Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 8 de Julio de 2015

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteDaniela María Valles Rodriguez
ProcedimientoAuto Interlocutorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 08 de Julio de 2015

205º y 156º

Vista la diligencia del 02/07/2015, suscrita por la abogada G.P.N., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 2.729, quien actúa con el carácter de apoderada judicial del ciudadano G.G.B., parte actora, mediante la cual solicitó la citación por carteles de la parte demandada; en consecuencia, este Tribunal ordena librar cartel de emplazamiento al ciudadano Á.D.R.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.148.821, con domicilio en la comunidad El Rincón, Municipio Naguanagua, avenida principal, calle Vivero, casa Nº 67 y/o callejón vivero, casa sin número, del estado Carabobo. En tal sentido, se procederá a fijar un cartel en su morada, y otro en la cartelera de este Juzgado Agrario. Asimismo, se ordena la publicación del cartel por la prensa, a costa del interesado, en un (02) diarios de mayor circulación regional y nacional, a cuyo efecto se indican los diarios “NOTITARDE” y “ÚLTIMAS NOTICIAS”. Dicho cartel contendrá el nombre y apellido de las partes, el objeto de la pretensión, el término de la comparecencia, apercibiéndole que en caso de no acudir, su citación se entenderá con el funcionario al cual corresponda la defensa del beneficiario de la Ley infra indicada, esto es, la Defensa Pública Agraria del estado Carabobo. Todo de conformidad con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrese cartel en la forma indicada.

La Jueza,

ABG. D.V.R.

La Secretaria,

ABG. G.G.G.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,

ABG. G.G.G.

Exp. JAP-266-2015

DVR/ggg/mm.-

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