Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Barquisimeto), de 20 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteMarisol López González
ProcedimientoRemisión

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA

200º y 151º

Barquisimeto, 20 de Mayo de 2010

ASUNTO: KP01-P-2005-001442

REMISIÓN DE ARMAS AL DARFA

Esta juzgadora se aboca al conocimiento del presente asunto, y vista la solicitud que hace el Comandante de la Primera Compañía D-47 de la Guardia Nacional Bolivariana Comando Regional Nº 4 Destacamento 47, del Estado Lara, sobre la de remisión de armas de fuego a la Dirección de Armamento de la fuerzas Armadas (DARFA), que se encuentran en calidad de deposito en la sala de evidencia de la Primera Compañía D-47 de la Guardia Nacional Bolivariana Comando Regional Nº 4 Destacamento 47, del Estado Lara, pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

LOS HECHOS

En fecha 29 de Enero de 2004, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas recibe llamada telefónica por parte de funcionarios adscritos a ese mismo cuerpo solicitando apoyo, en virtud de un enfrentamiento originado en la calle 6 con carrera 9 del Barrio San J.d.B.E.L., donde resultaron heridos dos ciudadanos, los cuales posteriormente ingresaron al hospital central de esta ciudad sin signos vitales, localizando en el lugar de los hechos dos armas de fuego, una tipo revolver marca ARMINISUS, calibre 38, serial de tambor 1524998, pavón negro, y una pistola calibre 380, serial 425-PP-01070, pavón negro, a las cuales se practico expertita de RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y COMPARACIÓN BALISTICA, en fecha 04-01-2005, bajo el Nº 9700-127-B-0155-04, y que riela a los folios (54, 55, 56, y 57) del presente asunto, arrojando las siguientes características, arma de fuego Nº 1 Tipo PISTOLA. Marca FN (patente P.B.). Modelo BDA-380-425-PP. Calibre 7.65 MILIMETROS (.32auto). fabricado en BELGICA. Acabado Superficial PAVON NEGRO. Longitud del Cañón 97 MILIMETROS. Diámetro del Cañón 7.65 MILIMETROS. Serial 01070. Partes CAÑON, CORREDERA, CAJA DE LOS MECANISMOS Y EMPUÑADURA. Empuñadura CUBIERTA POR DOS TAPAS ELABORADAS EN MATERIAL SINTETICO DE COLOR NEGRO, CON MARCA ALUSIVA DE LA CASA FABRICANTE. Numero de Campos y Estrías SEIS (06). Movimiento de Rotación DEXTROGIRO. Arma de fuego Nº 2 Tipo REVOLVER. Marca ARMINIUS. fabricado en ALEMANIA. Calibre 38 ESPECIAL. Serial 1524998. Acabado Superficial PAVON GRIS. Longitud del Cañón 94 MILIMETROS. Diámetro del Cañón 8.5 MILIMETROS. Empuñadura CUBIERTA DE DOS TAPAS ELABORADAS EN MATERIAL SINTETICO DE COLOR NEGRO. Partes CAÑON, CAJA DE LOS MECANISMOS, NUEZ VOLCABLE DE SEIS (06) ALVEOLOS Y EMPUÑADURA. Numero de Campos y Estrías SEIS (06). Movimiento de Rotación DEXTROGIRO.

Por otra parte la fiscalia vigésima primera abrió averiguación penal en contra de los funcionarios S.L., DISON PEÑA, y J.A.G., por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 407 y 282 del Código Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos, donde en fecha 28 de Febrero de 2005 el Fiscal Vigésimo Primero solicito el SOBRESEIMIENTO de la causa de los referidos ciudadanos, por estimar que se encontraban en el cumplimiento de su deber, siendo este acordado en fecha 23 de Enero de 2006.

