Sentencia nº 76 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 28 de Enero de 2010

Fecha de Resolución28 de Enero de 2010
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoDemanda

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 28 de enero de 2010

199º y 150º

Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 21 de enero de 2010, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

Mediante escrito presentado en fecha 30 de noviembre de 2009, el abogado J.B.C.S., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 20.868, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Créditos y Comercializadora El Mago, C.A. (CREDIMAGO), interpuso demanda contra la Gobernación del Estado Apure, por cobro de bolívares.

Este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, admite cuanto ha lugar en derecho la presente demanda.

En consecuencia, se ordena emplazar a la Gobernación del Estado Apure, en la persona del Procurador General del Estado Apure, para que comparezca por ante este Juzgado dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a aquél en que conste en autos el recibo de la comisión conferida, a dar contestación a la demanda, vencido como sea el lapso a que se refiere el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencia del Poder Público, y los cinco (5) días para la vuelta de término de distancia. Líbrese oficio, anexándole compulsa del libelo, con su correspondiente auto de comparecencia, copia certificada de la presente decisión y demás documentos pertinentes.

A los fines de practicar la citación ordenada, se acuerda comisionar suficientemente al Juzgado de Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Líbrense oficio y despacho.

La Jueza,

M.L.A.L.

La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. N° 2009-1045/ytdeg

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