Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 13 de Julio de 2007

Fecha de Resolución13 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 13 de Julio del 2007

Años: 197° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por los interesados, ciudadanos: C.E.F.P., quién venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.051.722 y J.F.H.M., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.372.153, domiciliados en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor de los ciudadanos: D.J.R.E., G.E.D.R., R.J.R.E., N.J.R.E. y J.F.R.E., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-15.454.016, V-6.656.451, V-12.083.298, V-10.860.510 y 13.695.424 respectivamente, y domiciliados en la ciudad de Nirgua del Estado Yaracuy, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano: J.R.R. (Difunto), quien en vida era Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.378.119. Devuélvase los originales con sus resultas a los interesados y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el Nro. 595/2007.-

La Jueza

Abg. M.d.L.C.d.A.

La Secretaria,

Abg° K.M.L.R..

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-

La Secretaria,

Abg° K.M.L.R..

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