Decisión nº 001-09 de Tribunal Quinto de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 7 de Enero de 2009

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2009
EmisorTribunal Quinto de Juicio
PonenteRaiza Rodríguez
ProcedimientoSentencia Absolutoria

El presente Juicio Oral y Público, celebrado durante los días 21 Y 27 de Octubre, 04,06, 10,20 y 11 de Noviembre y 04 de Diciembre de 2008, por este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido en forma Mixta con Escabinos del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la Sala N° 02, ubicada en la planta baja del Palacio de Justicia, sede del Poder Judicial en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, donde se cumplieron y se hicieron cumplir todas las formalidades de Ley que informan al debido proceso como son los principios de Oralidad, publicidad, inmediación, concentración y contradicción, según consta del Acta de Debate levantada a los efectos, donde también consta la advertencia que hiciere el Tribunal a los referidos acusados sobre el posible cambio de calificación jurídica dada a los hechos conforme a los que ya habían quedado establecidos en el debate, según lo dispuesto en el Artículo 350 del Código Orgánico Procesal, por lo que el Tribunal les hizo la advertencia de ley sobre esa posibilidad, y lo relacionado para que prepararan su defensa, indicando éstos a su vez que no tenían nada que manifestar y que se continuara con el debate, acordándose su continuación; y, habiéndose diferido la redacción del texto integro de la Sentencia pronunciada, acogiéndose éste Tribunal Universal al lapso establecido en el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de su publicación, pasa de seguidas a redactar la correspondiente Sentencia dictada, la cual fue pronunciada una vez terminada la deliberación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 362 del Código orgánico procesal Penal, donde se acordó la ABSOLUCION del acusado, En tal sentido, este Tribunal Unipersonal pasa a elaborar la correspondiente SENTENCIA ABSOLUTORIA, conforme a lo previsto en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos siguientes:

II

DE LA ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HAN SIDO OBJETO DEL JUICIO:

El presente Juicio Oral y Público ha sido con ocasión a la acusación interpuesta por el Ministerio Público donde acusa al ciudadano: Acusado: ACUSADO: : D.F.A.S. Y J.B.R. , por la presunta comisión del delito de: DELITO: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 5 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del ciudadano: VICTIMA: W.A.V.C. hechos tales que le atribuye el Ministerio Publico: . El día lunes 19 de noviembre de 2007, siendo aproximadamente las 05:30 horas de la mañana, el Ciudadano W.A.V.C., se encontraba en una vivienda ubicada en el Barrio Sur América, Municipio San F.d.E.Z., donde habita su novia LUCYBELL PIRELA sacando la camioneta marca LADA, modelo NIVA, año 2001, de color VERDE, Serial De Carrocería 8LG2121411EB00510, placas: MDC-770, propiedad de su progenitor, cuando se presenta en el lugar un vehículo Marca FIAT Modelo SIENA de color BEIGE, del cual descienden dos ciudadanos, mientras que un tercero se quedó esperando frente al volante; de inmediato uno de los sujetos se dirige hacia la víctima, saca un arma de fuego y le dice que le entregue las llaves de la camioneta, mientras que el otro sujeto saca otra arma de fuego y somete igualmente a la ciudadana LUCYBELL PIRELA, y le dice que le entregue las laves de un tercer vehículo que aún estaba dentro del estacionamiento de la vivienda así como el dinero que pudieran tener dentro de la casa; de inmediato W.V. le entrega las llaves de la camioneta Marca LADA y la dama les dice que las llaves del otro vehículo estaban dentro de la casa, pero que dentro se encontraban sus hermanos y su papa, entonces ante esa respuesta ambos sujetos abordan la camioneta Marca LADA y se retiran del lugar llevándose consigo los equipos celulares de la víctima y de la dama.

Según refiere el ciudadano W.V. en el transcurso del día algunos vecinos les dicen que tomaron las placas del vehículo de donde se bajaron ios sujetos, cuyos números son TAS-981, y posteriormente se retiró hasta su lugar de trabajo/ lugar donde recibe llamada telefónica de los sujetos que le robaron la camioneta exigiéndole la cantidad de Tres Millones de Bolívares para entregarla.

Es así como intervienen los Oficiales G.C., placa 291 y A.C., placa 370, adscritos a la División de Patrullaje del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, quienes se desplazaban en las Unidades Policiales Motorizadas PSF-M20 y PSF-M22 respectivamente, aproximadamente a la 01:40 horas de tarde del mismo día, realizando labores de patrullaje por el Sector El Caujaro, Avenida 50 con Calle 200, cuando la Central de Comunicaciones informo que en la misma Urbanización calle 200, frente al Centro Comercial "Horóscopo" había un vehículo Marca FIAT Modelo SIENA Color BEIGE, estacionado con dos ciudadanos a bordo del mismo, por lo que los funcionarios se trasladan al lugar y al llegar observaron un vehículo estacionado con similares características y su conductor al percatarse de la comisión Policial, empezó a mover el vehículo y a retirarse del sitio, por lo que le dieron seguimiento mientras verificaban las placas identificadotas del mismo signada con el numero TAS-981, ante la Central de Comunicaciones al mismo tiempo que solicitaban apoyo; seguidamente obtienen como respuesta de la Central que dicho vehículo estaba reportado por estar involucrado en la presunta comisión de un robo de vehículo, llegando en ese momento en calidad de apoyo el oficial R.E., Placa 340, en la unidad Policial PSF-096, donde en conjunto procedieron a realizar la parada del vehículo, estacionándose el mismo en la Urbanización Ciudadela R.C., en la calle 209 con avenida 47R, bajando del lado del chofer un ciudadano que vestía para el momento Jeans azul y chemise color naranja, alto obeso moreno y el copiloto vestía franela color gris pantalón tipo mono con rayas a los lados negra, moreno estatura alta. Los Oficiales se entrevistan con el primer ciudadano manifestando este que laboraba para una línea de Taxi y que estaba realizando un traslado, de igual manera se entrevistan con el otro ciudadano y manifestó que eran familiares y que estaban de visita por dicho sector, al ver la discrepancia entre ambos ciudadanos procedieron a realizarle la inspección corporal incautando al primer ciudadano dos teléfonos celulares uno en el cinto del pantalón y otro en el bolsillo delantero derecho y al otro ciudadano dos teléfonos celulares uno en cada bolsillo del pantalón tipo mono, de igual manera se le realizó la revisión al vehículo en presencia del ciudadano J.L.R.M. como testigo, observando en la guantera del mismo un juego de llaves para vehículos, donde en una de ellas se leía la palabra LADA, y al hacerles la interrogativa a ambos ciudadanos manifestaron desconocer su procedencia.

En ese instante la Central de Comunicaciones reportó que en la Urbanización El Caujaro, calle 200, frente al Centro Comercial "HORÓSCOPO", estaba un vehículo Marca LADA Color Verde, presuntamente abandonado, por lo que los funcionarios actuantes en compañía del ciudadano J.L.R.M., se trasladan al sitio donde estaba el vehículo abandonado, mientras que los oficiales CONTRERAS ALFONSO, URDANETA ELIO, placa 400 y MAVAREZ ELLIS, placa 385, permanecían en el sitio con los ciudadanos restringidos; al llegar al lugar donde estaba el vehículo presuntamente abandonado Marca LADA Color VERDE Placas MDC-770, observaron que la puerta del lado izquierdo estaba mal cerrada insertando la llave encontrada en el vehículo FIAT SIENA, en el suiche de la camioneta encendiendo el motor de la misma; a escasos minutos se presentó un ciudadano que se identifico como VELAZCO CÁRDENAS W.A., quien dijo ser el propietario del vehículo, manifestando además que en horas de la mañana dos sujetos portando armas de fuego y bajo amenaza de muerte, lo habían despojado de su vehículo y dichos sujetos estaban a bordo de un vehículo Marca FIAT Modelo SIENA Color BEIGE y las placas identificadoras e.T.-98iyya que un vecino anoto las siglas al momento de la huida, de igual forma les indico que había cancelado la suma de Bolívares Tres Millones (3.000.000,00) en efectivo, para la entrega del vehículo y dichos ciudadanos le habían indicado que le dejarían su carro, frente al Centro Comercial "SAN MIGUEL" donde estaba abandonado. En virtud de ello, los Oficiales de Policía realizaron el arresto de los ciudadanos que tenían restringidos, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, quedando identificados como ALBURGUEZ S.D.F., titular de la cédula de identidad V.- 12.099.424, 33 años de edad, soltero, oficio Taxista, residenciado en el Barrio El Silencio calle 159 avenida 49B casa numero 159-58, siendo este el conductor del vehículo y R.J.B., titular de la cédula de identidad V.- 10.417.420, 35 años de edad, soltero, sin oficio definido, residenciado en el Barrio La Polar calle 179 avenida 48H casa numero 48H-79, siendo este el copiloto del vehículo, los vehículos quedaron descritos de la siguiente manera: Marca FIAT, Modelo SIENA, Clase AUTOMÓVIL, Tipo SEDAN, Color BEIGE, Placas TAS-981, Serial de Carrocería 9BD1721947329924, y Marca LADA, Modelo NIVA, Clase CAMIONETA, Placas MDC-770, Serial de Carrocería 8LG2121411EB00510; los teléfonos celulares incautados quedaron descritos así: Marca NOKIA, Modelo 6265, Color Blanco y Gris Serial 21D8C8E7, con su batería, y Marca NOKIA, Modelo 1325, Color NEGRO, Serial 224E9820, con su batería, siendo estos dos teléfonos incautados al ciudadano ALBURGUEZ S.D.F., Marca KIOCERA Modelo K122 Color NEGRO Serial 2253845A, con su batería y Marca KIOCERA Modelo K122 color NEGRO Serial 224E9820, con su batería, siendo estos dos teléfonos incautados al ciudadano R.J.B..

III

DE LA DETERMINACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS ACREDITADOS

Una vez que el Tribunal declaró abierto RECEPCION DE LOS MEDIOS PROBATORIOS, y oído las exposiciones hechas por las partes, de forma inmediata, se procedió a recepcionar las pruebas ofrecidas por la parte acusadora (Fiscal del Ministerio Público) para que éstas fueran controladas por las partes en la Audiencia Oral y Pública, con el propósito de poder verificar sus afirmaciones, mediante los principio de la Oralidad, inmediación, contradicción concentración y publicidad del debate con respecto a toda la recepción de pruebas presentadas y que fueron controladas por ambas partes, lo cual consistieron en las siguientes: Con la testimonial de los ciudadanos: 1.- Testimonio del ciudadano : LUCYBELL CHIQUINQUIRA PIRELA RINCON, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 22-10-85, soltera, titular de la cedula de identidad No. 17.085.354, Residenciada en el Municipio San Francisco. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Ese día nos disponíamos Wilmer y yo a dirigirnos al trabajo, eran aproximadamente las cinco y treinta de la mañana, dos sujetos lo agarraron a el y lo encañonaron, lo registraron y le quitaron la cartera, lo que tenia en el bolsillo del pantalón, uno se dirigió hacia a mi, me quito la cartera, me dijo que no me alterara y que no lo mirara, el que lo tenia a el, dijo que fuera dentro de la casa a llamar a mis familiares, ellos estaban durmiendo, luego lo obligaron a llamar a mi mamá, mi mamá se percato lo que sucedía afuera, ella se dirigió al cuarto donde estaba mi papá, no salieron, les dije que se llevaran la camioneta que ya los vecinos se estaban levantando, la gente ya estaba pasando, ellos se fueron y se llevaron el auto, se querían llevar el otro carro, se montaron y dijeron que camináramos detrás de la casa y se llevaron la camioneta, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Recuerda La fecha de los hechos? CONTESTO: Fue el 19-11-07. 2) ¿Diga la hora aproximada? CONTESTO. Como las cinco y treinta de la mañana. 3) ¿Diga en que lugar estaban? CONTESTO. Yo estaba del lado del copiloto de la camioneta, casi montada, después me baje. 4) ¿Dónde queda la casa? CONTESTO: Sector Sur America, calle 50, San Francisco. 5) ¿En su casa hay árboles frondosos? CONTESTO: Al lado en la esquina, en la casa de la esquina hay árboles frondosos, no hay mucha visibilidad. 6) ¿Qué vehiculo saco su compañero? CONTESTO: Primero el Zephir Dorado y después el de el, la camioneta Niva, verde, año 2001. 7) ¿El portón del estacionamiento de su casa es eléctrico? CONTESTO: No de dos puertas, se abre hacia dentro y hacia fuera. 8) ¿Diga que tiempo tiene en el sector? CONTESTO: Desde hace 23 años. 9) ¿De que los despojaron? CONTESTO: De todo, las carteras, teléfono y de treinta mil bolívares, a lo que se iban me dejaron la cartera y la documentación. 10) ¿Diga las características del teléfono? CONTESTO: Un LG, negro y plateado de tapita. 11) ¿Recupero ese equipo? CONTESTO: No. 12) ¿Cómo eran las características del vehículo que dijo haber visto en dos oportunidades? CONTESTO: Era como plateado, no lo detalle bien, Un Fiat, Siena, como plateado. Acto seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto fotografías de unos de los vehículos en los hechos. Acto seguido el tribunal lo declara con lugar. 13) ¿Considera que el vehículo que dijo ver ese día es uno de los que se le ponen de manifiesto en las fotografías? CONTESTO: Si es el vehículo. 14) ¿Qué color era la camioneta? CONTESTO: Verde. 15) ¿Cómo tuvo conocimiento que fue recuperada? CONTESTO: No conozco los hechos de como se recupero, cuando regrese a la casa ya habían recuperado la camioneta por Funda Barrios, luego llego una unidad de Polisur con mi amigo, me dijo que tenia que dirigirme a Polisur, y nos tomaron las declaraciones. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas. Se deja constancia que la Fiscal del Ministerio Público objeta pregunta de la defensa, ya que se esta Juzgando la conducta de los acusados, no de los familiares de los acusados, la Juez la declara con lugar. 1) ¿A que hora acostumbra a levantarse? CONTESTO: Depende de mis actividades, a veces me levanto temprano o tarde, ese día iniciaba un trabajo, quedaba en Ciudad de la Faria y Wilmer no me iba a llevar al trabajo, pero generalmente me levanto temprano. 2) ¿El vehículo que dijo ver lo considero sospechoso? CONTESTO: Lo considere sospechoso porque no tenia vidrios claros, no se podían ver cuantos iban, me pareció sospechoso porque marco frenos en la esquina. 3) ¿Vio a la persona que conducía el vehículo o estaban dentro o los vi cuando se bajaron? CONTESTO: No. 4) ¿De volver a los sujetos que la robaron los reconocerías? CONTESTO: No. 5) ¿Diga los rasgos que observo de los sujetos? CONTESTO: Los vi rápidamente por un momento, después dijo que no lo mirara, uno era delgado y el otro relleno, no recuerdo la estatura. 6) ¿Vi o no a las personas que la robaron? CONTESTO: Los vi rápidamente, me dijo que bajara la cabeza y no me mires, no puedo precisar los rasgos, estaba oscuro. Es todo. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Cuántas veces pasaron con el carro? CONTESTO. Dos veces. 2) ¿Los vio bajar del vehículo? CONTESTO: No los vi bajar

.2.- Testimonio del ciudadano D.A.H.M., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como D.A.H.M., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. 15.747.431, fecha de nacimiento 12-09-81, funcionario de Polisur, Residenciado en Maracaibo, Acto Seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al experto acta de Inspección técnica signada con el No. 26613-07 y 26614-07 de fecha 19-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Eso fue el 19-11-07 como a las dos de la tarde, me informo la central que en la calle 200, con avenida 50 frente a la Urbanización EL Soler, había un vehículo abandonado, me traslade al sitio e hice la inspección del sito, después informaron que habían unos ciudadanos detenidos involucrados en un delito contra la propiedad, después me traslade hasta la Urbanización R.C., calle 209, con Avenida 47R, que había otro vehículo abandonado, realice la inspección técnica y lugar donde se encontraba, es todo. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Qué inspección realizo en la Urbanización El Soler? CONTESTO: Al sitio y al vehículo 2) ¿Diga las características del vehículo? CONTESTO: Una camioneta, Niva, verde. 3) ¿La firma de la experticia es suya? CONTESTO: Si. 4) ¿Por qué llego al sitio? CONTESTO: La central informo sobre el vehículo Niva. 5) ¿Encontró algo de interés criminalistico? CONTESTO. No solo abandonado el vehículo. 6) ¿Al llegar al sitio quienes estaban? CONTESTO: Estaban las puertas abiertas del vehículo y los funcionarios. 7) ¿EN LA urbanización R.C., que fue a hacer allá? CONTESTO: Estaba otro vehículo involucrado en los hechos, realice inspección técnica al sitio. 8) ¿Estaba el vehículo abandonado? CONTESTO: Si. 9) ¿Quiénes estaban ahí? CONTESTO: Los funcionarios actuantes y el vehiculo abandonado. 10) ¿Cómo estaba el vehículo? CONTESTO: En buenas condiciones, con las puertas abiertas. 11) ¿Qué observo de interés criminalistico? CONTESTO: Varios juegos de llaves. 12) ¿De que dejo constancia en la inspección? CONTESTO: De las llaves incautadas en la guantera. 13) ¿Probo las llaves? CONTESTO: Si se probaron en la camioneta y encendió el vehiculo. 14) ¿Diga las características del vehículo? CONTESTO: Un Fiat, Siena, cuatro puertas. 15) ¿ A que horas llego? CONTESTO: a las dos y veinte de la tarde. 16) ¿A la camioneta Niva a que horas llego? CONTESTO: a las dos de la tarde. 17) ¿En que se traslado? CONTESTO: En una unidad patrullera. 18) ¿Diga la distancia entre el Soler y la Urbanización R.C. CONTESTO: De tres a cuatro minutos. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Diga el tiempo de funcionario? CONTESTO: Cuatro años y cinco meses. 2) ¿Cuando realizo la inspección? CONTESTO: el 19-11-07. 3) ¿Cómo se percato de las llaves que eran de otro vehículo? CONTESTO: Lo leí en el acta, después recordé las llaves del vehículo. 4) ¿Los funcionarios actuantes tenían detenidos en el sitio? CONTESTO: No en el Soler, ni en Funda Barrios. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Dijo las características de la llaves, cuantas eran? CONTESTO: No coloque la cantidad. 2) ¿Las dejo descritas? CONTESTO: No se describieron.

  1. - Testimonio del ciudadano: F.J.G.A., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 14-11-70, soltero, titular de la cedula de identidad No. 10.412.248, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Residenciado en Maracaibo. Acto Seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al experto experticia signada con el No. 5964-24 de fecha 21-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Fui designado para realizar experticia de reconocimiento a un vehiculo, tipo Automóvil, Sedan, Fiat, Modelo Siena, Color Beig, Año 2007, presento sus seriales de carrocería Originales, Motor Original, ratifico la experticia y la firma estampada en la misma es mía, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga fecha de la experticia? CONTESTO: El 21-11-07. 2) ¿Suscribió Usted esa experticia? CONTESTO: Si la ratifico. 3) ¿Tuvo Usted a la vista el vehículo? CONTESTO: Positivo. 4) ¿Diga el nuecero de la experticia? CONTESTO: Es 5964-24. 5) ¿Diga las características del Vehículo? CONTESTO: tipo Automóvil, Sedan, Fiat, Modelo Siena, Color Beig, Año 2007. 5) ¿Diga el Valor del vehículo’ CONTESTO: Se determino el precio en treinta mil bolívares fuertes. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Al momento de la experticia localizo algún elemento de interés criminalistico? Objeto el Ministerio Público ya que el funcionario solo realizo experticia a los seriales. 2) ¿Qué autoridad le hizo entrega del Vehiculo? CONTESTO. Tendría que revisar las actuaciones. Pregunta el Tribunal: 1) ¿Cómo recibió el vehículo? CONTESTO: El vehículo se recibe el la brigada de vehiculo y después se hace la experticia.

  2. - Testimonio del ciudadano :CARLELIA E.F.B., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como CARLELIA E.F.B., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 27-04-79, soltero, titular de la cedula de identidad No. 14.631.290, funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Residenciado en Maracaibo. Acto Seguido el Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al testigo acta de Inspección Técnica No. 1525, de fecha 11-12-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Realice inspección técnica al lugar donde se cometió el delito, se deja constancia como es el sitio, es una Vía Pública, de pavimento. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿la firma del acta es suya? CONTESTO: Si. 2) ¿Diga la fecha de la inspección? CONTESTO: El 11-12-07. 3) ¿Diga el lugar de la inspección? CONTESTO: Barrio Sur America, calle 150, avenida 55ª- 4) ¿Usted actúo como técnico? CONTESTO. Si. 5) ¿Diga las características del lugar? CONTESTO. Iluminación natural, la hice a las once y treinta de la mañana, vía publica, aceras. 6) ¿Logro evidenciar algo de interés criminalístico? CONTESTO: No. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Reconoce el acta que se le pone de manifiesto? CONTESTO: Si. 2) ¿La firma es la suya? CONTESTO. Si. 3) ¿A que hora la hizo? CONTESTO: a las once y treinta de la mañana. Acto seguido por cuanto no hay presentes mas testigos de la Fiscalía y existen testigos de la defensa se procede a alterar al recepción de las pruebas testimoniales a los fines de recepcionar las de la defensa. Se le pregunta al Fiscal del Ministerio Público que tiene que decir, manifestando que no tiene ninguna objeción. Acto seguido la Juez profesional le indica al Secretario hiciera comparecer al testigo de la defensa, solicitándole ésta al Alguacil hacer comparecer a la sala a la ciudadana Y.I.H.R., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como Y.I.H.R., venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 24-10-73, titular de la cedula de identidad No. 11.864.938, Residenciado en Maracaibo. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: El día 19-11-07, yo veo a mi hermano J.R., como a las ocho de la mañana, llego a la casa de la Polar, me llevo cuatro camisas, me dice que va a desayunar para donde Papá, y que se las planche que las pasaba buscando como a las once de la mañana. Me llaman y me dice tu hermano se cayo con un carro, después me dicen que esta en la sede de Polisur en Sierra Maestra, llegue al comando como a las doce estaba en el comando, no sabia porque estaba preso mi hermano, lo pasaron como a las seis de la tarde, el día 20 estábamos esperando, hicieron una rueda de reconocimiento, nos dijeron quien era la victima, antes de la rueda salio un policía al calabozo, llamo a la victima y le enseño la foto que tomo en el calabozo, el día 21 en la visita le pregunte a mi hermano si le habían tomado fotos en el calabozo y me dijo que si, es todo. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Se percato en Polisur si estaba la victima? CONTESTO: No estaba cerca. 2) ¿Ese día que el funcionario tenia la cámara, estaba cerca la victima? CONTESTO: yo estaba en la sala de espera. 3) ¿Diga la distancia que había entre la victima y Usted? CONTESTO: Como cincuenta metros. 4) ¿Diga la distancia entre el funcionario y la victima cuando le enseña las fotos? CONTESTO: Como de cinco a diez metros. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Dónde vive J.R.’ contesto: En el Barrio La Polar. 2) ¿Qué oficio tiene su hermano? CONTESTO: Vigilante en un terrero. 3) ¿Diga cual es el horario de trabajo? CONTESTO. De siete de la noche a siete de la mañana. 4) ¿Tuvo contacto con el, que día? CONTESTO: El día 19. 5) ¿Usted vio las fotos que enseño el funcionario a la victima? CONTESTO: No vi las fotos. PREGUNTA EL TRIBUNAL. 1) ¿Por qué sabe que le tomaron fotos a su hermano y que eran para una rueda de reconocimiento? CONTESTO: Un funcionario dijo que mañana lo trasladaban para hacerle una rueda de reconocimiento.

  3. - Testimonio de la ciudadana A.S.R.R., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como A.S.R.R., venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 09-11-55, titular de la cedula de identidad No. 24.733.366, Residenciado en Maracaibo. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Yo ese día fui para la procesión de la virgen, me regrese a las once y treinta de la noche, llegue a la casa de mi hija en la Urbanización La Coromoto, yo antes tenia la casa en la Polar, encontré a mi hijo durmiendo, le dije pásate para tu cuarto, por eso me fui para la casa, amaneció pare a Julito, eran como las siete de la mañana, el a las cinco y treinta de la mañana no pudo ser el que cometió el robo, ya que a esa hora el estaba en la casa. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Ese día que llego a la casa que horas eran? CONTESTO: Fue el 18-12 llegue como a las doce de la noche. 2) ¿Cuándo cero la puerta, donde quedo su hijo CONTESTO: Lo deje del lado adentro de la casa. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Quién es su hijo? CONTESTO: J.R.. 2) ¿ que hace el ¿ CONTESTO: el era vigilante en un modulo de Barrio Adentro. 3) ¿Quien le lava la ropa? Contesto: Su hermana. 4 ¿Dónde estaba Usted a las cinco y treinta de la mañana? CONTESTO: en mi casa despierta, pero no me había parado. 5) ¿Duerme en el mismo cuarto con Julio? CONTESTO: No en otro cuarto. Acto seguido la Juez le pregunta a la defensa en relación a los demás testigos que le faltan por rendir declaración. La defensa ABG. H.R., manifiesta que desiste de la recepción de la testimonial de los ciudadanos Andriuns Peña y J.B.C., ya que los mismos están de viaje una para Valencia y el otro para Los Teques. Se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público ABOG. B.T., quien manifiesta no tiene ninguna objeción a la renuncia de los testigos de la defensa. G.J.C.S., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como G.J.C.S., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 16-09-78, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.610.300, funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. EL Fiscal del Ministerio Público solicita permiso al tribunal para poner de manifiesto a la defensa y al testigo acta policial No. 26619-2007. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: Eso ocurrió el 19-11-07 aproximadamente a las 01:40 de la tarde, estábamos en el Caujaro, por la avenida 50, calle 200, reporta la Central de Comunicaciones que había un vehículo sospechoso, frente al centro comercial vimos un vehículo con las características suministradas un Fiat, Siena, sedan, color Beig, entro por Funda Barrios, pararon el la 200, con calle 47R, los paramos y los mandamos a bajar, eran dos ciudadanos, les hicimos la revisión corporal, al de franela naranja le incautamos dos teléfonos celulares y al otro dos teléfonos celulares uno en cada bolsillo, uno de ellos dijo que le estaba haciendo una carrerita y el otro dijo que le estaban dando la cola, verificamos la placa del vehículo y nos reportaron que el vehículo tenia una denuncia por haberlo utilizado en el robo de un vehículo, en la guantera tenia unas llaves con lu logo de Lada, minutos después nos reporto la central que en el Centro Comercial Horóscopo, había un vehículo abandonado, me fui al sitio estaba una camioneta Lada con las puertas entreabiertas, las llaves localizadas en el vehículo coincidían, llego el propietario y dio las características del otro vehículo, y eran las mismas y se practico la detención de los ciudadanos, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga el tiempo en la institución? CONTESTO: Cuatro años. 2) ¿A que departamento esta adscrito? CONTESTO: a la sección de motorizados. 3) ¿Diga fecha de los hechos narrados? CONTESTO: El 19-11-07 a la 01:40 de la tarde. 4) ¿Con quien andaba Usted? CONTESTO: Con el funcionario A.C.. 5) ¿Diga el lugar de la aprehensión? CONTESTO: en el Barrio R.C., calle 209 con avenida 47R. 6) ¿Diga las características del vehículo que observo? CONTESTO: Un Fiat Siena, sedan, Beig. 7) ¿Recuerda la placa? CONTESTO: No. 8) ¿Diga las placas plasmadas en el acta policial? CONTESTO: TAS-981. 9) ¿Diga las características de los sujetos aprehendidos? CONTESTO: Una era de contextura doble, moreno, franela naranja y el otro era delgado, de franela gris y con un mono. 10) ¿Diga que evidencias colecto? CONTESTO. En la guantera unas llaves de un vehículo Lada y dos celulares a cada uno de ellos. 11) ¿Cuándo tuvo conocimiento del otro vehículo? CONTESTO: Primero llamaron que había un vehículo sospechoso, lo paramos, verificamos la placa, fue reportado como utilizada para un robo. 12) ¿Indique como fue recuperado el Lada? CONTESTO: Fue en el Centro Comercial Horóscopo, llego el dueño y dijo que pago tres millones. 13) ¿Ratifica el acta policial que se le pone de manifiesto? CONTESTO: Si es mi firma la de arriba. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Cómo tuvo conocimiento de lo narrado al tribunal? CONTESTO: Por la primera llamada que efectuaron a través de la central de comunicaciones. 2) ¿Se encuentran en la sala del tribunal las personas que detuvo ese día? CONTESTO: Por supuesto, se deja constancia que señala a los acusados. Pregunta el Tribunal: 1) ¿Por qué relacionan las llaves localizadas con el vehículo Lada? CONTESTO: Porque la primera llamada era que el vehículo estaba sospechoso, se consiguen las llaves, dicen que las llaves no son de ellos, cinco minutos después llamaron que una camioneta Lada tenia las puertas entre abiertas, verificamos y las llaves eran de la camioneta. 2) ¿Diga la hora de la aprehensión? CONTESTO: Como de 1:50 a 2 de la tarde. 3) ¿A que hora informa la central? CONTESTO: Como a la 01: 40 escuche el reporte.

  4. - Testimonio del ciudadano A.J.C.R., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como A.J.C.R., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 02-09-77, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.912.224, funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. EL Fiscal del Ministerio Público solicita permiso al tribunal para poner de manifiesto a la defensa y al testigo acta policial No. 26619-2007, de fecha 19-11-07. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: La central informo que en la calle 200, frente al Centro Comercial Horóscopo había un Fiat, Sedan, Siena beig, nos trasladamos a verificar, el conductor al ver la comisión policial se retiro del sitio, lo seguimos, verificamos las placas, pedimos apoyo, llego el oficial Roldan, lo seguimos y los mandamos a parar, salio el conductor y le preguntamos que hacían en el lugar, me dijo que haciendo un traslado, el copiloto dijo que era familia del conductor, la contradicciones nos llevo a verificar el vehículo, uno de ellos tenia dos celulares y el otro dos celulares en cada bolsillo, verificamos el vehículo y en la guantera habían unas llaves con un logo de Lada, la central reporto que en el Centro Comercial Horóscopo había una camioneta Lada verde, mi compañero G.C. verifico el otro vehículo, yo me quede con los aprehendidos, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga el Tiempo del procedimiento? CONTESTO: Como año y medio. 2) ¿A que departamento se encuentra adscrito? CONTESTO: a LA UNIDAD MOTORIZADA. 3) ¿Diga fecha y hora del procedimiento? CONTESTO: EL 19-11-07 COMO A LA 01:40 de la tarde. 4) ¿Diga cuantas personas aprehendió? CONTESTO: Dos señores. 5) ¿Con quien estaba acompañado Usted? CONTESTO: Con G.C., E.R., E.U., E.M.. 6) ¿Diga las características del vehiculo? CONTESTO: Fiat, Siena, Beig. 7) Cuando hizo la inspección corporal a los sujetos y al vehiculo que evidencias de interés criminalitisco localizo? CONTESTO: Varios celulares y unas llaves con el logo de Lada. 8) ¿Diga que relación había entre las llaves localizadas y el vehiculo recuperado? CONTESTO: Verificamos el vehiculo, la central lo reporto abandonado, el Lada verde tenia las puertas entre abiertas, se utilizaron las llaves localizadas y el vehiculo prendió. 9) ¿Dónde estaban las llaves? CONTESTO: En la guantera del Fiat Siena. 10) ¿Utilizaron testigo? CONTESTO. Si un señor, J.L.R.M.. 11) ¿Ratifica el acta policial? CONTESTO: Si es mi firma la de la parte de debajo de la firma de mi compañero. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que hora fue el procedimiento? CONTESTO: A la 01:40 de la tarde. 2) ¿A que hora les informa la central de comunicaciones? CONTESTO: Mas o menos como a la hora del procedimiento. 3) ¿Que le informaron de la camioneta Lada? CONTESTO: Que dos ciudadanos despojaron del vehiculo a un ciudadano, que lo llamaron posteriormente y el pidieron tres millones. 4) ¿En la revisión al vehiculo localizaron armas de fuego? CONTESTO: No. 5 ¿Se encuentran en la sala las personas detenidas ese día? CONTESTO: Si señor, se deja constancia que el testigo señala a los acusados.

  5. - Testimonio del ciudadano : E.E.R.F., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 15-07-78, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.575.198 funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, placa No. 340, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: Dos oficiales pidieron apoyo, que seguían un vehiculo sospechoso por la calle 200, acudí en apoyo, fue por Funda Barrios, los detuvimos en la calle 209,con 47R, se hizo la requisa corporal y al vehiculo, la central de Radio informo sobre una camioneta Niva Lada, localizamos en el vehiculo unas llaves de un vehiculo Lada, la central informo que estaba frente al Centro Comercial Horóscopo, fuimos al sitio, abrimos la camioneta y utilizamos las llaves localizadas en el Vehiculo Fiat, y la camioneta encendió, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga el tiempo en la institución? CONTESTO: Cinco años. 2) ¿En que división se encuentra asignado? CONTESTO: En patrullaje. 3) ¿Indique fecha, hora y lugar del procedimiento? CONTESTO: Fue el 19-11-07, en ciudadela R.C., calle 209. 4) ¿Diga cual fue su actuación? CONTESTO: Apoyo A mis compañeros que detuvieron el vehiculo. 5) ¿Diga si observo si se incauto alguna evidencias de interés criminalístico? CONTESTO: Se localizaron llaves de un vehiculo Lada, y teléfonos celulares a los detenidos. 6) ¿Presento la incautación? CONTESTO: No. 7) ¿Recuerda el nombre del testigo que utilizaron? CONTESTO: No loo recuerdo. 8) ¿Diga el nombre de los otros funcionarios que prestaron apoyo? CONTESTO: Llegaron otros funcionarios después y tomaron fijación fotográfica. 9) ¿Diga las características que resulto aprehendido? CONTESTO: Fiat, Siena, sedan. 10) Diga las características del vehiculo recuperado? CONTESTO: Una camioneta, Niva, Verde, Lada. 11) ¿Diga la hora de la aprehensión? CONTESTO: Como de 01:30 a 01:40 de la tarde. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que hora realizo el apoyo? CONTESTO: Como de 01:25 a 01: 30 de la tarde. 2) ¿ Día del apoyo CONTESTO: EL 19-11-07. 3) ¿Día donde fue que prendieron el vehiculo que menciono? CONTESTO: en el Centro Comercial San Miguel. 4) ¿En el apoyo que efectúo, presencio la requisa al vehiculo? CONTESTO: Si a una distancia prudencial. 5) ¿A que distancia la presencio? CONTESTO: Como a cinco metros. 6) ¿Vio si incautaron dinero, armas? CONTESTO: Unas llaves y unos teléfonos celulares. El tribunal no hace preguntas.

  6. - Testimonio del ciudadano E.E.U.Q., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como E.E.U.Q., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 02-09-85, soltero, titular de la cedula de identidad No. 17.918.158 funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, placa No. 400, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: Yo llegue en apoyo a los oficiales actuantes Cepeda y Contreras, llegamos y pararon un vehiculo Fiat, Siena, color Beig, los restringimos, se bajo un ciudadano, la central reporto un vehiculo abandonado, y unos oficiales nos trasladamos a donde estaba el vehiculo abandonado, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿ Diga el tiempo que tiene dentro de la institución? CONTESTO: Como año y medio. 2) ¿A que departamento se encuentra asignado? CONTESTO: Al departamento Motorizados. 3) ¿Cual su participación en el procedimiento? CONTESTO: En apoyo a los oficiales Contreras Alfonso y Cepeda. 4) ¿Llegaron otros funcionarios en apoyo? CONTESTO: Si R.E., E.M.. 5) ¿Diga las características del vehiculo detenido>? CONTESTO: Un Fiat, Siena, color Beige. 6) ¿Incautaron evidencias de interés criminalístico? CONTESTO: Unas llaves de un vehiculo Lada en la guantera. 7) ¿Se traslado Usted hasta el sitio donde estaba el vehiculo Lada? CONTESTO: No. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿ A que hora recibió la llamada de apoyo? CONTESTO: Como a l 01:30 de la tarde. 2) Vio la requisa del vehiculo? CONTESTO: Si. 3) ¿Observo si incautaron dinero, armas? CONTESTO: No. 4) ¿Cómo sabia Usted del manojo de llaves? CONTESTO: Porque revisamos el vehiculo y estaban las llaves, le preguntamos por ellos y dijeron que no tenían conocimiento, la central informo que una camioneta Lada estaba en el Centro Comercial Horóscopo, los oficiales se trasladaron hasta donde estaba la camioneta y las llaves pertenecían a la misma. Pregunta al Juez. 1) ¿Usted formo parte de la revisión? CONTESTO: Observe. E.A.M.P., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 20-04-82, soltero, titular de la cedula de identidad No. 15.560.547, funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, Residenciado en Maracaibo. Acto Seguido el Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al testigo acta policial No. 26619-07 de fecha 19-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Llegue en apoyo de dos oficiales, Cepeda y Contreras, lo cuales estaban en persecución de un vehículo Fiat, Siena, Beig, la persecución se inicio en la calle 200 sector El Caujaro y termino en la calle 209 de Funda Barrios, se detuvo el vehículo y se le pregunto a los ciudadanos que hacían, uno de ellos manifiesto que hacia una carrerita y el otro que era familiar del taxista, se procedió a realizar la revisión corporal y se le encontró a cada uno de los ciudadanos dos teléfonos celulares y a la inspección realizada al vehiculo se encontró en la guantera unas llaves con el símbolo de Lada, la central reporto un vehículo abandonado por el Centro Comercial Horóscopo, el oficial Cepeda se traslado al lugar con un testigo y las llaves, el oficial las introdujo en el suiche del vehículo y encendió el motor, motivo por el cual se aprendió a los dos ciudadanos, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. IRISTELIS RINCÓN, quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Como tuvo conocimiento del procedimiento? CONTESTO: La central reporto el apoyo solicitado por dos oficiales, que dos sujetos estaban sospechosos en un vehículo y no se bajaban. 2) ¿En que consistió su actuación? CONTESTO: Apoyo a dos oficiales, ya que tenían a unos ciudadanos restringidos. 3) ¿Quién los tenia restringidos? CONTESTO: El oficial Cepeda y su compañero. 4) ¿Qué localizaron dentro del vehiculo? CONTESTO: unas llaves con el símbolo de Lada. 5) ¿Qué le localizaron a los ciudadanos? CONTESTO: Cuatro celulares, dos Nokia al que manejaba y al de mono tenia dos celulares. 6) ¿Quién conducía el vehiculo? CONTESTO: El de suéter naranja y jeen azul. 7) ¿Usted fue al sitio donde estaba abandonado el Lada CONTESTO: No. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Qué le manifiesto la central CONTESTO: Comunico por radio el procedimiento del vehiculo Fiat, Siena, Beig, que dos ciudadanos estaban sospechosos y no se bajaban del vehiculo. 2) ¿Cuándo recibió el llamado de apoyo se estaba cometiendo un delito o solo no se querían bajar? CONTESTO: Estaban dos ciudadanos dentro del vehiculo y no se bajaban. 3) ¿Qué consiguieron dentro del vehiculo, armas, dinero? CONTESTO: Llegue hicimos un llamado para que los ciudadanos se bajaran, tenia el vehiculo vidrios ahumados, se bajaron, hicimos la revisión y cada uno de ellos se le localizo dos celulares y en la guantera unas llaves de un Lada. Objeta la Fiscal preguntas de la defensa. A lugar. 4) ¿Las personas dentro del vehiculo se encuentran presentes en la sala? CONTESTO: Si, se deja constancia que señala a los acusados. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Dónde fueron detenidos los ciudadanos? CONTESTO: Por el Centro Comercial Horóscopo, estaban estacionados de manera sospechosa, el vehiculo arranco, cruzo en Funda Barrios, después cruzo a la izquierda y después se ordeno se pararan. 2) ¿Cuando escucho el reporte del otro vehiculo que paso? CONTESTO: La central reporto el vehiculo Lada y los oficiales se trasladaron al sitio. 3) ¿Dónde estaba el vehiculo Lada? CONTESTO: en la calle 200, frente al Centro Comercial horóscopo.

  7. - Testimonio de la ciudadana R.F.C., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como R.F.C., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.006680, funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Residenciado en Maracaibo, Acto Seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al experto acta policial No. 5953-24 de fecha 21-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Se trata de una experticia realizada en fecha 21-11-07 a un vehículo recuperado, se procedió a realizar la experticia a un vehículo clase camioneta, Marca Lada, año 2001, Modelo Niva 4X4, color verde, presento seriales de carrocería en estado original, q, serial del motor Original, conclusión seriales originales, se le dio un valor al vehículo de 30 millones, ratifico el contenido de la experticia y reconozco la firma como mía. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. IRISTELIS RINCÓN, quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga la importancia de la experticia? CONTESTO: Verificamos los seriales y no se observo alteración en los mismos, es todo. 2) ¿Qué motivo la actuación? CONTESTO: El vehículo ingreso proveniente de otro cuerpo policial y el Ministerio Público dio la orden de la practica de la experticia. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Reconoce la firma estampada en la experticia? CONTESTO: Si es mía. 2) ¿Le manifestaron si ese vehículo fue objeto de un robo? CONTESTO: No solo se verifican los seriales. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Diga la conclusión de la experticia? CONTESTO: Los seriales del vehículo sin alteración y originales. CONCATENADO CON LA DECLARACION DEL LA PERITO ESTE TERIBUNAL Reotorga valor por cuanto se determina el objeto proveniente del delito y su identificación plena

    10- testimonio del Acusado: D.F.A.S., que rinda su declaración: Soy inocente de lo que me imputan, yo soy taxista, estaba trabajando ese día, yo estacione el carro, me piden una carrerita, llevo al señor hacia el kilómetro 9, le pido el favor para llegar un momento a donde un compañero a buscar una antena, me llegaron unos funcionarios, levante las manos, me dijeron que era un procedimiento normal, la carrerita la cobre a veinte mil bolívares, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al acusado. 1) ¿Indique lugar, fecha y hora de la detención? CONTESTO: Al media día. 2) ¿Diga las características del vehiculo que Usted cargaba? CONTESTO: Un Fiat, Siena, con franjas negras arriba. 3) ¿Diga las placas de su vehiculo? CONTESTO: No las recuerdo. 4 ¿A quien pertenece ese vehiculo? CONTESTO: a W.G.. 5) ¿Por qué lo cargaba Usted? CONTESTO: Porque trabajo de taxi. 6) ¿Diga el nombre de la persona que tomo como cliente? CONTESTO: J.R., que es causa mía. 7) ¿Dónde toma la carrerita? CONTESTO: En San Felipe. 8) ¿A dónde iban? CONTESTO: Al Kilómetro 9. 9) ¿Diga que funcionarios estuvieron presentes en el procedimiento? CONTESTO: Primero dos motos, después llegaron más. 10? ¿Diga que objetos localizaron en el vehiculo? CONTESTO: revisaron y sacaron unas llaves. 11) ¿A que hora recibió el carro? CONTESTO: Lo trabajo las veinte cuatro horas. 12) ¿Rindió declaración Usted en otro Juzgado? CONTESTO: No. 13) ¿Conocía a J.R.? CONTESTO: Si le hice como dos a tres carreritas, por medio de un hermano. 14) ¿Recuerda si Polisur recupero un vehiculo diferente al suyo? CONTESTO: Nombraron un carro en otro barrio. 15) ¿Recuerda la línea de Taxi para la que trabajaba? CONTESTO: tox Servi. 16) ¿Tiempo trabajando en esa empresa? Contesto: Cinco meses. 17) ¿Además de las llaves de que más lo despojaron? CONTESTO: de mis dos celulares, ES TODO. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que se dedica Usted? CONTESTO: a chofer de Taxi. 2) ¿Tiempo de taxista? Contesto. De taxista como siete meses y de chofer de trafico de silencio. 3) ¿Conoce a su cliente de antes? CONTESTO: Le hice como tres carreritas antes. 4) ¿Usted portaba ARMA DE FUEGO? CONTESTO: No, conocí de armas en el cuartel.

