Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de Yaracuy, de 8 de Junio de 2009

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2009
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo
PonenteArlec Lucena
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Ocho (08) de Junio de Dos Mil Nueve

199º y 150º

Asunto N. UP11-L-2008-000592.-

Vista la diligencia que riela al folio Cuarenta y Cuatro (44) de este asunto, suscrita por las Abogadas en ejercicio: Z.N., actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte Actora, por una parte y por la otra la Abogada: G.G., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 135.668, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Instituto Autónomo contra la Pobreza y Exclusión Social del Estado Yaracuy (IAPESEY), quienes de mutuo acuerdo solicitaron la Reprogramación de la Audiencia Preliminar Reprogramada fijada para el día de Hoy. En consecuencia, quien Juzga considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR la Celebración de dicha Audiencia Preliminar Prolongada y a tal efecto se fija para el día LUNES QUINCE (15) DE JUNIO DE 2009, A LAS NUEVE (9:00 AM). No se ordena notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ,

Abg. ARLEC V.L.H.

La Secretaria Accidental,

GAUDYS PERALTA

AVLH/GP/lisbethcamacaro

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