Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Lara (Extensión Barquisimeto), de 18 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2013
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteLuis Alfonso Martínez
ProcedimientoExtinción De La Pena

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION Nº 02

Barquisimeto, 18 de Septiembre del 2013

Año 203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-007867

EXTINCIÓN DE PENA POR MUERTE (103 DEL CÓDIGO PENAL)

Revisado el presente asunto referente en relación a la Extinción de la Pena por Muerte del Penado, este Tribunal para decidir previamente observa:

Consta en el presente asunto, Certificado de Defunción correspondiente al ciudadano quien en vida respondía al nombre de {......}, titular de la cédula de identidad {......}, donde hace constar que el penado falleció.

El artículo 103 del Código Penal establece que la muerte del penado extingue la pena, por tal motivo Se Declara la Extinción de la Pena, de conformidad con lo establecido en la N.A. señalada. Y Así Se Decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA, POR MUERTE DEL PENADO. {......}, titular de la cédula de identidad {......}.

Notifíquese a la Fiscalía Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, y a la Defensa.

Regístrese, Publíquese, Remítase y Ofíciese.

EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 2

ABG. L.A.M.L.S.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR