Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio. Sede Acarigua de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 9 de Enero de 2013

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2013
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio. Sede Acarigua
PonenteNidia Cala Mantilla
ProcedimientoObligación De Manutención

La Fiscalía Cuarta del Ministerio Público remitió el Acta Convenio suscrita entre los ciudadanos anteriormente identificados, en beneficio de su hija (se omite), de trece (13) años de edad.

En el acta en referencia, el ciudadano R.M. ofreció aportar como Obligación de Manutención la suma de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 400,00) mensuales razón de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) semanal, los cuales serán depositados en una cuenta bancaria que aperturara la progenitora, en beneficio de la adolescente en mención, en cuanto a los gastos médicos y medicinas serán compartidos, al igual que los gastos de ropa, calzados, útiles y uniformes escolares, en los meses de Septiembre y Diciembre. Para finalizar, solicitan sea homologado el presente convenimiento.

En fecha 07 de Enero del 2013, el Tribunal le dio entrada y la admitió para dictar la sentencia a que hubiere lugar, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ni a alguna disposición expresa de la Ley. Llegada la oportunidad procesal correspondiente para el pronunciamiento respectivo, el Tribunal lo hace en los siguientes términos:

De la revisión del acta contentiva del convenio suscrito entre los ciudadanos solicitantes, observa quien juzga que el mismo no está incurso en las causales de no homologación previstas en el Artículo 317 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente; por lo que resulta procedente impartir la correspondiente aprobación y, en consecuencia, declarar homologado dicho convenimiento, lo cual se hará en la dispositiva.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR