Decisión de Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 18 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorTribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
PonenteJosé Valentin Torres Ramírez
ProcedimientoQuerella Funcionarial

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Dieciocho (18) de Octubre de Dos Mil Diez (2010).

200° y 151°

Visto que en fecha Veintiocho (28) de J.d.D.M.D. (2010), fue juramentado como Juez Provisorio de este Juzgado por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela el ciudadano J.V.T.R., en virtud de ser concedido el beneficio de jubilación a la ciudadana B.B.S., tomando posesión de su cargo el día Trece (13) de Agosto de Dos Mil Diez (2010), se deja expresa constancia de su abocamiento al conocimiento de la presente causa.

Vista la sentencia dictada por el Tribunal de la Carrera Administrativa, en fecha trece (13) de octubre de mil novecientos noventa y cuatro (1994), que declaró CON LUGAR la presente Querella Funcionarial, interpuesto por la ciudadana D.B.M.d.C., contra el Ministerio de Relaciones Interiores, y vista la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fecha nueve (09) de octubre de dos mil uno (2001), mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación y confirmó el fallo apelado, considera este Juzgado procedente ordenar el cierre del presente expediente, contentivo de tres (03) piezas judiciales, de cuatrocientos ochenta (480) folios útiles correspondientes a la pieza principal, doscientos veinticinco (225) folios correspondientes a la segunda pieza y doscientos cincuenta y cuatro (254) folios correspondientes a la tercera pieza.

EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R. LA SECRETARIA

ABG. EGLYS FERNÁNDEZ T.

Exp.0015

JVTR/EF/mgr.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR