Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Aragua, de 19 de Enero de 2010

Fecha de Resolución19 de Enero de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteSory Del Valle Maita
ProcedimientoOferta Real De Pago

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN,

MEDIACIÒN Y EJECUCIÒN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY

Maracay, 09 de octubre de 2006

196º y 147º°

ASUNTO: DP11-S-2006-000387

ACTA

PARTE OFERENTE:. DROGUERIA FARVENCA, C.A.

APODERADO DE LA PARTE OFERENTE: M.V.D.H., inscrito en el Inpreabogado Nro. 78.683.

PARTE OFERIDA: J.O.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.962.922, de este domicilio

ABOGADA ASISITENTE DE LA PARTE OFERIDA: MAGDELINE DURAN CARRASQUERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 124.356.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.

En el día de hoy, siendo las 08:30 a.m. oportunidad en la que comparecen la abogada M.V.D.H., inscrita en el Inpreabogado Nro. 78.683, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente DROGUERIA FARVENCA, C.A. y el ciudadano J.O.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.962.922, de este domicilio, en su carácter de la parte oferida, actuando debidamente asistido por la abogada MAGDELINE DURAN CARRASQUERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 124.356 y solicitan la celebración de un acto conciliatorio en el presente procedimiento. La ciudadana Juez declaró abierto el acto dejándose constancia de que la mediación arrojo resultados positivos alcanzándose acuerdo entre las partes, quienes haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos y de la función mediadora desarrollada por este Despacho deciden conciliar el presente asunto, conforme lo establece el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo acorde con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y lo hacen en los términos siguientes: La parte oferida expone: “Recibo de la parte oferente, antes identificado, la cantidad de ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,00) mediante la cual se cancelan lo conceptos explanados en la oferta real de pago, pero manifiesta que la parte oferida me adeuda todavía el salario generado en el mes de diciembre el cual no me fue cancelado en la oportunidad correspondiente. En este estado la parte oferente, con el objeto de poner fin al presente procedimiento ofrece pagar a la parte oferida la cantidad de un mil trescientos veinticuatro bolívares (Bs. 1.324,00) cantidad esta que se corresponde con la mensualidad solicitada por la parte oferida y este pago lo ofrece para el día 29 de enero de 2010, por ante la U.R.D.D. de este Circuito Judicial Laboral en horas de despacho. En este estado la parte oferida acepta el ofrecimiento formulado. En tal sentido y visto el acuerdo alcanzado entre las partes, se deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, no pudiendo la parte oferida reclamar por los conceptos explanados en la oferta real, esto es prestación de antigüedad, intereses sobre prestaciones, vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado, adicionalmente la parte oferente entrega a la parte oferida una cantidad por concepto de bonificación transaccional y otra por concepto de pago especial, con lo cual cubre cualquier diferencia que se pudiera generar en los cálculos matemáticos hechos para determinar la cantidades adeudadas, y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez conste en autos el pago. En este estado, el Tribunal vista la exposición de la parte oferida ordena a través de este mismo instrumento a la Oficina de Depósito de Bienes la tramitación correspondiente a objeto de que le sea entregada la cantidad antes mencionada. LÍBRESE OFICIO.-

LA JUEZA,

ABG. SORY MAITA GONZÁLEZ

LA PARTE OFERENTE

LA PARTE OFERIDA

EL SECRETARIO,

ABG. HAROLYS PAREDES

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR