Decisión nº 1149 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello de Tachira, de 8 de Junio de 2011

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2011
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
PonenteFelix Matos
ProcedimientoDivorcio

Caneyes, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, miércoles 08 de Junio de 2011, siendo las 2:15 de la tarde, se trasladó y Constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, F.F., Libertador y A.B. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el ciudadano H.R., M.B., titular de la cédula de identidad N° V- 7.146.859 y su abogada A.C.M.M., titular de la cédula de identidad N° V- 10.153.670 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.845, en un inmueble ubicado en Caneyes, Urbanización Villa Hermosa, casa N° 02, municipio Cárdenas, a fin de llevar a cabo medida de Inventario de Bienes Muebles, decretado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección del Niño y del Adolescente del estado Táchira, demanda incoada por H.R., M.B. contra la ciudadana Leidhy S.B., Expediente N° 5514, por Divorcio. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo I V.A., placa 305, Funcionario de Politáchira y del ciudadano M.A.T., titular de la cédula de identidad N° V- 1.528.319, designado como perito, quien estando presente acepta el cargo y presta el debido juramento de Ley. Se encuentra presente la ciudadana Leidhy S.B., titular de la cédula de identidad N° V- 10.746.396, demandada de autos, quien fue notificada de la misión y objeto del Tribunal. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa es un derecho inherente a la persona humana garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso, se le concede a la notificada un lapso de 20 minutos para que ubique a un Abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000 en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Transcurrido el plazo sin que se hiciera presente ningún abogado, el ciudadano Juez acuerda dar continuidad al acto, cediéndole el derecho de palabra a la apoderada actora A.M.M., quien expone: solicito al ciudadano Juez, proceda dar inicio al inventario de bienes muebles decretado por el Tribunal Comitente; que se encuentran en este inmueble N° 02. Seguidamente el ciudadano Juez da inicio al inventario de Bienes Muebles, por lo que le ordena al Perito proceda a rendir su informe, quien lo hace de la manera siguiente: 1) Un comedor de seis (06) puestos, con base de piedra y tope de vidrio, las sillas son en madera y tapizadas en tela color beige. 2) Un juego de recibo tipo modular color negro y blanco (cojines tipo cebra) y de cuatro cuerpos, tapizado en tela, con mesa de centro con base metálica y vidrio. 3) Una mesa de madera pequeña con vidrio. 4) Una nevera marca General Electric, de dos puertas tipo vidrio con dispensador de agua y hielo, modelo RG2300LGTFBB, serial RG425242. 5) Una cocina, niquelada de cuatro (04) hornillas, marca Tecno, sin seriales visibles. 6) Un microondas marca Microwave Browmer. 7) Un juego de ollas marca Rena Ware compuesto por cinco ollas con sus tapas. 8) Una licuadora marca ANP STAR JUICER. 9) Una tostadora Oster, modelo 3882014. 10) Un multifuerza, marca Dielle, con base metálica color gris y sus respectivas pesas (10 en total), con código de barras N° 7508001770011. 11) Una caminadora digital marca Energym, color gris con tablero digitalizado, serial 280453-188. 12) Un saco de Boxear, marca Tamanaco color gris y negro. 13) Un congelador marca Whirpool color blanco, serial JC8254039, modelo 5-03-XEH08COXGW. 14) Una secadora marca GE, color negro modelo WCVH6600HBB, serial GM201795T. 15) Una lavadora marca General Electric, color negro, modelo DCVH660EHBB, serial ZM749884A. 16) Una computadora compuesta por un monitor marca samsung, serial WJ19H9FQ401943W, teclado Omega, serial 8010201, con copiadora multifuncional marca HP, serial PRB-0721, Mouse sin marca visible, serial 200802048, con dos cornetas marca O.C. sin marca ni serial visible. 17) Un computador compuesto por un monitor marca Samsung, serial WJ19H9FQ401936Z, teclado marca Omega, serial 8013883, impresora multifuncional marca HP, modelo Q57G3A, serial MY44M2D3KH, con dos cornetas marca Omega, CPU sin marca ni serial visible. 18) Dos multimuebles para computadora en madera color marrón de tres entre paños cada uno, con una gaveta y una puerta. 