  8. - Testimonio del acusado : J.B.R., quien es venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 20-01-72, de 36 años, titular de la cedula de identidad No. 10.417.420, soltero, vigilante, hijo de A.R. y papá no lo conoció, residenciado en la Urbanización La Polar, calle 197, sin numero de la casa, cerca de la Ferretería, Estado Zulia, quien MANIFESTÓ: “Que quiere declarar en este momento y expone: Soy inocente de lo que me acusan, soy trabajador, honrado, desde los 16 años no quise estudiar, me dieron permiso para trabajar, yo tengo problemas motores, no puedo correr, saltar, tengo impedimentos físicos, solo pido que se haga justicia, los oficiales se aprovecharon de la circunstancias, a mi me señalaron, no había nadie que se me pareciera, al llegar al comando ya estaba el agraviado, yo no lo conozco, soy inocente, no soy ladrón como me acusan, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al acusado. 1) ¿Narre como fue la aprehensión? CONTESTO: Eso fue el 19-11-07, yo agarre un taxi en San Felipe, hacia el kilómetro 9, iba para una venta de comida que tiene mi padrastro, para desayunar, íbamos por el Caujaro y el taxista me pidió permiso para buscar una antena donde un amigo, cuando veo a los funcionarios de Polisur, nos aprehendieron y nos trasladaron al comiendo de Polisur, es todo. 2) ¿A que hora agarre el taxi? CONTESTO: De 8 a 9 de la mañana. 3) ¿a que hora fue aprehendido por Polisur? CONTESTO: Como a la una de la tarde. 4) ¿Todo ese tiempo tuvo con el taxista? CONTESTO: No se que hora eran, no recuerdo la hora en que me apresaron. 5) ¿Diga cuantas veces había visto al taxista? CONTESTO: Primera Vez. 6) ¿El taxista le había prestado antes su servicio? CONTESTO: No era primera vez. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que se dedica Usted? CONTESTO: Era vigilante de un CDI. 2) ¿El día de los hechos que estaba haciendo? CONTESTO: Me pare, me fui a la prefectura, entregue la llave al medico Cubano, agarre el carrito en San Felipe, para el Taxi y después nos apresaron, es todo. Objeto el Fiscal del Ministerio Público pregunta de la defensa. 3) ¿El día de los hechos, cuantas veces le presto servicio el taxi? CONTESTO: No lo recuerdo

    PRUEBAS DOCUMENTALES:

    1 ACTA POLICIAL N° 26.619-2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, suscrita por los Oficiales G.C., placa 291 y A.C., placa 370, adscritos a la División de Patrullaje del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco..

  9. ACTA DE DENUNCIA VERBAL N° D-2391 -2007, de fecha 19 de noviembre de 2007, formulada ante el Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, por el Ciudadano: W.A.V.C., cédula de identidad número V.-12.633.861. Esta prueba es pertinente y necesaria a objeto de ilustrar al Tribunal sobre la información aportada por la víctima que diera origen al procedimiento policial, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

  10. ACTA DE INSPECCIÓN CON FIJACIÓN FOTOGRÁFICA N° 26.613-2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, suscrita por el Oficial HURTADO DARWIN, placa 310, adscrito a la División de Servicios Investígateos del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, realizada en el Municipio San Francisco, en la calle 200 con avenida 50 de la Urbanización El Soler, exactamente frente al Centro Comercial "The Brothers", dejando constancia de lo siguiente: "El lugar a inspeccionar es un sitio abierto, de temperatura ambiental calida e iluminación natural clara para el momento de la inspección, correspondiente a una vía de interés publico, con superficie asfaltada en su totalidad, provista de aceras y brocales, para el paso peatonal, dicha vía es utilizada para el libre transito automotor, en el sentido ESTE-OESTE-ESTE, de la misma manera se aprecian postes para el tendido eléctrico y alumbrado público en horas nocturnas, observándose una estructura la cual funge como Centro Comercial, de igual forma se puede ver frente a la misma, estacionado sobre la acera y en aparente estado de abandono un vehículo Marca: Lada, Modelo: Niva, Color: Verde, Tipo: Sport-Wagón, Clase: Camioneta, Placas: MDC-770, Serial de Carrocería: 8LG2121411EB00510, el cual al realizarle la inspección externa e interna se aprecian que el mismo se encuentra en buen estado de uso y conservación". Esta prueba es pertinente y necesaria ya que con la inspección se deja constancia sobre el lugar exacto donde resultaron aprehendidos los imputados de autos y la recuperación del vehículo, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

  11. ACTA DE INSPECCIÓN CON FIJACIÓN FOTOGRÁFICA N° 26.614-2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, suscrita por el Oficial HURTADO DARWIN, placa 310, adscrito a la División de Servicios Investigativos del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, realizada en el Municipio San Francisco, en la calle 209 con avenida 47R de la Urbanización Ciudadela Rafae Caldera, dejando constancia de lo siguiente: "El lugar a inspeccionar es un sitio abierto, de temperatura ambiental calida e iluminación natural clara para el momento de la inspección, correspondiente a una vía de interés publico, con superficie de cemento en su totalidad, provista de aceras y brocales, para el paso peatonal, dicha vía es utilizada para el libre transito automotor, en el sentido ESTE-OESTE-ESTE, de la misma manera se aprecian postes para el tendido eléctrico y alumbrado público en horas nocturnas, observándose a sus alrededores vegetación variada y viviendas de interés familiar, de igual forma se observa estacionado en la vía y en aparente estado de abandono un vehículo Marca Fiat, Modelo Siena Hlx, Color Beig Savanah, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Placas TAS-981, Serial de Carrocería 9BD1721947329924, el cual al realizarle la inspección externa e interna se aprecian que el mismo se encuentra en buen estado de uso y conservación, asimismo en la parte interna de la guantera, se pueden ver las llaves de un vehículo, las cuales se procedieron a colectar como evidencia. Seguidamente se realizaron varias tomas fotográficas". Esta prueba es pertinente y necesaria ya que con la inspección se deja constancia sobre el lugar exacto donde resultaron aprehendidos los imputados de autos y la recuperación del vehículo, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

    5 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y AVALÚO REAL N° 5953-24 de fecha 21 de noviembre de 2007, suscrita por la Licenciada Sub. Insp. R.F.. Experto Reconocedora al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Zulia, División Regional de Criminalisticas, Área de Experticias, realizada sobre un vehículo CLASE: Rustico, MODELO: Niva 4x4, TIPO: Techo Duro, COLOR: Verde, MARCA: Lada, PLACAS: MDC770, AÑO: 2001, serial de carrocería 8LG2121411EB00510, serial del motor 6044509, que por las características y condiciones presentadas se le estima un valor aproximado a los 30.000.000 de Bolívares, y presentó sus seriales en estado original. Este Tribunal estima la siguiente prueba por cuanto se determina la identidad , propiedad y originalidad del vehículo

    Esta prueba es pertinente y necesaria ya que con la experticia realizada al vehiculo propiedad de la victima se deja expresa constancia de su existencia, así como de sus características y valor en el comercio, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

  12. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y AVALÚO REAL N° 5964-24 de fecha 21 de noviembre de 2007, suscrita por el funcionario: T.S.U. F.G., Experto Reconocedor al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Zulia, División Regional de Criminalísticas, Área de Experticias, practicada al vehículo CLASE: Automóvil, MODELO: Siena, TIPO: Sedan, COLOR: Beige, MARCA: Fiat, PLACAS: TAS98I, AÑO: 2007, serial de carrocería No. 98D17219473299247, serial del motor No. 1V0269012, que por las características y condiciones presentadas se le estima un valor aproximado a los 30.000.000 de Bolívares. Esta prueba es pertinente y necesaria ya que con la experticia realizada al vehiculo en el que se desplazaban los imputados de autos, se deja expresa constancia de su existencia, así como de sus características v valor en el comercio, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

  13. ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 11 de diciembre de 2007, suscrita por el Detective D.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Francisco, con ocasión de las diligencias realizadas en cumplimiento de la orden de investigación dictada por el Ministerio Público, trasladándose hasta el sitio donde ocurrieron los hechos. Esta prueba es pertinente y necesaria ya que con la presente actuación se deja constancia sobre las diligencias practicadas con ocasión de la orden emitida por el Ministerio Público, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

  14. ACTA DE INSPECCIÓN N° 1525 de fecha 11 de diciembre de 2007, suscrita por los funcionarios Sub Inspectora CARLELIA FERNANDEZ, y Detective D.P., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Francisco, realizada en el Barrio Sur América, calle 150, avenida 53A, vía pública, Parroquia M.H., Municipio San F.d.E.Z.. Esta prueba es pertinente y necesaria ya que con la inspección se deja constancia sobre el lugar exacto donde ocurrieron los hechos en contra del ciudadano W.V. el día 19-11-07, conjuntamente con el dicho de quien la suscribe.

  15. ACTA DE RECONOCIMIENTO DE IMPUTADOS, de fecha 20 de noviembre de 2007, realizada como Prueba Anticipada, ante el Juzgado Octavo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 230 y 307 del Código Orgánico Procesal Penal, en el cual el ciudadano W.A.V.C., en su condición de víctima explanó las condiciones de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos en su contra, respondiendo a preguntas formuladas por el Ministerio Público y la Defensa, e igualmente señaló al Imputado D.A. como la persona "que le llegó por detrás y le sacó el celular y se fue junto con la persona que estaba con él en la camioneta", y al Imputado J.B.R. como la persona "que le llegó por detrás y lo apuntó con un arma de fuego, y se fue con él para el porche de la casa y se sentó en el mueble y le decía que llamara a la señora de la casa". Esta prueba es pertinente y necesaria ya que en la misma se determina el señalamiento efectuado por la víctima de autos contra los imputados, así como la presunta participación de los mismos en el delito que se le señala.

