Decisión nº 387 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello de Tachira, de 27 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
PonenteFelix Matos
ProcedimientoMedida Cautelar Autonoma

A fin de continuar con la Medida Preventiva de Embargo, decretada por el Juzgado Superior Contencioso Tributario de esta Circunscripción Judicial, se Constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, F.F., Libertador y A.B. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con la Abogado F.D., titular de la cédula de identidad N° V- 9.223.157, e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44522 y el Distinguido J.C.P., placa 2148, siendo las 3:00 de la tarde. Se encuentra presente el ciudadano O.A.P.B., titular de la cédula de identidad N° V- 14.035.037, Tesorero de la Entidad Bancaria Banco Venezuela quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal y quien permite el acceso del Tribunal a su oficina. Seguidamente el ciudadano Juez cede el derecho de palabra y concedido que le fue expone: “Solicito al ciudadano Juez se sirva solicitar al notificado la verificación de las cuentas números Cuenta Corriente N° 0102-0219-11-00-09712302 y Cuenta Corriente N° 0102-0119-56-0001015942, si pertenecen a los demandados Constructora Feres, C.A., E.E.P. y M.M.d.E. y nos indique el saldo para la fecha. Seguidamente el ciudadano Juez le indica al notificado que proceda verificar las cuentas suministradas por la apoderada actora y nos indique el saldo disponible. Igualmente estuvo presente en el acto, la Abogado I.C.P.T., titular de la cédula de identidad N° V- 10.146.523 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 66431, quien igualmente es apoderada del SENIAT. En este estado el ciudadano O.P., informa al ciudadano Juez que conversado como fue con el Consultor Jurídico, Abogado A.A., los saldos de las cuentas: de la 219-11-00-09712302, tiene Trescientos Setenta y Ocho Mil, Novecientos Trece Bolívares con Setenta y Seis Céntimos (Bs. 378.913,76) y la cuenta N° 0102-0119-56-0001015942, tiene un saldo de Seiscientos Dieciséis Mil, Seiscientos Cuarenta y Seis Bolívares con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 616.646,32). En este estado el ciudadano Juez visto lo informado por la Apoderada Actora declara legalmente embargado preventivamente la suma de Novecientos Setenta y Siete Mil, Novecientos Sesenta Bolívares con Ocho Céntimos (Bs. 977.960,08), declarando la desposeción jurídica de los ejecutados y se le ordena al notificado la emisión de cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Suprema de Justicia. Seguidamente el notificado informa al Tribunal que emitirá Dos (02) cheques de Gerencia por cada cuenta y a nombre del Tribunal Superior Contencioso Tributario Región Los Andes; haciendo entrega en este acto de dos (02) cheques de Gerencia números 00462117 por Bs. 607.846,32 y Cheque número 00462118 por Bs. 370.113,76. se acuerda dejar copia certificada del acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 4:30 de la tarde. Dr. F.A.M.. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. O.A.P.B.. Notificado. (Fdo). Abg. F.D.. Apoderada Actora. (Fdo). Abg. I.P.T.. Abogada del SENIAT. (Fdo). Dgdo. J.C.P.. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Abg. C.B.M.P.. Secretaria. (Fdo).

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR