Decisión de Juzgado Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 13 de Enero de 2014

Fecha de Resolución13 de Enero de 2014
EmisorJuzgado Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteNereida Hernandez
ProcedimientoPrestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del

Área Metropolitana de Caracas

Caracas, trece (13) de enero de dos mil catorce (2014)

203º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2013-003357

Visto el escrito que antecede presentado en fecha 09 de diciembre de 2013, por el ciudadano C.D., titular de la cédula de identidad Nº 14.965.245, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por la abogada ROSMALI C.G.B., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 178.166, y por el abogado F.D.M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 171.122, en su carácter de apoderado judicial de la empresa DISOFI SERVICIOS 3548, C.A., recibido en este Juzgado en fecha 10 de enero de 2014, proveniente del Archivo Sede de este Circuito Judicial; mediante el cual la parte demandada cancela a la parte actora la cantidad de Bs. 20.000,00, mediante cheque Nº 77077109, girado contra la cuenta Nº 01050012582012077109, del Banco Mercantil, de fecha 3 de diciembre de 2013, a favor del ciudadano C.D., quien lo recibe, a su más cabal y entera satisfacción, reconociendo que nada más tiene que reclamar por los conceptos relacionados en la transacción ni por ningún otro concepto, otorgándole a la empresa un finiquito total y absoluto; en consecuencia este Juzgado vista que la transacción presentada no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena la notificación de las partes. Líbrense boletas respectivas.

LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

EL SECRETARIO

HERMES CARRILLO BOLAÑOS

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