Decisión nº 136 de Juzgado Primero del Municipio Barinas de Barinas, de 26 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2008
EmisorJuzgado Primero del Municipio Barinas
PonenteLisbeth Andreina Quintero
ProcedimientoCobro De Bolivares Por Intimacion

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS. BARINAS, VEINTISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

198° y l49°

Vista la anterior diligencia contentiva de desistimiento suscrita por la abogado en ejercicio Z.L.A., titular de la cédula de idneitdad personal número V- 10.176.834, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.846, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil “ FINANCIAUTO BARINAS C.A.” parte demandante en la presente causa signado bajo el N° 2005-4156; este Tribunal Primero del Municipio Barinas del Estado Barinas, encontrando llenos los requisitos exigidos en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO y le da el carácter de cosa juzgada, se ordena la devolución de las originales letras de cambio, previa certificación en autos, una vez que la parte actora suministre los fotostátos, se suspende la medida provisional de embargo decretada en fecha Diez de Octubre del año Dos Mil 0cho . En consecuencia, hágase entrega de las letras de cambio a la parte demandante; se da por terminado el presente juicio, el cierre y archivo del mismo y en su debida oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial del Estado Barinas, a los fines de su archivo.- Diarícese. Cúmplase.-La Juez Temporal.- Abg. B.S.S..-La Secretaria, Abg. G.T.M..- Expediente N° 2008/5313..BSS/GTM7daisy.-La Juez Temporal (fdo) Abg. B.S.S..- La Secretaria, (fdo) Abg. G.T.M.E. N° 08-5313- BSS/GTM/daisy La Suscrita Secretaria Titular del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; CERTIFICA: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original que contiene la Homologación del Desistimiento suscrito por la parte actora en el expediente signado bajo el N° 2008-5313, seguido en el juicio por COBRO DE BOLIAVRES POR INTIMACION, intentado por el abogado en ejercicio ciudadana Z.L.A. contra los ciudadanos MARIA ORELLANO, X.J.B.P. y C.R.B.P.. Así Lo certifico en Barinas a los Veintiséis días del Mes de noviembre del Año Dos Mil Ocho.- Conste.- La Secretaria

Abg. G.T.M.

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