Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 8 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2015
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteJosé Gregorio Rodriguez
ProcedimientoAuto Interlocutorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 08 de Octubre de 2015

205º y 156º

Hecha la revisión de las actas procesales que conforman la presente demanda agraria, se observa que riela inserta a los folios 23 al 24 y sus vtos., auto interlocutorio con fuerza de definitivo, dictado por este Juzgado Agrario el 29/09/2015, mediante el cual se declaró INADMISIBLE el escrito de reforma de demanda presentada por el ciudadano H.V.Z.P., venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.056.193, debidamente asistido por el abogado en ejercicio C.A.M.C., titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.870.775, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.184; y por cuanto contra el mencionado auto no se intentó recurso alguno, se declara definitivamente firme. Asimismo se ordena su archivo judicial en la oportunidad correspondiente.

El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria

ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA

EXPEDIENTE Nº. JAP-276-2015

JGRG/GGG/VPP. -

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR