Decisión nº 681 de Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito. de Portuguesa, de 30 de Junio de 2016

Fecha de Resolución30 de Junio de 2016
EmisorTribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito.
PonenteSara Theresa Cardenas Marquez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONSEÑOR J.V.D.U.

DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION

JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

Chabasquén, 30 de Junio de 2.016

Años: 206° y 157°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por el ciudadano: D.C.M.T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.251.133, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio L.Y., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 232.375, solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las Bienhechurías a que el se contrae.-

De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los Ciudadanos: WILGER J.A.T. y C.M.L.T., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de Identidad Nros: V-13.739.846 Y 19.031.105, respectivamente.-

Consta que el solicitante ocupa en un lote de Terreno propiedad de la Municipalidad, con una extensión irregularmente cuadrada de: SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (682, 50 Mtrs2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Bienhechurías de A.P.; SUR: Solar de Yosnelsi Vielma, ESTE: Una Quebrada y OESTE: Calle Principal del Barrio y Solar Yonelsi Vielma. Ubicado en el Barrio S.B.d. la población de Chabasquén Municipio Monseñor J.V.d.U.E.P.. Unas bienhechurías consisten en: Un (01) Inmueble construido con fundaciones para platabanda, machones de concreto y cabillas, paredes de bloques, techada con platabanda, pisos de terragret, puertas y ventanas de hierro, distribuido de la siguiente manera: Un (01) local comercial, Un (01) salón de festejos, Un (01) deposito con cava cuarta, Un (01) garaje y una sala baños empotrado, con dos (02) portones tipos s.m. , Un (01) portón de hierro corredizo, una (01) puerta de hierro corrediza y un enrejado de hierro corredizo, con todos sus servicios eléctricos y sanitario en perfectas condiciones, todo cercado con paredes de bloques, cemento y cabillas y en partes con alambre de púas sobre estantillos de madera. Todo enclavado en un lote de terreno de la Municipalidad, que las mismas la ha fomentado a sus propias y únicas expensas con dinero de su propio peculio y trabajo personal, e invirtió en todas esas Bienhechurías la cantidad de TREINTA MILLLONES DE BOLIVARES ( Bs. 30.000.000,oo) .-

Y por cuanto no ha habido oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor J.V.d.U.d.P.C. de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el ARTICULO 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al ciudadano: D.C.M.T., antes identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las Bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentada Autorización de la Sindicatura Municipal, de fecha, 13/06/2016, para que el solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las Bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-

La Jueza,

Abg. Sarath T.C.M..-

La Secretaria,

Abg. M.S.H.Q.-

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de Nueve (09) folios útiles.-

La Secretaria,

Abg. M.S.H.Q.-

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