Decisión nº 305 de Tribunal Segundo Primera Instancia de Juicio de Vargas, de 27 de Marzo de 2012
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2012 |
Emisor | Tribunal Segundo Primera Instancia de Juicio |
Ponente | Nelly Moreno Gómez |
Procedimiento | Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintisiete (27) de Marzo del año dos mil doce (2012).
201° y 153°
ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2011-000311.
Estando dentro de la oportunidad legal; pasa este Tribunal a pronunciarse sobre la admisibilidad de los medios probatorios consignados por las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en los siguientes términos:
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDANTE:
Observa este Tribunal que la parte actora promovió las siguientes pruebas:
DOCUMENTALES
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Recibos de pago de salarios de los ciudadanos D.A., M.R., R.A.A. y J.M., cursante desde el folio setenta y cinco (75) al folio doscientos cuarenta y ocho (248), de la 1era pieza del presente expediente, no obstante se deja constancia que no constan en autos recibos de salarios del ciudadano J.M..
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Marcado letra “B”, Listado y horarios de trabajo; cursante al folio doscientos cuarenta y nueve (249) de la 1era pieza del presente expediente.
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Marcada letra “C”, Actas levantadas por funcionarios de la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, cursante al folio doscientos cincuenta (250) hasta el doscientos cincuenta y nueve (259) de la 1era Pieza del presente expediente.
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Marcado letra “D”, Recibos de pagos de utilidades y vacaciones, cursante desde el folio dos (02) hasta el folio diez (10) de la 2da pieza del presente expediente.
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Marcada letra “E”, Acta levantada en la Sala de Conflictos Laborales, cursante al folio once (11) de la 2da Pieza del presente expediente.
Este Tribunal, admite los documentales antes señalados, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinentes, en cuanto ha derecho, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva.
TESTIMONIALES
Promovieron como testigos a los siguientes ciudadanos: D.F., W.D., Jeferson Prada, J.V., Venezolanos, mayor de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. V-6.930.724, V-6.488.758, V-18.930.237 y V-19.599.724, respectivamente. Este Tribunal admite dicho medio de prueba por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, asimismo se informa que los señalados testigos deberán comparecer en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y pública, teniendo el promovente la carga de hacerlos comparecer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
Así mismo, promovieron la presencia como testigos a los siguientes ciudadanos: Dr. R.B.C. y el funcionario de la Inspectoría del Trabajo, A.R., titular de la cedula de identidad Nº. V-6.468.329. Este Tribunal Inadmite la prueba testimonial de los funcionarios antes señalados, por cuanto no es el medio idóneo contemplado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para determinar la veracidad o validez de los supuestos contenidos en las documentales suscritas por los funcionarios antes mencionados. Así se establece.
PRUEBA DEL TRIBUNAL DE JUICIO
En cuanto a la presencia del Señor M.R., titular de la cédula identidad Nº V- 6.076.364, en su carácter de presidente de la empresa demandada, este Tribunal acuerda su comparecencia de conformidad con lo previsto en el artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este sentido se informa que el señalado ciudadano deberá comparecer en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y pública, teniendo el demandado la carga de hacerlo comparecer a la referida audiencia.
PRUEBA DE INFORMES
Fue promovida la prueba de informe dirigida al SENIAT, a los fines de que remitan las Declaraciones de los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2012.
En cuanto a esta prueba de informe, este Tribunal insta a la parte promovente, a que informe en un lapso de dos (02) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presente fecha, so pena de ser declarada su inadmisibilidad, cuales Declaraciones del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA. (SENIAT), solicita y que información requiere de las mismas.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDADA
En cuanto a la parte demandada promovió las siguientes pruebas:
EN LO RELATIVO AL DEMANDANTE D.A.
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Ficha de Ingreso del Trabajador, cursante al folio quince (15) de la 2da pieza del presente expediente.
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Solicitud de Préstamo, cursante al folio doscientos veinte (220), de la 2da pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de utilidades correspondientes a los períodos 2007, 2008 y 2010, cursante a los folios doscientos diecisiete (217) al doscientos diecinueve (219) de la 2da pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de Vacaciones y Bono Vacacional, correspondiente a los periodos 2007 – 2008, 2008 – 2009, 2009 – 2010 y 2010 - 2011, cursante a los folios doscientos trece (213) al doscientos dieciséis (216) de la 2da pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de Salarios, cursante a los folios dieciséis (16) al doscientos doce (212) de la 2da pieza del presente expediente.
EN LO RELATIVO AL DEMANDANTE R.A.A.
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Ficha de Ingreso del Trabajador, cursante al folio doscientos veintiuno (221) de la 2da pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de Salarios, cursante a los folios doscientos veintidós (222) al doscientos cincuenta y dos (252) de la 2da pieza del presente expediente, desde el folio dos (02) al setenta y seis (76) de la 3era pieza del presente expediente y desde el folio ciento treinta y siete (137) al ciento cuarenta y seis (146) de la 3era pieza del presente expediente.
EN LO RELATIVO AL DEMANDANTE M.R.
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Ficha de Ingreso del Trabajador, cursante al folio setenta y siete (77) de la 3era pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de utilidades correspondientes a los períodos 2010, cursante a los folios ciento treinta y seis (136), de la 3era pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de Vacaciones y Bono Vacacional, correspondiente al período 2010 - 2011, cursante al folio ciento treinta y cinco (135), de la 3era pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de Salarios, cursante a los folios setenta y ocho (78) al ciento treinta y cuatro (134) de la 3era pieza del presente expediente.
EN LO RELATIVO AL DEMANDANTE J.M.
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Ficha de Ingreso del Trabajador, cursante al folio ciento cincuenta y dos (152) de la 3era pieza del presente expediente.
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Recibos de pago de Salarios, cursante a los folios ciento cuarenta y siete (147) al ciento cincuenta y uno (151) y desde el folios ciento cincuenta y tres (153) al ciento ochenta y tres (183) de la 3era pieza del presente expediente.
DOCUMENTALES
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Copia del Libro de Horas Extras, debidamente sellado por ante la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, cursante a los folios ciento ochenta y siete (187) al ciento noventa y cuatro (194) de la 3era pieza del presente expediente.
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Copia del Auto de fecha 19 de diciembre de 2007, cursante a los folios ciento ochenta y cinco (185) y ciento ochenta y seis (186) de la 3era pieza del presente expediente
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Copia del Auto de fecha 29 de noviembre de 2007, cursante al folio ciento ochenta y ocho (188) de la 3era pieza del presente expediente.
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Copia del horario de trabajo, cursante a los folios ciento ochenta y cuatro (184), de la 3era pieza del presente expediente
Este Tribunal, admite los documentales antes señalados, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinentes, en cuanto ha derecho, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva.
LA JUEZA
DRA. N.M..
LA SECRETARIA
Abg. MAGJOHLY FARIAS
NM/MF/NR
WP11-L-2011-000311