MOTIVACIÓN

Ahora bien considera esta juzgadora que al Decretarse el sobreseimiento, ya no es necesario resguardar las armas de fuego, por lo que esta ajustado a derecho la solicitud que hace el Comandante de la Primera Compañía D-47 de la Guardia Nacional Bolivariana Comando Regional Nº 4 Destacamento 47, del Estado Lara, sobre la de remisión de armas de fuego a la Dirección de Armamento de la fuerzas Armadas (DARFA), ya que estas armas son del Estado de conformidad con lo establecido en el artículo de 324 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual taxativamente expresa:

• Articulo 324

Sólo el Estado puede poseer y usar armas de guerra. Todas las que existan, se fabriquen o introduzcan en el país pasarán a ser propiedad del al República sin indemnización ni proceso. La Fuerza Armada Nacional será la institución competente para reglamentar y controlar, de acuerdo con la ley respectiva, la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, transito, registro, control, inspección, comercio, posesión y uso de otras armas, municiones y explosivos.

(sub. rayado nuestro)

Lo cual también es ratificado en el artículo 04 de la Ley Sobre Armas y Explosivos en su artículo 04

Articulo 4

Todas las armas de guerra, así como sus respectivas municiones, aparejos y útiles que se encuentren se introduzcan o fabriquen en el territorio de la República. Pertenecen a la Nación ..(omisis).

De todo lo antes expuesto es por lo que considera quien aquí decide PROCEDENTE la presente solicitud. Y se acuerda la remisión de las armas a la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas (DARFA) remitiendo copia certificada de la experticia que riela a los folios (54, 55, 56, y 57) del presente asunto. Así se decide.

DECISIÓN

Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Quinto de Control por Autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: REMITE con carácter de urgencia a la dirección de Armamento de las fuerzas Armadas (DARFA), con sede en la 14 Brigada Mecanizada y Guarnición Militar del Estado Lara, las siguientes armas arma de fuego Nº 1 Tipo PISTOLA. Marca FN (patente P.B.). Modelo BDA-380-425-PP. Calibre 7.65 MILIMETROS (.32auto). fabricado en BELGICA. Acabado Superficial PAVON NEGRO. Longitud del Cañón 97 MILIMETROS. Diámetro del Cañón 7.65 MILIMETROS. Serial 01070. Partes CAÑON, CORREDERA, CAJA DE LOS MECANISMOS Y EMPUÑADURA. Empuñadura CUBIERTA POR DOS TAPAS ELABORADAS EN MATERIAL SINTETICO DE COLOR NEGRO, CON MARCA ALUSIVA DE LA CASA FABRICANTE. Numero de Campos y Estrías SEIS (06). Movimiento de Rotación DEXTROGIRO. Arma de fuego Nº 2 Tipo REVOLVER. Marca ARMINIUS. fabricado en ALEMANIA. Calibre 38 ESPECIAL. Serial 1524998. Acabado Superficial PAVON GRIS. Longitud del Cañón 94 MILIMETROS. Diámetro del Cañón 8.5 MILIMETROS. Empuñadura CUBIERTA DE DOS TAPAS ELABORADAS EN MATERIAL SINTETICO DE COLOR NEGRO. Partes CAÑON, CAJA DE LOS MECANISMOS, NUEZ VOLCABLE DE SEIS (06) ALVEOLOS Y EMPUÑADURA. Numero de Campos y Estrías SEIS (06). Movimiento de Rotación DEXTROGIRO, ya que las mismas pertenecen a la Nación de conformidad con lo establecido en el artículo 324 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se ordena oficiar al Comandante de la Primera Compañía D-47 de la Guardia Nacional Bolivariana Comando Regional Nº 4 Destacamento 47, del Estado Lara, y a la Dirección de Armamento y Guarnición Militar del Estado Lara (DARFA) de lo aquí decidido, anexando copia certificada de la experticia.

Regístrese, Publíquese, Notifíquese a las partes. Cúmplase.

JUEZ QUINTO DE CONTROL

M.L.G.

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