    IV

    DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Determinadas, establecidas, acreditadas y comprobadas anteriormente las diversas circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre la ocurrencia de los hechos donde se estableció el corpus delicti conforme al análisis de comparación y adminiculación entre sí de los diversos medios de pruebas que fueron recepcionados durante el debate, atendiendo a lo previsto en los Artículos 22 y 199 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, donde también quedó determinado y comprobado durante el debate la NO participación en el hecho del acusado URDANETA, por la presunta comisión del delito de: DELITO: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 5 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor , por cuanto de el debate y del contradictorio no quedo demostrada la participación del acusado en el delito, encontrándose sendas dudas por cuanto a acusado de autos no le fuera encontrando dentro del vehículo objeto proveniente del robo ningún objeto incriminatorio, sino distancia e igualmente ningún objeto incriminatorio oído el testimonio del los ciudadanos: 1.- Testimonio del ciudadano : LUCYBELL CHIQUINQUIRA PIRELA RINCON, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 22-10-85, soltera, titular de la cedula de identidad No. 17.085.354, Residenciada en el Municipio San Francisco. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Ese día nos disponíamos Wilmer y yo a dirigirnos al trabajo, eran aproximadamente las cinco y treinta de la mañana, dos sujetos lo agarraron a el y lo encañonaron, lo registraron y le quitaron la cartera, lo que tenia en el bolsillo del pantalón, uno se dirigió hacia a mi, me quito la cartera, me dijo que no me alterara y que no lo mirara, el que lo tenia a el, dijo que fuera dentro de la casa a llamar a mis familiares, ellos estaban durmiendo, luego lo obligaron a llamar a mi mamá, mi mamá se percato lo que sucedía afuera, ella se dirigió al cuarto donde estaba mi papá, no salieron, les dije que se llevaran la camioneta que ya los vecinos se estaban levantando, la gente ya estaba pasando, ellos se fueron y se llevaron el auto, se querían llevar el otro carro, se montaron y dijeron que camináramos detrás de la casa y se llevaron la camioneta, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Recuerda La fecha de los hechos? CONTESTO: Fue el 19-11-07. 2) ¿Diga la hora aproximada? CONTESTO. Como las cinco y treinta de la mañana. 3) ¿Diga en que lugar estaban? CONTESTO. Yo estaba del lado del copiloto de la camioneta, casi montada, después me baje. 4) ¿Dónde queda la casa? CONTESTO: Sector Sur America, calle 50, San Francisco. 5) ¿En su casa hay árboles frondosos? CONTESTO: Al lado en la esquina, en la casa de la esquina hay árboles frondosos, no hay mucha visibilidad. 6) ¿Qué vehiculo saco su compañero? CONTESTO: Primero el Zephir Dorado y después el de el, la camioneta Niva, verde, año 2001. 7) ¿El portón del estacionamiento de su casa es eléctrico? CONTESTO: No de dos puertas, se abre hacia dentro y hacia fuera. 8) ¿Diga que tiempo tiene en el sector? CONTESTO: Desde hace 23 años. 9) ¿De que los despojaron? CONTESTO: De todo, las carteras, teléfono y de treinta mil bolívares, a lo que se iban me dejaron la cartera y la documentación. 10) ¿Diga las características del teléfono? CONTESTO: Un LG, negro y plateado de tapita. 11) ¿Recupero ese equipo? CONTESTO: No. 12) ¿Cómo eran las características del vehiculo que dijo haber visto en dos oportunidades? CONTESTO: Era como plateado, no lo detalle bien, Un Fiat, Siena, como plateado. Acto seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto fotografías de unos de los vehículos en los hechos. Acto seguido el tribunal lo declara con lugar. 13) ¿Considera que el vehiculo que dijo ver ese día es uno de los que se le ponen de manifiesto en las fotografías? CONTESTO: Si es el vehículo. 14) ¿Qué color era la camioneta? CONTESTO: Verde. 15) ¿Cómo tuvo conocimiento que fue recuperada? CONTESTO: No conozco los hechos de como se recupero, cuando regrese a la casa ya habían recuperado la camioneta por Funda Barrios, luego llego una unidad de Polisur con mi amigo, me dijo que tenia que dirigirme a Polisur, y nos tomaron las declaraciones. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas. Se deja constancia que la Fiscal del Ministerio Público objeta pregunta de la defensa, ya que se esta Juzgando la conducta de los acusados, no de los familiares de los acusados, la Juez la declara con lugar. 1) ¿A que hora acostumbra a levantarse? CONTESTO: Depende de mis actividades, a veces me levanto temprano o tarde, ese día iniciaba un trabajo, quedaba en Ciudad de la Faria y Wilmer no me iba a llevar al trabajo, pero generalmente me levanto temprano. 2) ¿El vehículo que dijo ver lo considero sospechoso? CONTESTO: Lo considere sospechoso porque no tenia vidrios claros, no se podían ver cuantos iban, me pareció sospechoso porque marco frenos en la esquina. 3) ¿Vio a la persona que conducía el vehículo o estaban dentro o los vi cuando se bajaron? CONTESTO: No. 4) ¿De volver a los sujetos que la robaron los reconocerías? CONTESTO: No. 5) ¿Diga los rasgos que observo de los sujetos? CONTESTO: Los vi rápidamente por un momento, después dijo que no lo mirara, uno era delgado y el otro relleno, no recuerdo la estatura. 6) ¿Vi o no a las personas que la robaron? CONTESTO: Los vi rápidamente, me dijo que bajara la cabeza y no me mires, no puedo precisar los rasgos, estaba oscuro. Es todo. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Cuántas veces pasaron con el carro? CONTESTO. Dos veces. 2) ¿Los vio bajar del vehículo? CONTESTO: No los vi bajar, este testimonio lo valora este tribunal por cuanto del la máximas de experiencia la lógica fue conteste en manifestar como sucedieron los hechos, como efectivamente el hecho delictivo se llevo logrado los sujetos que los cometerían bajo amenaza de muerte llevarse el vehículo del ciudadano: W.V.C., pero asimismo del presente testimonio podemos concluir que la ciudadana Lucybell Pirela , no señaló a los acusados por cuanto la misma no los pudo ver. Asimismo este tribunal deja constancia que la Victima W.A.V.C. , no compareció ante el juicio a pesar de los mandatos de conducción que realizara este juzgado asimismo el anterior tetigo manifestara que el mismo se encontraba residenciado en la cuidad de Valencia, Estado Carabobo que desde entonces no sabia nada de el , por lo que la vindicta publica realizó todos los esfuerzos por encontrar la manera de hacerlo comparecer siendo infructuosa la misma renunciando al testimonio de la victima , razón por la que este Tribunal no estima su testimonio y denuncia verbal Y la ratificacion del acta de reconocimiento de imputados por cuanto del desarrollo del xdebate el mismo no compareciera a ratificarla ya que tambien fuera ventilado en el juicio que antes de la realización de la rueda de reconocuimiento, por parte del Tribunal de Control , un funcionario adscrito a la Policia del Municipio San Francisco, mostrara en una camara fotografica fotos a la victima, no pudiendo por ende establecer el Juzgado por ende si tal situcion verdadaderamnete se presentó o si le motro algunas fotos de que se trataba las mismas, circunstancia que gerena duda sobre la posibilidad que pudiera ser mostrada la fotografia de los sujetos detenidos razon por cual la victima debió de declarar durante el cdesarrollo de la audiencia a los fines de no general duda razonable, razón por la cual este Tribunal no toma en consideración lo antes expuesto.

    .2.- Testimonio del ciudadano D.A.H.M., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como D.A.H.M., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. 15.747.431, fecha de nacimiento 12-09-81, funcionario de Polisur, Residenciado en Maracaibo, Acto Seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al experto acta de Inspección técnica signada con el No. 26613-07 y 26614-07 de fecha 19-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Eso fue el 19-11-07 como a las dos de la tarde, me informo la central que en la calle 200, con avenida 50 frente a la Urbanización EL Soler, había un vehículo abandonado, me traslade al sitio e hice la inspección del sito, después informaron que habían unos ciudadanos detenidos involucrados en un delito contra la propiedad, después me traslade hasta la Urbanización R.C., calle 209, con Avenida 47R, que había otro vehículo abandonado, realice la inspección técnica y lugar donde se encontraba, es todo. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Qué inspección realizo en la Urbanización El Soler? CONTESTO: Al sitio y al vehiculo 2) ¿Diga las características del vehiculo? CONTESTO: Una camioneta, Niva, verde. 3) ¿La firma de la experticia es suya? CONTESTO: Si. 4) ¿Por qué llego al sitio? CONTESTO: La central informo sobre el vehiculo Niva. 5) ¿Encontró algo de interés criminalístico? CONTESTO. No solo abandonado el vehiculo. 6) ¿Al llegar al sitio quienes estaban? CONTESTO: Estaban las puertas abiertas del vehiculo y los funcionarios. 7) ¿EN LA urbanización R.C., que fue a hacer allá? CONTESTO: Estaba otro vehiculo involucrado en los hechos, realice inspección técnica al sitio. 8) ¿Estaba el vehiculo abandonado? CONTESTO: Si. 9) ¿Quiénes estaban ahí? CONTESTO: Los funcionarios actuantes y el vehiculo abandonado. 10) ¿Cómo estaba el vehiculo? CONTESTO: En buenas condiciones, con las puertas abiertas. 11) ¿Qué observo de interés criminalístico? CONTESTO: Varios juegos de llaves. 12) ¿De que dejo constancia en la inspección? CONTESTO: De las llaves incautadas en la guantera. 13) ¿Probo las llaves? CONTESTO: Si se probaron en la camioneta y encendió el vehiculo. 14) ¿Diga las características del vehiculo? CONTESTO: Un Fiat, Siena, cuatro puertas. 15) ¿ A que horas llego? CONTESTO: a las dos y veinte de la tarde. 16) ¿A la camioneta Niva a que horas llego? CONTESTO: a las dos de la tarde. 17) ¿En que se traslado? CONTESTO: En una unidad patrullera. 18) ¿Diga la distancia entre el Soler y la Urbanización R.C. CONTESTO: De tres a cuatro minutos. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Diga el tiempo de funcionario? CONTESTO: Cuatro años y cinco meses. 2) ¿Cuando realizo la inspección? CONTESTO: el 19-11-07. 3) ¿Cómo se percato de las llaves que eran de otro vehiculo? CONTESTO: Lo leí en el acta, después recordé las llaves del vehiculo. 4) ¿Los funcionarios actuantes tenían detenidos en el sitio? CONTESTO: No en el Soler, ni en Funda Barrios. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Dijo las características de la llaves, cuantas eran? CONTESTO: No coloque la cantidad. 2) ¿Las dejo descritas? CONTESTO: No se describieron. Del Presente testimonio la perito deja constancia que se encontraran un manojo de laves y que resultaron por cuanto las probaron ser del vehículo donde se encontraban las dos personas que fueran detenidas y que las otras Dijera que las características de la llaves, cuantas eran? CONTESTO: No coloque la cantidad. 2) ¿Las dejo descritas? CONTESTO: No se describieron, razón por la que se determina que no deja el presente testimonio ni aporta ningún efecto a la investigación.

  16. - Testimonio del ciudadano: F.J.G.A., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 14-11-70, soltero, titular de la cedula de identidad No. 10.412.248, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Residenciado en Maracaibo. Acto Seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al experto experticia signada con el No. 5964-24 de fecha 21-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Fui designado para realizar experticia de reconocimiento a un vehiculo, tipo Automóvil, Sedan, Fiat, Modelo Siena, Color Beig, Año 2007, presento sus seriales de carrocería Originales, Motor Original, ratifico la experticia y la firma estampada en la misma es mía, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga fecha de la experticia? CONTESTO: El 21-11-07. 2) ¿Suscribió Usted esa experticia? CONTESTO: Si la ratifico. 3) ¿Tuvo Usted a la vista el vehiculo? CONTESTO: Positivo. 4) ¿Diga el nuecero de la experticia? CONTESTO: Es 5964-24. 5) ¿Diga las características del Vehículo? CONTESTO: tipo Automóvil, Sedan, Fiat, Modelo Siena, Color Beig, Año 2007. 5) ¿Diga el Valor del vehículo’ CONTESTO: Se determino el precio en treinta mil bolívares fuertes. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Al momento de la experticia localizo algún elemento de interés criminalístico? Objeto el Ministerio Público ya que el funcionario solo realizo experticia a los seriales. 2) ¿Qué autoridad le hizo entrega del Vehiculo? CONTESTO. Tendría que revisar las actuaciones. Pregunta el Tribunal: 1) ¿Cómo recibió el vehiculo? CONTESTO: El vehículo se recibe el la brigada de vehículo y después se hace la experticia. De presente testimonio deja constancia la originalidad y autenticidad del vehículo que portaban los hoy acusados al momentos de ser detenido no siendo el presente vehículo el objeto material procedente del delito.

  17. - Testimonio del ciudadano :CARLELIA E.F.B., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como CARLELIA E.F.B., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 27-04-79, soltero, titular de la cedula de identidad No. 14.631.290, funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Residenciado en Maracaibo. Acto Seguido el Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al testigo acta de Inspección Técnica No. 1525, de fecha 11-12-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Realice inspección técnica al lugar donde se cometió el delito, se deja constancia como es el sitio, es una Vía Pública, de pavimento. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿la firma del acta es suya? CONTESTO: Si. 2) ¿Diga la fecha de la inspección? CONTESTO: El 11-12-07. 3) ¿Diga el lugar de la inspección? CONTESTO: Barrio Sur America, calle 150, avenida 55ª- 4) ¿Usted actúo como técnico? CONTESTO. Si. 5) ¿Diga las características del lugar? CONTESTO. Iluminación natural, la hice a las once y treinta de la mañana, vía publica, aceras. 6) ¿Logro evidenciar algo de interés criminalístico? CONTESTO: No. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Reconoce el acta que se le pone de manifiesto? CONTESTO: Si. 2) ¿La firma es la suya? CONTESTO. Si. 3) ¿A que hora la hizo? CONTESTO: a las once y treinta de la mañana. Acto seguido por cuanto no hay presentes mas testigos de la Fiscalía y existen testigos de la defensa se procede a alterar al recepción de las pruebas testimoniales a los fines de recepcionar las de la defensa. Se le pregunta al Fiscal del Ministerio Público que tiene que decir, manifestando que no tiene ninguna objeción.Este tribunal observa que del presente que la perito deja claro a traves de su declaración que no encuentra ningún objeto de interés criminalistico por lo que a los efectos dxe esta sentencia no aporta ningún efecto como prueba ni directo o indirecto a la presente sentencia por lo que no le otorga valor alguno

  18. - Testimonio de la ciudadana Y.I.H.R., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como Y.I.H.R., venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 24-10-73, titular de la cedula de identidad No. 11.864.938, Residenciado en Maracaibo. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: El día 19-11-07, yo veo a mi hermano J.R., como a las ocho de la mañana, llego a la casa de la Polar, me llevo cuatro camisas, me dice que va a desayunar para donde Papá, y que se las planche que las pasaba buscando como a las once de la mañana. Me llaman y me dice tu hermano se cayo con un carro, después me dicen Acto seguido la Juez profesional se dirige a los acusados y les pregunta si desean que esta en la sede de Polisur en Sierra Maestra, llegue al comando como a las doce estaba en el comando, no sabia porque estaba preso mi hermano, lo pasaron como a las seis de la tarde, el día 20 estábamos esperando, hicieron una rueda de reconocimiento, nos dijeron quien era la victima, antes de la rueda salio un policía al calabozo, llamo a la victima y le enseño la foto que tomo en el calabozo, el día 21 en la visita le pregunte a mi hermano si le habían tomado fotos en el calabozo y me dijo que si, es todo. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Se percato en Polisur si estaba la victima? CONTESTO: No estaba cerca. 2) ¿Ese día que el funcionario tenia la cámara, estaba cerca la victima? CONTESTO: yo estaba en la sala de espera. 3) ¿Diga la distancia que había entre la victima y Usted? CONTESTO: Como cincuenta metros. 4) ¿Diga la distancia entre el funcionario y la victima cuando le enseña las fotos? CONTESTO: Como de cinco a diez metros. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Dónde vive J.R.’ contesto: En el Barrio La Polar. 2) ¿Qué oficio tiene su hermano? CONTESTO: Vigilante en un terrero. 3) ¿Diga cual es el horario de trabajo? CONTESTO. De siete de la noche a siete de la mañana. 4) ¿Tuvo contacto con el, que día? CONTESTO: El día 19. 5) ¿Usted vio las fotos que enseño el funcionario a la victima? CONTESTO: No vi las fotos. PREGUNTA EL TRIBUNAL. 1) ¿Por qué sabe que le tomaron fotos a su hermano y que eran para una rueda de reconocimiento? CONTESTO: Un funcionario dijo que mañana lo trasladaban para hacerle una rueda de reconocimiento. Del presente testimonio este Tribunal lo valora, ya que la misma manifiesta que encontrándose presente , pudo percatarse en la sede de Polisur si estaba la victima manifestando que : No estaba cerca. Y asimismo que ese día que el funcionario tenia la cámara, estaba cerca la victima? CONTESTO: yo estaba en la sala de espera. Indico del mismo modo la distancia que había entre la victima y Usted manifestando Como cincuenta metros. Igualmente manifestó la distancia entre el funcionario y la victima cuando le enseña las fotos, contestando Como de cinco a diez metros . este Tribunal aprecia el testimonio de la presente en razón de que la misma manifiesta que presencio cuando el funcionario le enseñaba a la victima unas fotos en la cámara fotográficas que no puede decir lo que le eseñaba pero que le mostraba unas fotografias en la camara a la victima ,. Por lo que este tribunal la valora y por cuanto no pudo presentarse la victima para desvirtuar lo manifestando por la presente testigo generando duda favorable para el imputado en cuanto al resultado de la rueda de reconocimiento

  19. - Testimonio de la ciudadana A.S.R.R., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como A.S.R.R., venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 09-11-55, titular de la cedula de identidad No. 24.733.366, Residenciado en Maracaibo. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Yo ese día fui para la procesión de la virgen, me regrese a las once y treinta de la noche, llegue a la casa de mi hija en la Urbanización La Coromoto, yo antes tenia la casa en la Polar, encontré a mi hijo durmiendo, le dije pásate para tu cuarto, por eso me fui para la casa, amaneció pare a Julito, eran como las siete de la mañana, el a las cinco y treinta de la mañana no pudo ser el que cometió el robo, ya que a esa hora el estaba en la casa. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Ese día que llego a la casa que horas eran? CONTESTO: Fue el 18-12 llegue como a las doce de la noche. 2) ¿Cuándo cero la puerta, donde quedo su hijo CONTESTO: Lo deje del lado adentro de la casa. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. B.T., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Quién es su hijo? CONTESTO: J.R.. 2) ¿ que hace el ¿ CONTESTO: el era vigilante en un modulo de Barrio Adentro. 3) ¿Quien le lava la ropa? Contesto: Su hermana. 4 ¿Dónde estaba Usted a las cinco y treinta de la mañana? CONTESTO: en mi casa despierta, pero no me había parado. 5) ¿Duerme en el mismo cuarto con Julio? CONTESTO: No en otro cuarto. Acto seguido la Juez le pregunta a la defensa en relación a los demás testigos que le faltan por rendir declaración. La defensa ABG. H.R., manifiesta que desiste de la recepción de la testimonial de los ciudadanos Andriuns Peña y J.B.C., ya que los mismos están de viaje una para Valencia y el otro para Los Teques. Se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público ABOG. B.T., quien manifiesta no tiene ninguna objeción a la renuncia de los testigos de la defensa. El presente testmonio no aporta nada a la presente sentencia porque la misma se refiere a horas antes de que fueran detenidos los acusados por lo que no le asigna ningún valor.

  20. -Testimonio del ciudadano : G.J.C.S., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como G.J.C.S., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 16-09-78, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.610.300, funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. EL Fiscal del Ministerio Público solicita permiso al tribunal para poner de manifiesto a la defensa y al testigo acta policial No. 26619-2007. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: Eso ocurrió el 19-11-07 aproximadamente a las 01:40 de la tarde, estábamos en el Caujaro, por la avenida 50, calle 200, reporta la Central de Comunicaciones que había un vehiculo sospechoso, frente al centro comercial vimos un vehiculo con las características suministradas un Fiat, Siena, sedan, color Beig, entro por Funda Barrios, pararon el la 200, con calle 47R, los paramos y los mandamos a bajar, eran dos ciudadanos, les hicimos la revisión corporal, al de franela naranja le incautamos dos teléfonos celulares y al otro dos teléfonos celulares uno en cada bolsillo, uno de ellos dijo que le estaba haciendo una carrerita y el otro dijo que le estaban dando la cola, verificamos la placa del vehiculo y nos reportaron que el vehiculo tenia una denuncia por haberlo utilizado en el robo de un vehiculo, en la guantera tenia unas llaves con lu logo de Lada, minutos después nos reporto la central que en el Centro Comercial Horóscopo, había un vehiculo abandonado, me fui al sitio estaba una camioneta Lada con las puertas entreabiertas, las llaves localizadas en el vehiculo coincidían, llego el propietario y dio las características del otro vehiculo, y eran las mismas y se practico la detención de los ciudadanos, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga el tiempo en la institución? CONTESTO: Cuatro años. 2) ¿A que departamento esta adscrito? CONTESTO: a la sección de motorizados. 3) ¿Diga fecha de los hechos narrados? CONTESTO: El 19-11-07 a la 01:40 de la tarde. 4) ¿Con quien andaba Usted? CONTESTO: Con el funcionario A.C.. 5) ¿Diga el lugar de la aprehensión? CONTESTO: en el Barrio R.C., calle 209 con avenida 47R. 6) ¿Diga las características del vehiculo que observo? CONTESTO: Un Fiat Siena, sedan, Beig. 7) ¿Recuerda la placa? CONTESTO: No. 8) ¿Diga las placas plasmadas en el acta policial? CONTESTO: TAS-981. 9) ¿Diga las características de los sujetos aprehendidos? CONTESTO: Una era de contextura doble, moreno, franela naranja y el otro era delgado, de franela gris y con un mono. 10) ¿Diga que evidencias colecto? CONTESTO. En la guantera unas llaves de un vehiculo Lada y dos celulares a cada uno de ellos. 11) ¿Cuándo tuvo conocimiento del otro vehiculo? CONTESTO: Primero llamaron que había un vehiculo sospechoso, lo paramos, verificamos la placa, fue reportado como utilizada para un robo. 12) ¿Indique como fue recuperado el Lada? CONTESTO: Fue en el Centro Comercial Horóscopo, llego el dueño y dijo que pago tres millones. 13) ¿Ratifica el acta policial que se le pone de manifiesto? CONTESTO: Si es mi firma la de arriba. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Cómo tuvo conocimiento de lo narrado al tribunal? CONTESTO: Por la primera llamada que efectuaron a través de la central de comunicaciones. 2) ¿Se encuentran en la sala del tribunal las personas que detuvo ese día? CONTESTO: Por supuesto, se deja constancia que señala a los acusados. Pregunta el Tribunal: 1) ¿Por qué relacionan las llaves localizadas con el vehiculo Lada? CONTESTO: Porque la primera llamada era que el vehiculo estaba sospechoso, se consiguen las llaves, dicen que las llaves no son de ellos, cinco minutos después llamaron que una camioneta Lada tenia las puertas entre abiertas, verificamos y las llaves eran de la camioneta. 2) ¿Diga la hora de la aprehensión? CONTESTO: Como de 1:50 a 2 de la tarde. 3) ¿A que hora informa la central? CONTESTO: Como a la 01: 40 escuche el reporte. Del presente testimonio al concatenarlo con los testimonio del otro funcionario D.A.M., el mismo manifestara que la detencion se produce por cuanto los mismos fueran sospechosos y de la presente declaracion podemos extraer que la cddetencion se produce porque al verificar la placa del vehiculo les reportaron que el vehiculo tenia una denuncia por haberlo utilizado en el robo de un vehiculo, dichos que al ser concatenados crearon dudas por cuantos los mismos no fueron contestes y las llaves del lada manifestó el funcionario que fue llevada hasta la comisaria y el otro dice que le pertenecian la camioneta lada que fue probada lo que si queda establecido que al manojo da llaves que le realizan la prueba para ver si pertenecia algun vehiculo fue y quedo demostrado al vehículo SIENA , por lo que surgen dudas en cuanto la detencion de ambos acusados y de la procedencia de las llaves

  21. - Testimonio del ciudadano A.J.C.R., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como A.J.C.R., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 02-09-77, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.912.224, funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. EL Fiscal del Ministerio Público solicita permiso al tribunal para poner de manifiesto a la defensa y al testigo acta policial No. 26619-2007, de fecha 19-11-07. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: La central informo que en la calle 200, frente al Centro Comercial Horóscopo había un Fiat, Sedan, Siena beig, nos trasladamos a verificar, el conductor al ver la comisión policial se retiro del sitio, lo seguimos, verificamos las placas, pedimos apoyo, llego el oficial Roldan, lo seguimos y los mandamos a parar, salio el conductor y le preguntamos que hacían en el lugar, me dijo que haciendo un traslado, el copiloto dijo que era familia del conductor, la contradicciones nos llevo a verificar el vehiculo, uno de ellos tenia dos celulares y el otro dos celulares en cada bolsillo, verificamos el vehiculo y en la guantera habían unas llaves con un logo de Lada, la central reporto que en el Centro Comercial Horóscopo había una camioneta Lada verde, mi compañero G.C. verifico el otro vehiculo, yo me quede con los aprehendidos, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga el Tiempo del procedimiento? CONTESTO: Como año y medio. 2) ¿A que departamento se encuentra adscrito? CONTESTO: a LA UNIDAD MOTORIZADA. 3) ¿Diga fecha y hora del procedimiento? CONTESTO: EL 19-11-07 COMO A LA 01:40 de la tarde. 4) ¿Diga cuantas personas aprehendió? CONTESTO: Dos señores. 5) ¿Con quien estaba acompañado Usted? CONTESTO: Con G.C., E.R., E.U., E.M.. 6) ¿Diga las características del vehiculo? CONTESTO: Fiat, Siena, Beig. 7) Cuando hizo la inspección corporal a los sujetos y al vehiculo que evidencias de interés criminalitisco localizo? CONTESTO: Varios celulares y unas llaves con el logo de Lada. 8) ¿Diga que relación había entre las llaves localizadas y el vehiculo recuperado? CONTESTO: Verificamos el vehiculo, la central lo reporto abandonado, el Lada verde tenia las puertas entre abiertas, se utilizaron las llaves localizadas y el vehiculo prendió. 9) ¿Dónde estaban las llaves? CONTESTO: En la guantera del Fiat Siena. 10) ¿Utilizaron testigo? CONTESTO. Si un señor, J.L.R.M.. 11) ¿Ratifica el acta policial? CONTESTO: Si es mi firma la de la parte de debajo de la firma de mi compañero. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que hora fue el procedimiento? CONTESTO: A la 01:40 de la tarde. 2) ¿A que hora les informa la central de comunicaciones? CONTESTO: Mas o menos como a la hora del procedimiento. 3) ¿Que le informaron de la camioneta Lada? CONTESTO: Que dos ciudadanos despojaron del vehiculo a un ciudadano, que lo llamaron posteriormente y el pidieron tres millones. 4) ¿En la revisión al vehiculo localizaron armas de fuego? CONTESTO: No. 5 ¿Se encuentran en la sala las personas detenidas ese día? CONTESTO: Si señor, se deja constancia que el testigo señala a los acusados. Podemos verificar el presente testimonio no deja constancia que las placas fueran verificadas y reportadas como incursas en algun delito sino que fueran restringidos por que les pareciera sospechoso y no manifiestan lo testificado por el funcionario G.J.C.S., en cuanto que se encontraba solicitada la placa por lo que por las máximas de experiencias y los conocimientos científicos genera duda en cuanto ala detención y la procedencia de las llaves del vehículo lada por lo que este Tribunal no le acredita valor alguno

    9- Testimonio del ciudadano : E.E.R.F., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 15-07-78, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.575.198 funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, placa No. 340, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: Dos oficiales pidieron apoyo, que seguían un vehiculo sospechoso por la calle 200, acudí en apoyo, fue por Funda Barrios, los detuvimos en la calle 209,con 47R, se hizo la requisa corporal y al vehiculo, la central de Radio informo sobre una camioneta Niva Lada, localizamos en el vehiculo unas llaves de un vehiculo Lada, la central informo que estaba frente al Centro Comercial Horóscopo, fuimos al sitio, abrimos la camioneta y utilizamos las llaves localizadas en el Vehiculo Fiat, y la camioneta encendió, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga el tiempo en la institución? CONTESTO: Cinco años. 2) ¿En que división se encuentra asignado? CONTESTO: En patrullaje. 3) ¿Indique fecha, hora y lugar del procedimiento? CONTESTO: Fue el 19-11-07, en ciudadela R.C., calle 209. 4) ¿Diga cual fue su actuación? CONTESTO: Apoyo A mis compañeros que detuvieron el vehiculo. 5) ¿Diga si observo si se incauto alguna evidencias de interés criminalístico? CONTESTO: Se localizaron llaves de un vehiculo Lada, y teléfonos celulares a los detenidos. 6) ¿Presento la incautación? CONTESTO: No. 7) ¿Recuerda el nombre del testigo que utilizaron? CONTESTO: No loo recuerdo. 8) ¿Diga el nombre de los otros funcionarios que prestaron apoyo? CONTESTO: Llegaron otros funcionarios después y tomaron fijación fotográfica. 9) ¿Diga las características que resulto aprehendido? CONTESTO: Fiat, Siena, sedan. 10) Diga las características del vehiculo recuperado? CONTESTO: Una camioneta, Niva, Verde, Lada. 11) ¿Diga la hora de la aprehensión? CONTESTO: Como de 01:30 a 01:40 de la tarde. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que hora realizo el apoyo? CONTESTO: Como de 01:25 a 01: 30 de la tarde. 2) ¿ Día del apoyo CONTESTO: EL 19-11-07. 3) ¿Día donde fue que prendieron el vehiculo que menciono? CONTESTO: en el Centro Comercial San Miguel. 4) ¿En el apoyo que efectúo, presencio la requisa al vehiculo? CONTESTO: Si a una distancia prudencial. 5) ¿A que distancia la presencio? CONTESTO: Como a cinco metros. 6) ¿Vio si incautaron dinero, armas? CONTESTO: Unas llaves y unos teléfonos celulares. El tribunal no hace preguntas. Se observa que el testigo es referencial que solo llego en calidad de apoyo a la actuación de sus compañeros y que encontraras las llaves del vehículo lada pero sin hacer referencia por que asevera tal circunstancia ya que no se dejó establecido si el mismo se trasladara para la verificación y comprobación de las llaves ya que estamos en presencia de dos escenarios diferentes que son el momento de la aprehensión de los acusados y el estacionamiento donde fuera localizado el vehículo marca LADA, por lo que surgen dudas y no puede otorgarle ningún tipo de valor