19) Una moto de cuatro ruedas, marca Zuzuki color amarillo, serial 071001, con asiento tapizado en tela sintética color azul con cuatro cauchos en regular estado, se desconoce su funcionamiento mecánico y daños ocultos que tenga la misma. 20) Un sistema de circuito cerrado de seis cámaras con sistema de movimiento con su central marca DSC, este sistema se encuentra operativo. 21) Dos estantes en madera enchapados en formica, color marrón de cuatro entre paños cada uno y dos puertas con cerradura. 22) Un horno eléctrico marca Tecnolam. 23) Un televisor marca Samsung, a color modelo J19A330119, de 13 pulgadas, serial AKZZ3CJQ700119F. 24) Quince (15) figuras de porcelana de varios santos y una figura de mujer de color. 25) Tres cuadros con medidas aproximadamente de 2,00 x 2,00 mts. Con motivo de calas y bodegón, otro de peces revueltos. 26) Un hidroneumático eléctrico sinaca CHNT. 27) Un termo para agua caliente marca Star, a gas. 28) Un juego de cuarto compuesto por: cama King size, dos mesas de noche de dos gavetas, una peinadora de tres gavetas con espejo, de madera color oscuro. 29) Un televisor LCD, marca Samsung de 42 pulgadas, sin seriales visibles. 30) un teatro casero marca Sony, serial N° 3104369, modelo LRS16-300, esta compuesto por un bajo y dos cornetas. 31) Un juego de cuarto compuesto por dos camas individuales con sus respectivos colchones, una biblioteca, posee 12 entre paños, 4 gavetas y dos compartimientos con dos puertas, todo en madera. 32) Un televisor marca Samsung LCD de 32 pulgadas, sin seriales visibles. 33) Dos juegos de cuarto compuestos por cuatro camas, una biblioteca con 12 entre paños y dos compartimientos con puertas, todo en madera. 34) Un televisor marca Samsung de 32 pulgadas LCD. 35) un juego de muebles compuesto por un sofa de dos puestos, dos butacas en madera y tapizados en tela color beige. 36) Una mesa de madera con dos entre paños de vidrio. 37) Un televisor marca Sony pantalla plana, de 22 pulgadas, modelo KW-21FK310, serial 4049783. 38) Un DVD marca Samsung color negro, serial 035Z6VBU400034R, con control. 39) Una nevera ejecutivo color gris, marca General Electric, modelo TA04D04EX, serial TA04Y04EX. 40) Una litera en madera con gavetas. 41) Una bicicleta fija para ejercicio, marca Dielle, color gris. 42) Un ABCOASTER, color gris. 43) Un televisor LCD marca Samsung, de 32 pulgadas serial AM1ESCT81015-20K, modelo LN32A330JF. 44) Una escalera plegable en tres partes de aluminio. 45) Un equipo de sonido marca Sony, serial 4402285, modelo HCD-ZVX999, posee una consola con pantalla, formato para 3 CD, cuatro cornetas Sony, Super Bass Generator Pro, color negro con naranja. 46) Un juego de cuarto, compuesto de una cama matrimonial con dos mesas de noche de tres gavetas cada una, una peinadora de cuatro gavetas con espejo. 47) Un televisor LCD marca Samsung, modelo LN32A330/1XZP, serial AM1E3CT8101517R. 48) Una aspiradora de mano portátil, modelo 808092, A20MOMOPSTEAN CLEANER, serial 200710115. 49) Un aire acondicionado marca LG, de 24.000 BTU, modelo S242CJ, seriales no visibles, con su respectivo motor sin seriales visibles. 50) Un aire acondicionado marca LG de 24.000 BTU, sin modelo ni seriales visibles, con su respectivo motor. 51) Un aire acondicionado marca LG de 24.000 BTU, modelo S182CJ, con su respectivo motor sin seriales ni modelo visible. 52) Cuatro sillas de madera altas para barra. 53) diecisiete (17) cajas de porcelanato color beige 60 x 60 SAO SOLUBLE, ISO9002. Solicito tres días de despacho para consignar el soporte fotográfico. Seguidamente la ciudadana Leydhi S.B., solicitó al ciudadano Juez, que así como ha realizado inventario de los bienes muebles que se encuentran dentro de esta casa donde esta el Tribunal, se realice también inventario de todos los bienes inmuebles como muebles que posee H.R.M.B.. En este estado el ciudadano Juez, da por terminado el inventario acordado por el comitente. Acuerda el plazo solicitado por el perito para consignar el soporte fotográfico. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto, acordando dejar copia certificada de la diligencia que solicito el traslado, el auto y la presente acta, para el copiador de actas llevado por este tribunal. Leida el acta a todos los presentes conformes firman, siendo las 5:10 de la tarde. Enmendado. Dr. F.A.M.. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Leydhi S.B.. Notificada. (Fdo). H.M.B.. Parte actora. (Fdo) Abogada A.M.M.. Apoderada actora. (Fdo) M.A.T.. Perito. (Fdo) Cabo I V.A.. Funcionario de Politáchira (Fdo) Abg. C.B.M.P.. Secretaria. (Fdo).

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