Desacato acarrea hasta 4 años de arresto

El jurista Alberto Arteaga Sánchez recordó que el artículo 155 del Código Penal establece sanción de 1 a 4 años de arresto para quienes violen las convenciones o tratados suscritos y ratificados por la República, de modo que comprometan la responsabilidad internacional del Estado.

La norma aludida por Arteaga Sánchez sería aplicable a las autoridades estatales que han adelantado que no están obligadas a cumplir la inminente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Leopoldo López, ex alcalde de Chacao.

Germán Saltrón, agente del Estado, señaló que el fallo del máximo tribunal hemisférico debe ser revisado por el Tribunal Supremo de Justicia, mientras que la presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, advirtió que no sería ejecutable una sentencia que menoscabe el ordenamiento jurídico y la soberanía de Venezuela. En similar sentido fijó posición el procurador general de la República, Carlos...

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