Decisión de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Barinas, de 29 de Julio de 2010

Fecha de Resolución29 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteNerys Odalis Carballo Jimenez
ProcedimientoCorreción De Error Material En Decisión

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 4

Circuito Judicial Penal del Estado Barinas

Barinas, 29 de Julio de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2009-001188

ASUNTO : EP01-P-2009-001188

JUEZ UNIPERSONAL DE JUICIO Nº 4: ABG. NERYS CARBALLO JIMÉNEZ

SECRETARIA: ABG. B.J.L.

MOTIVO: CORRECCIÓN MATERIAL DEL SEGUNDO NOMBRE DEL ACUSADO.

ACUSADO: C.A.C.T., Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.850.356, de 38 años de edad, nacido Valle de la P.E.G., en fecha: 29/08/1977, hijo de M.T. y M.C., de ocupación, coordinador de área de aves del Supermercado Garzón y residenciado en la Urbanización Colinas del Llano, Sector El Samán, Calle 11, N° 07, Barinas Estado Barinas.

DELITOS: HOMICIDIO CALIFICADO CON MOTIVOS FUTILES COMETIDO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 2° del Código Penal en relación con el artículo 83 Ejusdem.

FISCAL: ABG. ARLO ARTURO URQUIOLA

DEFENSOR PRIVADO: ABG. S.R. ALBARRAN

VICTIMA: C.J. AZUAJE CORDERO, J.M.C.C. (occisos) y C.C. deA..

Visto que fue solicitado por la defensa privada, Abg. S.M.R., del ciudadano C.C.T., donde solicita Entrega de un Vehículo de su propiedad, fue recibido nuevamente la presente causa proveniente del Tribunal de Ejecución Nº 2, el cual se le dio entrada y se acordó resolver sobre lo solicitado, y en la misma solicitud requería fuese trasladado hasta la sede del Tribunal para otorgar Autorización a su concubina S.S.S.A., a los fines de retirar el vehiculo del Estacionamiento donde se encontraba.

En fecha 14-07-2010, se realizó el traslado hasta la sede del Tribunal de Juicio Nº 4, a los fines de otorgar Autorización a su Concubina S.S.S., titular de la cedula de identidad Nº 14.576.020, a quien autorizo la entrega del vehiculo acordada en fecha 07-07-2010 y a viva voz manifestó el acusado, C.A.C.T. al Tribunal que su segundo nombre fue mal escrito, en la sentencia, apareciendo como C.A.C.T., siendo su segundo nombre ALEJANDRO, en razón de lo cual, la presente aclaratoria no significa en modo alguno una modificación esencial de la Sentencia Condenatoria, dictada en fecha 17-05-2010, en contra del ciudadano C.A.C.T., titular de la cedula de identidad Nº 13.850.356, este tribunal RECTIFICA EL ERROR MATERIAL, quedando claramente corregido el segundo nombre del ciudadano que tiene la condición de penado.

El tribunal, verificando la sentencia publicada en fecha 17-05-2010, que cursa a los folios 963 al 979, en la misma costa como segundo nombre ANTONIO, siendo el segundo nombre correcto del acusado ALEJANDRO, se realiza la presente corrección material, quedando identificación como : C.A.C.T., Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.850.356, de 38 años de edad, nacido Valle de la P.E.G., en fecha: 29/08/1977, hijo de M.T. y M.C., de ocupación, coordinador de área de aves del Supermercado Garzón y residenciado en la Urbanización Colinas del Llano, Sector El Samán, Calle 11, Nº 07, Barinas Estado Barinas, por lo que se exhorta al Tribunal de Ejecución Nº 2, anexar el presente auto a la Sentencia definitiva, una vez que sea enviada a la Dirección Nacional de Registro de Antecedentes penales del Ministerio para el Poder Popular de Interior y Justicia. Así se decide.

DISPOSITIVA

En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Juicio Unipersonal Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: SE ORDENA, LA CORRECCIÓN MATERIAL DEL SEGUNDO NOMBRE DEL ACUSADO, C.A.C.T., Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.850.356, de 38 años de edad, nacido Valle de la P.E.G., en fecha: 29/08/1977, hijo de M.T. y M.C., de ocupación, coordinador de área de aves del Supermercado Garzón y residenciado en la Urbanización Colinas del Llano, Sector El Samán, Calle 11, Nº 07, Barinas Estado Barinas, por lo que se exhorta al Tribunal de Ejecución Nº 2, anexar el presente auto a la Sentencia definitiva, una vez que sea enviada a la Dirección Nacional de Registro de Antecedentes penales del Ministerio para el Poder Popular de Interior y Justicia. SEGUNDO: Se procede a corregir en el Sistema Juris, el segundo nombre del acusado, el cual aparecía como ANTONIO, y se cambia ALEJANDRO. TERCERO: Se ordena la remisión inmediata al Tribunal de Ejecución Nº 2. Envíese con oficio.

Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaria copia de la presente Decisión.-.

Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Juicio Nº 4, a los Veintinueve (29) días del mes de Julio de 2.010. Años, 200 ° de la Independencia y 151° de la Federación.

LA JUEZ DE JUICIO Nº 4.

ABG. NERYS CARBALLO JIMENEZ. LA SECRETARIA.

ABG. B.J.L..

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