Decisión de Tribunal Tercero de Control de Trujillo, de 18 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteAdriana Josefina Araujo Araujo
ProcedimientoSolicitud De Copias

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control

TRUJILLO, 18 de Febrero de 2009

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-006335

ASUNTO : TP01-P-2008-006335

Visto el escrito presentado por la ciudadana M.D.A.D.G. y asistida por el abg A.S. ante el Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado donde solicita Copias Simples y Copias Certificadas de las actuaciones de Transito relacionada con la muerte de su hijo A.G.A..

Este Tribunal Observa:

Considera este Tribunal que la solicitud de la causa TP01-P-2008-006335 llevada por este Tribunal de Control, que en fecha 21-10-2008 solicitaron las copias simples y las copias certificadas de las actuaciones de Transito en la investigación D-21-1011-2007 que cursa en la Fiscalía Tercera del Ministerio Público.

Ahora bien, en fecha 04-11-2008 este Tribunal se pronuncio e instó al Ministerio Público le hiciera la entrega de lo solicitado a la ciudadana M.D.A.G..

En fecha 16-02-2009 se recibió escrito donde la solicitante insiste de nuevo en vista de la negativa que en fecha 30-01-2009 se pronunciara la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, que su razón tendrá.

Vista esta decisión de la negativa es por lo que solicito a la Fiscalía Superior del Estado Trujillo de esta Circunscripción Judicial como Órgano competente que le haga la entrega de lo solicitado a la ciudadana M.D.A.D.G., venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios del hogar, Titular de la Cédula de Identidad N° 1.924.406, domiciliada en la Calle Principal del Sector El Tamborón, Parroquia Monseñor C.d.M. y Estado Trujillo, por cuanto la misma acreditó a este Tribunal ser la madre de la victima fallecida, la cual necesita dichas copias para consignarlas ante la oficina de bienestar social en el palacio de justicia para que le cancelen la indemnización que le corresponde por Seguros Altamira. Notifíquesele a la Fiscalía Superior y se le anexa copia de la decisión y a la ciudadana M.D.A.G.

Trujillo, estado Trujillo a los dieciocho (18) días del mes de febrero de dos mil nueve (2009).

La Juez de Control N° 03 El Secretario

Abg Adriana Araujo Araujo Abg Oscar V Briceño

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