Decisión de Tribunal Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, de 8 de Enero de 2014

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2014
EmisorTribunal Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
PonenteSady Astrid Cardona Moreno
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Año 203° y 154°

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003769

En el día hábil de hoy MIERCOLES 08 DE ENERO DE 2014, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos laborales incoara el ciudadano D.U.G.G., titular de la cedula de identidad N° 17.955.113, contra la sociedad mercantil RECTIFICADORA 2003, C.A. En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, D.U.G.G., titular de la cedula de identidad N° 17.955.113, debidamente representado por el abogado O.J.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.144. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de la abogada L.Z.P.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.870, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, quien presenta copia fotostática del instrumento poder que acredita su representación constante de TRES (3) FOLIOS, de los Estatutos Sociales de la entidad de trabajo constante de NUEVE (09) FOLIOS y del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 03 de noviembre de 2009, constante de SEIS (06) FOLIOS, así como sus copias certificadas ad efectum videndi. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs.90.000,00) por los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales, intereses sobre la garantía de prestaciones sociales, indemnización prevista en el articulo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado y utilidades vencidas y fraccionadas y bono de alimentación. La cancelación del monto acordado se efectuará en TRES (3) cuotas iguales de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000,00) cada una, para los días VIERNES 07 DE FEBRERO DE 2014, VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2014 y VIERNES 14 DE MARZO DE 2014, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que una vez conste en autos el pago del monto acordado se dará por terminado el presente asunto, ordenando el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Igualmente las partes solicitan copias certificadas de la presente acta, por lo que se ordena al secretario del Tribunal expedir dos (2) juegos de copias certificadas, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

D.U.G.G.

PARTE ACTORA

O.J.M.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

L.Z.P.M.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

R.F.

EL SECRETARIO

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