Decisión nº 5C-9145-02 de Tribunal Quinto de Control Los Teques de Miranda, de 28 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorTribunal Quinto de Control Los Teques
PonenteHerminia Bravo de Freites
ProcedimientoAuto Fundado

Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Quinto en funciones de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la ABG. R.M., en su carácter de Defensora del ciudadano I.B.T., titular de la Cédula de Identidad N° V – 14.850.227, de la revisión de la Medida Judicial Privativa de Libertad de su defendido, por la aplicación de medidas cautelares sustitutivas menos gravosa contenidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 243, en relación con el artículo 253, en concordancia con lo previsto en los artículos 250 y 251 parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente.

Regístrese, Diarícese, Notifíquese, déjese copia. Cúmplase

LA JUEZ,

H.B.D.F.

LA SECRETARIA,

A.C.C.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

Causa 5C 9145-02

HBF/ hb

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