  22. - Testimonio del ciudadano E.E.U.Q., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como E.E.U.Q., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 02-09-85, soltero, titular de la cedula de identidad No. 17.918.158 funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, placa No. 400, Residenciado en Maracaibo, La juez profesional lo insta que diga lo que conoce sobre el caso. La Juez insta al testigo exponga lo que conoce del caso y expone: Yo llegue en apoyo a los oficiales actuantes Cepeda y Contreras, llegamos y pararon un vehiculo Fiat, Siena, color Beig, los restringimos, se bajo un ciudadano, la central reporto un vehiculo abandonado, y unos oficiales nos trasladamos a donde estaba el vehiculo abandonado, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al testigo: 1) ¿ Diga el tiempo que tiene dentro de la institución? CONTESTO: Como año y medio. 2) ¿A que departamento se encuentra asignado? CONTESTO: Al departamento Motorizados. 3) ¿Cual su participación en el procedimiento? CONTESTO: En apoyo a los oficiales Contreras Alfonso y Cepeda. 4) ¿Llegaron otros funcionarios en apoyo? CONTESTO: Si R.E., E.M.. 5) ¿Diga las características del vehiculo detenido>? CONTESTO: Un Fiat, Siena, color Beige. 6) ¿Incautaron evidencias de interés criminalístico? CONTESTO: Unas llaves de un vehiculo Lada en la guantera. 7) ¿Se traslado Usted hasta el sitio donde estaba el vehiculo Lada? CONTESTO: No. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿ A que hora recibió la llamada de apoyo? CONTESTO: Como a l 01:30 de la tarde. 2) Vio la requisa del vehiculo? CONTESTO: Si. 3) ¿Observo si incautaron dinero, armas? CONTESTO: No. 4) ¿Cómo sabia Usted del manojo de llaves? CONTESTO: Porque revisamos el vehiculo y estaban las llaves, le preguntamos por ellos y dijeron que no tenían conocimiento, la central informo que una camioneta Lada estaba en el Centro Comercial Horóscopo, los oficiales se trasladaron hasta donde estaba la camioneta y las llaves pertenecían a la misma. Pregunta al Juez. 1) ¿Usted formo parte de la revisión? CONTESTO: Observe. El presente testimonio es referencial no realiza señalamientos que comprometan la responsabilidad penal de los acusados

    11- Testimonio del cuidadano :E.A.M.P., venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento No. 20-04-82, soltero, titular de la cedula de identidad No. 15.560.547, funcionario de la Policía Municipal de San Francisco, Residenciado en Maracaibo. Acto Seguido el Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al testigo acta policial No. 26619-07 de fecha 19-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Llegue en apoyo de dos oficiales, Cepeda y Contreras, lo cuales estaban en persecución de un vehiculo Fiat, Siena, Beig, la persecución se inicio en la calle 200 sector El Caujaro y termino en la calle 209 de Funda Barrios, se detuvo el vehiculo y se le pregunto a los ciudadanos que hacían, uno de ellos manifiesto que hacia una carrerita y el otro que era familiar del taxista, se procedió a realizar la revisión corporal y se le encontró a cada uno de los ciudadanos dos teléfonos celulares y a la inspección realizada al vehiculo se encontró en la guantera unas llaves con el símbolo de Lada, la central reporto un vehiculo abandonado por el Centro Comercial Horóscopo, el oficial Cepeda se traslado al lugar con un testigo y las llaves, el oficial las introdujo en el suiche del vehiculo y encendió el motor, motivo por el cual se aprendió a los dos ciudadanos, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. IRISTELIS RINCÓN, quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Como tuvo conocimiento del procedimiento? CONTESTO: La central reporto el apoyo solicitado por dos oficiales, que dos sujetos estaban sospechosos en un vehiculo y no se bajaban. 2) ¿En que consistió su actuación? CONTESTO: Apoyo a dos oficiales, ya que tenían a unos ciudadanos restringidos. 3) ¿Quién los tenia restringidos? CONTESTO: El oficial Cepeda y su compañero. 4) ¿Qué localizaron dentro del vehiculo? CONTESTO: unas llaves con el símbolo de Lada. 5) ¿Qué le localizaron a los ciudadanos? CONTESTO: Cuatro celulares, dos Nokia al que manejaba y al de mono tenia dos celulares. 6) ¿Quién conducía el vehiculo? CONTESTO: El de suéter naranja y jeen azul. 7) ¿Usted fue al sitio donde estaba abandonado el Lada CONTESTO: No. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Qué le manifiesto la central CONTESTO: Comunico por radio el procedimiento del vehiculo Fiat, Siena, Beig, que dos ciudadanos estaban sospechosos y no se bajaban del vehiculo. 2) ¿Cuándo recibió el llamado de apoyo se estaba cometiendo un delito o solo no se querían bajar? CONTESTO: Estaban dos ciudadanos dentro del vehiculo y no se bajaban. 3) ¿Qué consiguieron dentro del vehiculo, armas, dinero? CONTESTO: Llegue hicimos un llamado para que los ciudadanos se bajaran, tenia el vehiculo vidrios ahumados, se bajaron, hicimos la revisión y cada uno de ellos se le localizo dos celulares y en la guantera unas llaves de un Lada. Objeta la Fiscal preguntas de la defensa. A lugar. 4) ¿Las personas dentro del vehiculo se encuentran presentes en la sala? CONTESTO: Si, se deja constancia que señala a los acusados. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Dónde fueron detenidos los ciudadanos? CONTESTO: Por el Centro Comercial Horóscopo, estaban estacionados de manera sospechosa, el vehículo arranco, cruzo en Funda Barrios, después cruzo a la izquierda y después se ordeno se pararan. 2) ¿Cuando escucho el reporte del otro vehículo que paso? CONTESTO: La central reporto el vehículo Lada y los oficiales se trasladaron al sitio. 3) ¿Dónde estaba el vehículo Lada? CONTESTO: en la calle 200, frente al Centro Comercial horóscopo. El presente testimonio es referencial no realiza señalamientos que comprometan la responsabilidad penal de los acusados

  23. - Testimonio de la ciudadana R.F.C., quien una vez juramentado por el juez presidente, se identificó plenamente como R.F.C., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. 13.006680, funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Residenciado en Maracaibo, Acto Seguido la Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para poner de manifiesto tanto a la defensa como al experto acta policial No. 5953-24 de fecha 21-11-07. La juez profesional insta al testigo que diga lo que conoce sobre el caso y expone: Se trata de una experticia realizada en fecha 21-11-07 a un vehiculo recuperado, se procedió a realizar la experticia a un vehiculo clase camioneta, Marca Lada, año 2001, Modelo Niva 4X4, color verde, presento seriales de carrocería en estado original, q, serial del motor Original, conclusión seriales originales, se le dio un valor al vehiculo de 30 millones, ratifico el contenido de la experticia y reconozco la firma como mía. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, ABOG. IRISTELIS RINCÓN, quien hace preguntas al testigo: 1) ¿Diga la importancia de la experticia? CONTESTO: Verificamos los seriales y no se observo alteración en los mismos, es todo. 2) ¿Qué motivo la actuación? CONTESTO: El vehiculo ingreso proveniente de otro cuerpo policial y el Ministerio Público dio la orden de la practica de la experticia. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿Reconoce la firma estampada en la experticia? CONTESTO: Si es mía. 2) ¿Le manifestaron si ese vehiculo fue objeto de un robo? CONTESTO: No solo se verifican los seriales. Pregunta el Tribunal. 1) ¿Diga la conclusión de la experticia? CONTESTO: Los seriales del vehiculo sin alteración y originales. Se valora el presente testimonio ya que deja constancia que pudo identificarse la procedencia e identidad del vehículo el cual es el objeto proveniente del hecho punible. Por lo que se valora por ser prueba directa del objeto del delito

    13- testimonio del Acusado: D.F.A.S., que rinda su declaración: Soy inocente de lo que me imputan, yo soy taxista, estaba trabajando ese día, yo estacione el carro, me piden una carrerita, llevo al señor hacia el kilómetro 9, le pido el favor para llegar un momento a donde un compañero a buscar una antena, me llegaron unos funcionarios, levante las manos, me dijeron que era un procedimiento normal, la carrerita la cobre a veinte mil bolívares, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al acusado. 1) ¿Indique lugar, fecha y hora de la detención? CONTESTO: Al media día. 2) ¿Diga las características del vehiculo que Usted cargaba? CONTESTO: Un Fiat, Siena, con franjas negras arriba. 3) ¿Diga las placas de su vehiculo? CONTESTO: No las recuerdo. 4 ¿A quien pertenece ese vehiculo? CONTESTO: a W.G.. 5) ¿Por qué lo cargaba Usted? CONTESTO: Porque trabajo de taxi. 6) ¿Diga el nombre de la persona que tomo como cliente? CONTESTO: J.R., que es causa mía. 7) ¿Dónde toma la carrerita? CONTESTO: En San Felipe. 8) ¿A dónde iban? CONTESTO: Al Kilómetro 9. 9) ¿Diga que funcionarios estuvieron presentes en el procedimiento? CONTESTO: Primero dos motos, después llegaron más. 10? ¿Diga que objetos localizaron en el vehiculo? CONTESTO: revisaron y sacaron unas llaves. 11) ¿A que hora recibió el carro? CONTESTO: Lo trabajo las veinte cuatro horas. 12) ¿Rindió declaración Usted en otro Juzgado? CONTESTO: No. 13) ¿Conocía a J.R.? CONTESTO: Si le hice como dos a tres carreritas, por medio de un hermano. 14) ¿Recuerda si Polisur recupero un vehiculo diferente al suyo? CONTESTO: Nombraron un carro en otro barrio. 15) ¿Recuerda la línea de Taxi para la que trabajaba? CONTESTO: tox Servi. 16) ¿Tiempo trabajando en esa empresa? Contesto: Cinco meses. 17) ¿Además de las llaves de que más lo despojaron? CONTESTO: de mis dos celulares, ES TODO. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que se dedica Usted? CONTESTO: a chofer de Taxi. 2) ¿Tiempo de taxista? Contesto. De taxista como siete meses y de chofer de trafico de silencio. 3) ¿Conoce a su cliente de antes? CONTESTO: Le hice como tres carreritas antes. 4) ¿Usted portaba ARMA DE FUEGO? CONTESTO: No, conocí de armas en el cuartel. Este testimonio no lo valora el Tribunal solo manifiesta que los objetos encontrados como los celulares son de el pero al realizase la experticia respectiva pudo determinarse la funcionabilidad del los mismo pero no se determino la propiedad de los mismos

  24. - Testimonio del acusado : J.B.R., quien es venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 20-01-72, de 36 años, titular de la cedula de identidad No. 10.417.420, soltero, vigilante, hijo de A.R. y papá no lo conoció, residenciado en la Urbanización La Polar, calle 197, sin numero de la casa, cerca de la Ferretería, Estado Zulia, quien MANIFESTÓ: “Que quiere declarar en este momento y expone: Soy inocente de lo que me acusan, soy trabajador, honrado, desde los 16 años no quise estudiar, me dieron permiso para trabajar, yo tengo problemas motores, no puedo correr, saltar, tengo impedimentos físicos, solo pido que se haga justicia, los oficiales se aprovecharon de la circunstancias, a mi me señalaron, no había nadie que se me pareciera, al llegar al comando ya estaba el agraviado, yo no lo conozco, soy inocente, no soy ladrón como me acusan, es todo. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABOG. A.P., quien hace preguntas al acusado. 1) ¿Narre como fue la aprehensión? CONTESTO: Eso fue el 19-11-07, yo agarre un taxi en San Felipe, hacia el kilómetro 9, iba para una venta de comida que tiene mi padrastro, para desayunar, íbamos por el Caujaro y el taxista me pidió permiso para buscar una antena donde un amigo, cuando veo a los funcionarios de Polisur, nos aprehendieron y nos trasladaron al comiendo de Polisur, es todo. 2) ¿A que hora agarre el taxi? CONTESTO: De 8 a 9 de la mañana. 3) ¿a que hora fue aprehendido por Polisur? CONTESTO: Como a la una de la tarde. 4) ¿Todo ese tiempo tuvo con el taxista? CONTESTO: No se que hora eran, no recuerdo la hora en que me apresaron. 5) ¿Diga cuantas veces había visto al taxista? CONTESTO: Primera Vez. 6) ¿El taxista le había prestado antes su servicio? CONTESTO: No era primera vez. Acto Seguido se le concede la palabra a la defensa ABG. H.R., quien hace preguntas: 1) ¿A que se dedica Usted? CONTESTO: Era vigilante de un CDI. 2) ¿El día de los hechos que estaba haciendo? CONTESTO: Me pare, me fui a la prefectura, entregue la llave al medico Cubano, agarre el carrito en San Felipe, para el Taxi y después nos apresaron, es todo. Objeto el Fiscal del Ministerio Público pregunta de la defensa. 3) ¿El día de los hechos, cuantas veces le presto servicio el taxi? CONTESTO: No lo recuerdo de la presente declaración la misma no aporta nada en cuantos a los hechos po lo que no le da valor alguno.

