Decisión nº UG012012000172 de Corte de Apelaciones de Yaracuy, de 29 de Junio de 2012

Fecha de Resolución29 de Junio de 2012
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteJholeesky Villegas Espina
ProcedimientoCon Lugar El Recurso De Apelación

N° Expediente : UPO1-R-2012-00028 N° Sentencia : UG012012000172 Fecha: 29/06/2012 Procedimiento:

Con Lugar El Recurso De Apelación

Partes:

RECURRENTE: LA DEFENSA REPRESENTADA POR LA CIUDADANA L.D.L.T. EASTMAN Y CON TAL CARÁCTER ABOGADA DE CONFIANZA DE LOS CIUDADANOS C.E. BOTELLO Y J.C.J.,

Resumen:

Esta Corte de Apelación del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y ante las violaciones a los derechos y garantías previstas tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal en detrimento de los imputados, forzosamente debe decretarse la nulidad de oficio conforme lo establece el artículo 191 de la norma adjetiva Penal, de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 4, inserta en la causa principal UP01-P-2010-3893, fechada 02 de Mayo de 2012. Por lo que se hace inoficioso pronunciarse sobre las denuncias contenidas en el escrito de apelación. En consecuencia se repone la causa al estado de la celebración de la audiencia de plazo prudencial, con prescindencia de los vicios aquí denunciados, por un Juez distinto al que dicto el auto apelado.

Juez/Ponente:

Jholeesky Villegas Espina

Organo:

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