Decisión de Tribunal Primero de Municipio Odinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar. de Tachira, de 7 de Abril de 2015

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2015
EmisorTribunal Primero de Municipio Odinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar.
PonentePedro Antonio Gafaro Pernia
ProcedimientoHomologacion Aumento Obligacion Manutencion Y Bon

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 07 de abril de 2015.

204° y 156º

Vista el acta de conciliación que corre inserta a los folios 122 y 123 del presente Expediente signado con el N° 966-2001 por Aumento de la Obligación de Manutención; suscrita por los ciudadanos: J.B.G.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.015.708 y J.G.J.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.325.180, padres del adolescente (Se omite el nombre por disposición de la Ley), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Quinta Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Departamento de Jubilaciones de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, ubicado en Caracas, a los fines de descontar el aumento de la obligación de manutención del sueldo devengado por el ciudadano J.G.J.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.325.180. Líbrese boleta de notificación y oficio. Cúmplase.

El Juez Titular,

Abg. P.A.G.P..

El Secretario Temporal,

Abg. R.J.V.D.

En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo el N° 3130-151.

El Srio. Temp.,

Exp. 966-2001

PAGP/jacs

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