Decisión de Juzgado Vigésimo Tercero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 4 de Junio de 2015

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2015
EmisorJuzgado Vigésimo Tercero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteLuisa Rosales
ProcedimientoHonorarios Profesionales

N° Expediente : AP21-L-2010-005428 N° Sentencia : Fecha: 04/06/2015 Procedimiento:

Honorarios Profesionales

Partes:

D.E. CARVAJAL VS C.V.G. ELECTRIFICACION DEL CARONI C.A (EDELCA) HOY CORPORACION ELECTRICA NACIONAL S.A (CORPOELECT)

Resumen:

Pues bien, oída la planificación del auxiliar de justicia, esta Juzgadora pasa a establecer que se requiere 3 horas por la realización de la misma, encontrándose justificado de acuerdo a los parámetros establecidos en el fallo dictado por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 27/02/2015, y; las formalidades para la realización de dicha experticia, en consecuencia, visto que el valor de la hora hombre es de Bs. 3.180,00 pues bien, al multiplicar el valor de esta por 3 horas esto da la cantidad de Bs. 9.540,00 monto en el cual este Juzgado fija los honorarios de la auxiliar E.R.. Así se establece Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la parte demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dicha auxiliar de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial. Una vez hayan cumplido su labor será librada .....

Juez/Ponente:

Luisa Rosales

Organo:

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