Decisión nº S-N de Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 23 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2011
EmisorJuzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
PonenteBertha Ollarves
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 23 de Noviembre de 2011

201º y 152º

ASUNTO: AP41-U-2011-000224 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por una parte, por el abogado E.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.130.580, apoderado judicial de la Recurrente DISTRIBUIDORA PALO VERDE II, C.A, y por la otra, la abogada V.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 170.255, respectivamente, actuando en su carácter de sustituta del ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; se admiten cuanto ha lugar en derecho dejando su apreciación para la definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes de la siguiente manera:

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA APODERADA JUDICIAL DEL CONTRIBUYENTE:

DOCUMENTALES: Se valora todos y cada uno de los instrumentos y actuaciones contenidos en los recaudos, debidamente señalados en el Escrito del Recurso Contencioso Tributario que se detallan a continuación:

  1. Consulta Tributaria, marcada con la letra “B”, que corre inserta en los folios treinta y seis (36) al cincuenta y cuatro (54).

  2. Oficio SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2010/6337-7009, marcada con la letra “F”, la cual corre inserta en los folios ciento dieciséis (116) al ciento diecinueve (119), inclusive, emanado de la Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas (SENIAT).

  3. Acta de Reparo N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/STIGG/2010-000725-0029, de fecha 15/06/2010 y sus anexos marcada con la letra “C”, que corre inserta del folio sesenta y tres (63) al ochenta y cuatro (84).

  4. Resolución Culminatoria del Sumario signada bajo el N° SNAT/INTI/GRTI-RCA/STIGG/2010/000725000436, marcado con la letra “G”, cursante en los folios ciento veinte (120) al ciento veinticinco (125), inclusive, emanada de la Jefatura del Sector de Tributos Internos Guarenas-Guatire del SENIAT.

EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS:

De conformidad con el Artículo 436 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se ordena oficiar a la Gerencia de Servicios Jurídicos del Regional de Sucesiones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas (SENIAT), para que exhiba y traiga a los autos el Expediente Administrativo signado con el N° DCR-5-57.400, que cursa ante ese Organismo, así como el Oficio N° SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2010/6337-7009 y consigne copia certificada del mismo antes este Tribunal. A tal efecto se le concede un plazo de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la notificación formal del requerimiento, para el cumplimiento de lo ordenado. Líbrese Oficio bajo el N° 2011-436.

En cuanto al Punto III de la Prueba Libre, este Tribunal las inadmite por ser impertinentes e ilegales la misma.

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA APODERADA JUDICIAL DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA:

DOCUMENTALES: Se valora la Copia Simple de la Resolución Culminatoria de Fiscalización N° SNAT/INTI/GRTI-RCA/STIGG/2010/000725-000436, de fecha 31 de marzo de 2011, dictada por el Ciudadano Jefe del Sector de Tributos Internos Guarenas- Guatire del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT, a los f.d.A. 429 del Código de Procedimiento Civil.

LA JUEZ SUPLENTE,

Abg. B.E.O.

EL SECRETARIO SUPLENTE

Abg. H.A. ROJAS

ASUNTO: AP41-U-2011-000224

BEOH/HR/OVA.-

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