zulia. Dirección Palacio de Justicia, Sede del Poder Judicial, Avenida Las Delicias, frente al Diario Panorama, Primer Piso.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

OFICIO N° 1615-09

CIUDADANO:

COORDINADOR DEL DEPARTAMENTO

DEL ALGUACILAZGO.

SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio BOLETA DE NOTIFICACIÓN librada por este Tribunal de Control correspondiente al FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO, a la ciudadana ABOG. YUARI PALACIO, Defensora Pública Vigésima Segunda Penal Ordinario, y al ciudadano JANIGSON J.V.F.; correspondiente a la causa N° 1C-4601-07; para que la misma se haga efectiva a la mayor brevedad posible.

Solicitud que la hago a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN,

ABOG. ANDRES URDANETA CASANOVA

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

AUC/st.-

Causa N° 1C-4601-07.

Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial, Penal del Estado Zulia. Dirección Palacio de Justicia, Sede del Poder Judicial, Avenida Las Delicias, frente al Diario Panorama, Primer Piso.

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