Decisión nº 681 de Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito. de Portuguesa, de 30 de Junio de 2016
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2016 |
Emisor | Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito. |
Ponente | Sara Theresa Cardenas Marquez |
Procedimiento | Titulo Supletorio |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONSEÑOR J.V.D.U.
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 30 de Junio de 2.016
Años: 206° y 157°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por el ciudadano: D.C.M.T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.251.133, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio L.Y., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 232.375, solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las Bienhechurías a que el se contrae.-
De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los Ciudadanos: WILGER J.A.T. y C.M.L.T., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de Identidad Nros: V-13.739.846 Y 19.031.105, respectivamente.-
Consta que el solicitante ocupa en un lote de Terreno propiedad de la Municipalidad, con una extensión irregularmente cuadrada de: SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (682, 50 Mtrs2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Bienhechurías de A.P.; SUR: Solar de Yosnelsi Vielma, ESTE: Una Quebrada y OESTE: Calle Principal del Barrio y Solar Yonelsi Vielma. Ubicado en el Barrio S.B.d. la población de Chabasquén Municipio Monseñor J.V.d.U.E.P.. Unas bienhechurías consisten en: Un (01) Inmueble construido con fundaciones para platabanda, machones de concreto y cabillas, paredes de bloques, techada con platabanda, pisos de terragret, puertas y ventanas de hierro, distribuido de la siguiente manera: Un (01) local comercial, Un (01) salón de festejos, Un (01) deposito con cava cuarta, Un (01) garaje y una sala baños empotrado, con dos (02) portones tipos s.m. , Un (01) portón de hierro corredizo, una (01) puerta de hierro corrediza y un enrejado de hierro corredizo, con todos sus servicios eléctricos y sanitario en perfectas condiciones, todo cercado con paredes de bloques, cemento y cabillas y en partes con alambre de púas sobre estantillos de madera. Todo enclavado en un lote de terreno de la Municipalidad, que las mismas la ha fomentado a sus propias y únicas expensas con dinero de su propio peculio y trabajo personal, e invirtió en todas esas Bienhechurías la cantidad de TREINTA MILLLONES DE BOLIVARES ( Bs. 30.000.000,oo) .-
Y por cuanto no ha habido oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor J.V.d.U.d.P.C. de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el ARTICULO 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al ciudadano: D.C.M.T., antes identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las Bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentada Autorización de la Sindicatura Municipal, de fecha, 13/06/2016, para que el solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las Bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
La Jueza,
Abg. Sarath T.C.M..-
La Secretaria,
Abg. M.S.H.Q.-
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de Nueve (09) folios útiles.-
La Secretaria,
Abg. M.S.H.Q.-