¿Diputados desproclamados?

En estos días, hemos presenciado el lamentable y bochornoso espectáculo de un Tri bunal Supremo de Justicia, elegido con francas e inocultables motivaciones políticas, utilizado, una vez más, como instrumento para golpear a la nueva Asamblea Nacional elegida por el pueblo.Con justificado asombro he mos visto cómo se habilita una Sala del Tribunal, que se encontraba de vacaciones, para conocer, en forma apresurada, las impugnaciones contra los diputados de la unidad democrática y, lo más grave, en un sistema de justicia en el cual los recursos duermen el sueño de los justos o padecen el limbo de la ley del diferimiento, en el lapso preciso de horas para decidir, se admite un amparo y se ordena suspender los efectos de la proclamación de unos diputados, que ya se cumplió y que le otorga inmunidad a los parlamentarios electos, decidiendo el asunto planteado magistrados recién designados que hace apenas algunos días hacían vida activa en el partido de gobierno.Un tribunal, por más supre mo que sea, no puede descono cer la voluntad del pueblo que ha elegido a sus representantes y le ha otorgado, con la proclamación, la investidura parlamentaria, con la coraza de protección de la inmunidad, que lo sustrae, precisamente, de cualquier acción temeraria o aventurada de desconocimiento de su condición y que pueda intentarse desde el Gobierno o por cualquier otro francotirador, destinada a provocar una de cisión que, por vía provisional o cautelar, pretende dejar sin efecto la expresión de la voluntad soberana.Una vez proclamado un dipu tado, goza de inmunidad, prerrogativa funcional y no personal que no permite que sea coartado en el ejercicio de sus funciones y, por tanto, no puede ser impedida la formalidad de la juramentación y posterior asunción de todas sus obligaciones y derechos.A tal punto es trascendente esta inmunidad, que lo coloca a salvo de decisiones del máximo tribunal que, inclusive, en el caso en que el Tribunal Supremo de Justicia declare, en un antejuicio, por la presunta comisión de un delito, que hay mérito para el enjuiciamiento penal de un diputado, no se puede proceder ni llevar a cabo el juicio si la Asamblea no...

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