Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Falcon (Extensión Coro), de 28 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo
PonenteNelly Josefina Castro Gomez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN

S.A.D. CORO; 28 DE SEPTIEMBRE DE 2009

AÑOS; 199° y 150°

Vista la Solicitud presentada por el Ciudadano D.J.M.L., venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de Identidad Nº V-7.167.949, domiciliada en la Población de Boca de Mangle Municipio Acosta del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada MARYLENA MUJICA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cedula de identidad Nº V-9.802.340, domiciliada en Valencia estado Carabobo, así como el Justificativo de testigos que se acompaña evacuado por ante el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo previsto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la Ciudadana: D.J.M.L., venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de Identidad Nº V-7.167.949, sobre unas bienhechurias enclavadas en una porción de terreno propiedad de la Comunidad de las Tierras “El Mangle”, ubicadas en la Población de Boca de Mangle, Sector El Mangle, denominada Finca Saca Clavo del Municipio Acosta del Estado Falcón, con una superficie de terreno que mide CUATRO HECTAREAS CON CUATRO MIL CIENTO DOCE METROS CUADFRADOS ( 4 Has. 4.112,00 Mts2).; cuyos linderos y demás especificaciones se determinan a continuación:

LINDEROS:

NORTE: J.L. difunto; SUR: L.S. difunto; ESTE: O.G. difunto y OESTE: Los Manglares, siendo sus coordenadas U.T.M. partiendo del punto P-1 este: 565161 Norte: 1230688 punto P2 Este: 565054 Norte: 1230689 punto P-3 este: 565060 Norte: 1230673 punto P-4 este: 564994 Norte: 1230686 punto P-5 Este: 564992 Norte: 1230467 punto P-6 Este: 565010 Norte: 1230442 punto P-7 este: 565032 Norte: 1230447 punto P-8 este: 565042 Norte: 1230445 punto P-9 Este: 565199 Norte: 1230463 Punto P-10 Este: 565178 Norte: 1230609 donde cierra la poligonal.

Entréguese el presente original a la parte interesada, fórmese expediente y anéxesele copia certificada de la solicitud, los recaudos y del presente auto. La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Veintiocho (28) días del Mes de Septiembre de 2009. Años: 199º y 148º.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABG. N.C.G.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ASIST. A.P.C.,

Carmen.

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