Decisión nº 1 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Merida (Extensión Mérida), de 22 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteDoana Rivera Herrera
ProcedimientoFijacion Regimen Convivencia Familiar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.

Mérida, 22 de octubre de 2014

204º y 155º

Expediente Nro. 11271

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

DEMANDANTE: D.G.P.Q., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.847.762

DEMANDADA: A.D.C.S.M., venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-22.657.274.

MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

En el día de hoy, miércoles 22/10/2014, presente los ciudadanos D.G.P.Q. y A.D.C.S.M., llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de Régimen de Convivencia Familiar, a favor de las niñas OMITIR NOMBRES, de 4 y 1 años de edad en los siguientes términos: El padre, compartirá con sus hijas un fin de semana cada 15 días, buscándola en el hogar de la madre el día viernes a las 6:00pm y retornándolas el día domingo a las 4:00 pm al mismo lugar, al momento de la entrega de las niñas, la madre procurará estar presente, caso contario, un familiar materno y adulto las recibirá. En el periodo vacacional el padre compartirá todos los fines de semana del mes de agosto de cada año, buscándolas y retornándolas en el mismo horario ya convenido. En el mes de diciembre el padre compartirá con sus hijas una semana comenzando este año, desde el domingo 21 hasta el domingo 28, el siguiente lo compartirá desde el 28 de diciembre hasta el 06 de enero y así de forma alterna. El día del niño, el padre compartirá con sus hijas aun cuando no le corresponda ese domingo. El día de la madre las niñas compartirán con su madre y el día del padre con su papá. Los días de asueto como carnaval y semana santa serán compartidos de forma alterna, comenzando el padre este próximo en semana santa. Los demás días asueto, lo compartirán de forma alterna. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el convenimiento celebrado entre los ciudadanos D.G.P.Q. y A.D.C.S.M., dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ----------------------------------------

LA JUEZA

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. J.R.M.

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