Decisión nº 224-08 de Corte de Apelaciones 5 de Caracas, de 8 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2008
EmisorCorte de Apelaciones 5
PonenteClotilde Condado Rodríguez
ProcedimientoApelación Contra Auto

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

CORTE DE APELACIONES

SALA CINCO

Caracas, 08 de agosto de 2008

197° y 148°

No. 224-08

EXPEDIENTE: N° SA-5-2008-2344

PONENTE: DRA. C.C.R.

Vista las pruebas promovidas por el Doctor J.O.G., en su carácter de Juez Presidente de esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el acta de inhibición presentada en la causa seguida contra el ciudadano F.F.T., en perjuicio de la Sociedad Mercantil Central Top, C.A., representada por los Apoderados Judiciales Abogados J.R.L.V. y X.T.R., esto es, los folios 36 al 49 de la incidencia, esta Sala Admite dichas pruebas documentales promovidas por estar ajustadas a Derecho, por ser pertinentes y útiles y por ser promovidas en tiempo oportuno, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE, las pruebas documentales promovidas por el Doctor J.O.G., en su carácter de Juez Presidente de esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión.

LA JUEZ,

DRA. C.C.R..

LA SECRETARIA,

ABG. S.H.R.

En la misma fecha se registró y publicó la anterior decisión.

LA SECRETARIA,

ABG. S.H.R.

EXP. No. SA-5-2008-2344

CCR/SHR/Yaneth.-

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