    PRUEBAS DOCUMENTALES:

    1 ACTA POLICIAL N° 26.619-2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, suscrita por los Oficiales G.C., placa 291 y A.C., placa 370, adscritos a la División de Patrullaje del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco., AL CONCATENARLAS CON LA DECLARACIONES QUE AMBOS FUNCIONARIOS REALIZARAN ANTE EL TRIBUNAL EN EL DESARROLLO DEL DEBATE UNO DICE UNA COSA EL OTRO MANIFIESTA OTRA POR LO QUE NO LE OTORGA VALOR , ya que el solo testimonio no es suficiente para determinar si los acusados fueron participe en el robo del vehículo marca Lada

  25. ACTA DE DENUNCIA VERBAL N° D-2391 -2007, de fecha 19 de noviembre de 2007, formulada ante el Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, por el Ciudadano: W.A.V.C., cédula de identidad número V.-12.633.861. Este Juzgado no le otorga VALOR alguno por cuanto el mismo no compareció ante el desarrollo del debate a los fines de que ratificara su testimonio presentándose dudas durante el desarrollo que favorecieron a los acusados las cuales no pudieron disiparse por su incomparecencia al juicio

  26. ACTA DE INSPECCIÓN CON FIJACIÓN FOTOGRÁFICA N° 26.613-2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, suscrita por el Oficial HURTADO DARWIN, placa 310, adscrito a la División de Servicios Investigaciones del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, realizada en el Municipio San Francisco, en la calle 200 con avenida 50 de la Urbanización El Soler, exactamente frente al Centro Comercial "The Brothers", dejando constancia de lo siguiente: "El lugar a inspeccionar es un sitio abierto, de temperatura ambiental calida e iluminación natural clara para el momento de la inspección, correspondiente a una vía de interés publico, con superficie asfaltada en su totalidad, provista de aceras y brocales, para el paso peatonal, dicha vía es utilizada para el libre transito automotor, en el sentido ESTE-OESTE-ESTE, de la misma manera se aprecian postes para el tendido eléctrico y alumbrado público en horas nocturnas, observándose una estructura la cual funge como Centro Comercial, de igual forma se puede ver frente a la misma, estacionado sobre la acera y en aparente estado de abandono un vehículo Marca: Lada, Modelo: Niva, Color: Verde, Tipo: Sport-Wagón, Clase: Camioneta, Placas: MDC-770, Serial de Carrocería: 8LG2121411EB00510, el cual al realizarle la inspección externa e interna se aprecian que el mismo se encuentra en buen estado de uso y conservación". La presente acta y fijación fotográficas no se valora por cuanto el funcionario o perito a pesar de los mandatos de conducción que librara este juzgado , no se presento en el debate durante la celebración del mismo a los fines de ratificar su contenido y contexto, por lo que no le asigna valor alguno

  27. ACTA DE INSPECCIÓN CON FIJACIÓN FOTOGRÁFICA N° 26.614-2007 de fecha 19 de noviembre de 2007, suscrita por el Oficial HURTADO DARWIN, placa 310, adscrito a la División de Servicios Investigativos del Instituto Autónomo de Policía Municipal de San Francisco, realizada en el Municipio San Francisco, en la calle 209 con avenida 47R de la Urbanización Ciudadela R.C., dejando constancia de lo siguiente: "El lugar a inspeccionar es un sitio abierto, de temperatura ambiental calida e iluminación natural clara para el momento de la inspección, correspondiente a una vía de interés publico, con superficie de cemento en su totalidad, provista de aceras y brocales, para el paso peatonal, dicha vía es utilizada para el libre transito automotor, en el sentido ESTE-OESTE-ESTE, de la misma manera se aprecian postes para el tendido eléctrico y alumbrado público en horas nocturnas, observándose a sus alrededores vegetación variada y viviendas de interés familiar, de igual forma se observa estacionado en la vía y en aparente estado de abandono un vehículo Marca Fiat, Modelo Siena Hlx, Color Beig Savanah, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Placas TAS-981, Serial de Carrocería 9BD1721947329924, el cual al realizarle la inspección externa e interna se aprecian que el mismo se encuentra en buen estado de uso y conservación, asimismo en la parte interna de la guantera, se pueden ver las llaves de un vehículo, las cuales se procedieron a colectar como evidencia. Seguidamente se realizaron varias tomas fotográficas". La presente acta y fijación Fotográficas no se valora por cuanto el funcionario a pesar de los mandatos de conducción que librara este juzgado , no se presento en el debate durante la celebración del mismo a los fines de ratificar su contenido y contexto, por lo que no le asigna valor alguno

  28. -EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y AVALÚO REAL N° 5953-24 de fecha 21 de noviembre de 2007, suscrita por la Licenciada Sub. Insp. R.F.. Experto Reconocedora al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Zulia, División Regional de Criminalisticas, Área de Experticias, realizada sobre un vehículo CLASE: Rustico, MODELO: Niva 4x4, TIPO: Techo Duro, COLOR: Verde, MARCA: Lada, PLACAS: MDC770, AÑO: 2001, serial de carrocería 8LG2121411EB00510, serial del motor 6044509, que por las características y condiciones presentadas se le estima un valor aproximado a los 30.000.000 de Bolívares, y presentó sus seriales en estado original. Se valora el presente experticia conjuntamente con el testimonio de la perito ya que deja constancia que pudo identificarse la procedencia e identidad del vehículo el cual es el objeto proveniente del hecho punible. Por lo que se valora por ser prueba directa del objeto del delito

  29. -EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y AVALÚO REAL N° 5964-24 de fecha 21 de noviembre de 2007, suscrita por el funcionario: T.S.U. F.G., Experto Reconocedor al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Zulia, División Regional de Criminalísticas, Área de Experticias, practicada al vehículo CLASE: Automóvil, MODELO: Siena, TIPO: Sedan, COLOR: Beige, MARCA: Fiat, PLACAS: TAS98I, AÑO: 2007, serial de carrocería No. 98D17219473299247, serial del motor No. 1V0269012, que por las características y condiciones presentadas se le estima un valor aproximado a los 30.000.000 de Bolívares. ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 11 de diciembre de 2007, suscrita por el Detective D.P., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Francisco, con ocasión de las diligencias realizadas en cumplimiento de la orden de investigación dictada por el Ministerio Público, trasladándose hasta el sitio donde ocurrieron los hechos.. De la presente experticia la cual se valora conjuntamente testimonio del mencionado perito en virtud que deja constancia la originalidad y autenticidad del vehículo que portaban los hoy acusados al momentos de ser detenido no siendo el presente vehículo el objeto material procedente del delito.

  30. -ACTA DE INSPECCIÓN N° 1525 de fecha 11 de diciembre de 2007, suscrita por los funcionarios Sub Inspectora CARLELIA FERNANDEZ, y Detective D.P., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación San Francisco, realizada en el Barrio Sur América, calle 150, avenida 53A, vía pública, Parroquia M.H., Municipio San F.d.E.Z.. Este tribunal observa que del presente que la perito deja claro a través de su declaración e inspección que no encuentra ningún objeto de interés criminalistico por lo que a los efectos de esta sentencia no aporta ningún efecto como prueba ni directo o indirecto a la presente sentencia por lo que no le otorga valor alguno

  31. - ACTA DE RECONOCIMIENTO DE IMPUTADOS, de fecha 20 de noviembre de 2007, realizada como Prueba Anticipada, ante el Juzgado Octavo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 230 y 307 del Código Orgánico Procesal Penal, en el cual el ciudadano W.A.V.C., en su condición de víctima explanó las condiciones de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos en su contra, respondiendo a preguntas formuladas por el Ministerio Público y la Defensa, e igualmente señaló al Imputado D.A. como la persona "que le llegó por detrás y le sacó el celular y se fue junto con la persona que estaba con él en la camioneta", y al Imputado J.B.R. como la persona "que le llegó por detrás y lo apuntó con un arma de fuego, y se fue con él para el porche de la casa y se sentó en el mueble y le decía que llamara a la señora de la casa este tribunal deja plasmado anteriormente que no le otorga valor alguno por lo anteriormente expuestos cumplidos con todos los principios de PUBLICIDAD, ORALIDAD, INMEDIACIÓN, CONCENTRACIÓN, Y CONTRADICTORIO, de todos los medios probatorios debatidos, donde ha resultado que no ha quedado demostrado la participación de los hoy acusados D.F.A.S. Y J.B.R., en el delito de: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 5 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de W.A.V.C., lo cual no queda demostrado actos de cooperación que determine la participación de los hoy acusados en el referido delito que imputa el Ministerio Público, con lo cual, no se evidencio y surgen dudas en la participación por cuanto la victima de W.A.V.C. , no compareció ante este tribunal, para ratificar sus declaraciones o señalamiento alguno; no quedando demostrado el delito imputado por el Ministerio Público. Este Tribunal Quinto en funciones de Juicio de manera Mixta, considera que de acuerdo a la sana critica, la lógica las máximas de experiencia y los conocimientos científicos.

    No obstante, la SALA DE CASACIÓN PENAL, de nuestro m.T.S.d.J. ha sostenido bajo la ponencia de la Magistrado DEYANIRA NIEVES BASTIDAS, 21-06-05. en el EXP.05-211. Donde Señala que: “De acuerdo con a este principio, está prohibido dar al imputado o acusado un tratamiento de culpable como si estuviera condenado por sentencia firme; por lo que no se le puede hacer derivar las consecuencias de una condena antes de que esta haya recaído en el proceso y adquiera firmeza. Igualmente se traduce en el hecho de que la carga de la prueba corresponde al Estado y por tanto es a éste a quien corresponde demostrar la existencia del hecho, la infracción a una norma penal, la autoría, culpabilidad y responsabilidad penal del imputado o acusado. La referida magistrada, indica que “la fundamentación hecha por la recurrente, se evidencia que no existe relación entre la norma denunciada como violada (Art. 8 del Código Orgánico Procesal Penal) y el fundamento de la misma. La referida disposición legal, consagra es el principio de presunción de inocencia, que consiste en dar un trato de inocente a toda persona que sea sometida a proceso penal, con las consecuencias que de ello se deriva, hasta que sea condenado mediante sentencia definitivamente firme. Por el contrario la recurrente en su fundamento se basa, al hacer su denuncia, en el hecho que el juzgado de Primera Instancia y el de Alzada, en sus sentencias establecieron que existía insuficiencia de pruebas para condenar al acusado y a criterio de la recurrente, quedó acreditada la suficiencia de pruebas para dictar un fallo condenatorio. La argumentación dada por la recurrente no guarda relación alguna con la norma denunciada como violada, ya que, el principio que rige la insuficiencia probatoria contra el imputado o acusado es el principio in dubio pro reo, de acuerdo al cual todo juzgador está obligado a decidir a favor del imputado o acusado cuando no exista certeza suficiente de su culpabilidad.

    Cabe destacar, que este principio, que se ha analizado, tiene en nuestra legislación regulación específica, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el articulo 24 que preceptúa lo siguiente: “Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aún en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán, en cuanto beneficien al reo, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron. Cuando haya dudas sobre la norma a aplicar, se aplicará aquella que beneficie al reo. (La Negrita es del tribunal). Por otro lado, a través de diversas disposiciones legales como los artículos 13 y 468, entre otros del Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo es considerado como un principio general del Derecho Procesal Penal, y por ende, como todo principio general del Derecho, cumple la función de ser fuente indirecta de esta rama del derecho, bien como vía acogida por el legislador cuando se consagra expresamente en la ley, o a través de la jurisprudencia cuando el juzgador lo acoge en su sentencia para resolver lagunas y carencias de las leyes procesales, en la solución de conflictos que acarrea el proceso penal. Así, nos encontramos que en el momento de ponderar la prueba, hay un principio esencial de la prueba penal, que no cabe confundir con el derecho a la presunción de inocencia, aunque se deriva de esa presunción. Es el principio en base al cual en caso de duda hay que decidir a favor del acusado, el in dubio pro reo. Debe agregarse que este principio puede ser concebido como una regla de interpretación por tratarse de un principio general del Derecho, que no constituye precepto legal de carácter sustantivo, dirigido al juzgador como norma de interpretación, para establecer que en aquellos casos en los que a pesar de haberse realizado una actividad probatoria normal, la prueba hubiere dejado duda en el ánimo del juzgador sobre la existencia de la culpabilidad de acusado, deberá absolvérsele. (El Subrayado y negrita es del tribunal) De acuerdo a ello, el principio envuelve un problema subjetivo de valoración de la prueba que afecta de modo preponderante la conciencia y apreciación del conjunto probatorio. Al anterior punto de vista, se ha opuesto el autor BACIGALUPO ENRIQUE, quien acoge la tesis que concibe el principio de in dubio pro reo como un concepto bidimensional. Para dicho autor, este principio tiene dos dimensiones: una dimensión normativa y otra dimensión fáctica. La fáctica hace referencia el estado individual de duda de los jueces y por lo tanto debe quedar fuera de la casación; y la dimensión normativa, se manifiesta en la existencia de una norma que impone a los jueces la obligación de absolver cuando no se hayan podido convencer de la culpabilidad del acusado o de condenar por la hipótesis más favorable al mismo (BACIGALUPO ENRIQUE); La impugnación de los hechos probados en la casación penal, Ad-Hoc”: Por lo que concluye en esta dimensión, como norma sustantiva, no simple norma interpretativa, que el tribunal debe observar en la aplicación de la ley penal, la infracción del principio in dubio pro reo, si debe dar lugar a la casación. Es importante destacar, que el juicio oral y público que se desarrolló y el principio de inocencia son dos cara de una misma moneda y por tal razón la destaca el autor A.B. en su obra Política Criminal de la Formulación a la Praxis, (1997). Cuando señala que “que las mismas son garantías básicas del proceso penal. A partir de ellas, y sobre ellas, comienza a constituirse el escudo protector frente al poder arbitrario que es el cometido de todas las garantías que juegan en el proceso penal. Se ha dicho que este principio implica un Status de inocencia”, una presunción de inocencia o un derecho a ser tratado como inocente. De igual este Principio fue reconocido por las más importantes declaraciones relativas a los derechos del hombre y del ciudadano proclamada en Francia expresaba que debe presumirse inocente a todo hombre “hasta que haya sido declarado culpable”. Articulo 9 de la referida Declaración. La Declaración Universal de los Derechos Humanos expresa: “Toda persona acusada, de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y al juicio público en el que se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”. Finalmente el Pacto de San J.d.C.R.. (Convención Americana sobre los derechos humanos). Expresa “Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad”. El Articulo 8 de la Referida Convención Internacional. En el caso que nos ocupa, el Ministerio Público no logro demostrar la Culpabilidad del Acusado de auto, a través de las pruebas que fueron debatidas, siendo insuficiente el caudal probatorio presentado por el Ministerio Público, para determinar con certeza la participación de los ACUSADOS: D.F.A.S. Y J.B.R. , en el referido delito de DELITO: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 5 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor. En perjuicio de D.R.,. Es por lo que se hace procedente en derecho, acordar la INCULPABILIDAD del Acusado: D.F.A.S. Y J.B.R. , concluyendo este Tribunal Mixto, que lo ajustado a derecho de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es declarar la ABSOLUCIÓN del acusado antes mencionado, de conformidad con lo previsto en el articulo 366 del Código Penal, y consecuencialmente, dictar la correspondiente SENTENCIA ABSOLUTORIA, conforme a lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, lo procedente en derecho ES ACORDAR LA L.P. del mismo, por decisión de este Tribunal en fase de Juicio. En tal virtud, se hace procedente en derecho es DECLARAR SIN LUGAR la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público interpuesta en contra del mencionado Acusado por insuficiencia Probatoria. ASÍ SE DECLARA.-

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