Denuncian la desaparición de un expediente de El Caracazo

La figuración en prensa del comandante de la 35° Brigada de Policía Militar, general del Ejército Carlos Miguel Yánez Figueredo, como presunto agresor de un equipo reporteril del diario 2001 , coincide con la reactivación de los procesos penales para establecer responsabilidades por delitos cometidos durante El Caracazo. Pero Yánez Figueredo puede seguir desempeñando funciones públicas con relativa tranquilidad, pues el expediente en su contra por los sucesos de febrero y marzo de 1989 estaría perdido.La advertencia la hizo el abo gado Reinaldo Gadea Pérez, defensor del ex gobernador del Distrito Federal, Virgilio Ávila Vivas, que hace dos días fue remitido a juicio por los delitos de homicidio calificado en grado de complicidad correspectiva y quebrantamiento de pactos internacionales, válidamente suscritos por la República, los mismos delitos imputados a Yánez Figueredo y a los generales del Ejército Pedro Colmenares Gómez y Jesús Francisco Blanco Berroterán por el asesinato de Crisanto Mederos, conocido como el Poeta de La Pastora.A las 9:45 pm del 3 de marzo, durante el toque de queda, un contingente militar comandado por los tres oficiales irrumpió en la residencia de Mederos en busca de objetos saqueados de establecimientos comerciales. Durante el allanamiento, que se prolongó por tres horas, Mederos resultó muerto.Los militares entraban y sa lían de la casa. Como a la hora se escuchó que uno gritó: `¡Busquen una tabla!’. Entraron a la casa de Crisanto y se llevaron la tabla con un bulto encima que a través de las sábanas dejaba ver unos pies. Cuando se marcharon los efectivos militares, la familia de Crisanto, que estaba en la sala, se encontró con la dantesca escena de un charco de sangre al lado y debajo de su cama, se relata en la acusación fiscal.Sin examinar las evidencias que comprometían a los militares, el 16 de junio de 2004 la jueza 33° de Control, Luisa Armenia Parra, declaró la prescripción de la acción penal; es decir, el vencimiento del lapso para que el Estado sancionara los hechos.La exoneración de culpas fue confirmada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a través de la sentencia 1461, dictada el 27 de julio de 2006...

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