Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Trabajo de Nueva Esparta, de 4 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Trabajo
PonenteEuclides Salazar
ProcedimientoHomologación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta

La Asunción, cuatro de noviembre de dos mil cuatro

194º y 145º

Vista la Transacción presentada en fecha 07-10-2004, por la ciudadana DOLISMAR DEL VALLE Á.S., titular de la cédula de identidad No. 14.359.039, asistida por la Abg. M.R., Procuradora Especial del Trabajo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 50.817, por una parte; y por la otra la Abg. MAYRIN SÁNCHEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 84.282 Apoderada Judicial de la empresa ADECCO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, C.A. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en razón de que la transacción no es contraria a Derecho y no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo. En consecuencia, da por concluido el procedimiento y ordena el archivo del expediente. Y así se decide.-

EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR

EL SECRETARIO

Abg. YHOANN RODRÍGUEZ

ASUNTO : OP02-L-2004-000058

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