Decisión nº 306 de Tribunal Segundo Primera Instancia de Juicio de Vargas, de 30 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2012
EmisorTribunal Segundo Primera Instancia de Juicio
PonenteNelly Moreno Gómez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, treinta (30) de Marzo del año dos mil doce (2012).

201° y 153°

ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2011-000311

De la revisión de las actas procesales, se desprende que este Tribunal en fecha veintisiete (27) de marzo del presente año, instó a la parte demandante que informara al Tribunal, cuales Declaraciones de los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2012, solicitaba del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA; (SENIAT), y que información requería de las mismas, no obstante, observa esta Juzgadora que la parte promovente solicitó la referida prueba de informes sobre los siguientes años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010; en este sentido, este Tribunal procede a subsanar el error material en la indicación del último año promovido por la parte demandante; dejándose constancia que el último año sobre el cual se solicita la información de las declaraciones antes mencionadas es sobre el año 2010, como lo indicó el actor en su escrito de promoción de pruebas; aclarado lo anterior, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisibilidad de la mencionada prueba; siendo necesario señalar que la parte promovente no cumplió con la carga de informar al Tribunal en el lapso de los dos (02) días hábiles siguientes al auto de admisión de pruebas, cuales declaraciones del Organismo antes mencionado solicitaba y que información requería sobre las mismas; en consecuencia, es forzoso para esta Juzgadora declarar la inadmisibilidad de la prueba de informes dirigida al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA; (SENIAT). Así se decide.

LA JUEZ

Dra. NELLY MORENO GOMEZ

LA SECRETARIA

Abg. MAGJOHLY FARIAS

NM/MF

WP11-L-2011-000311

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