Decisión nº 037-2006 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de Lara, de 28 de Abril de 2006

Fecha de Resolución28 de Abril de 2006
EmisorJuzgado Superior Contencioso Tributario
PonenteMaria Leonor Pineda Garcia
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL

Barquisimeto, veintiocho (28) de abril de dos mil seis (2006)

196º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 037/2006

ASUNTO: KP02-U-2005-000454

Visto el Recurso Contencioso Tributario, incoado por los ciudadanos J.R.R.M. y D.D.J.V.H., mayores de edad, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.703.065 y V-8.082.752, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 3.366 y 37.521, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad de Comercio CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES, C.A. (CORPORACIÓN DROLANCA), inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el N° J-09006646-2, identificada con el Número de Identificación Tributaria (N.I.T.) bajo el Nº 0021503010, con domicilio principal en la ciudad de El Vigía, Municipio A.A., Estado Mérida, inserta su acta constitutiva por ante el Registro de Comercio llevado en la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha veintisiete (27) de noviembre de 1979, bajo el Nº 958, Tomo II, reformada por inserciones efectuadas ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, en fecha veinte (20) de noviembre de 2002, bajo el Nº 07, tomo A-7 (última reforma integral de los Estatutos); el veintinueve (29) de septiembre de 2003, bajo el Nº 55, Tomo A-5 (designación Presidente y Vicepresidente actuales); el trece de septiembre de 2004, bajo el Nº 31, Tomo A-6 (cambio del objeto social y codificación Estatutos); y el diecisiete (17) de febrero de 2005, bajo el Nº 71, Tomo A-11 (aumento del capital social y prórroga duración); según copia certificada de sendos poderes; contra la Resolución Nº 269-2005, de fecha veintiséis (26) de octubre de 2005 y notificada en fecha once (11) de noviembre de 2005, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA. Ahora bien, estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o inadmitir el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266 a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares recurrible en vía jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda, quedando demostrada la cualidad y el interés de la recurrente, así como la legitimidad de las personas que se presenta como apoderados judiciales de la sociedad de comercio CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES, C.A. (CORPORACIÓN DROLANCA), y en virtud de que no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, en cuanto a lugar en derecho de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. Procédase su tramitación y sustanciación, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada conforme a lo estipulado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho, de este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto a los veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-

La Jueza,

Dra. M.L.P.G..

El Secretario,

Abg. F.M..

En horas de despacho del día de hoy, veintiocho (28) de abril del año dos mil seis (2006), siendo las dos y cincuenta y seis minutos de la tarde (2:56 p.m.), se publicó la presente Decisión.

El Secretario,

Abg. F.M..

ASUNTO: KP02-U-2005-000454

MLPG/fm/ga.-

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