Decisión nº 1465 de Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de Merida, de 5 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2009
EmisorJuzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores
PonenteHomero Sanchez
ProcedimientoApelacion

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cinco (05) de marzo de dos mil nueve (2009).-

194° y 150°

Por cuanto mediante Resolución N° 2004-0146, dictada en fecha 07 de septiembre de 2004 por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.034, de fecha 30 del mismo mes y año, en su artículo 8, le suprimió la competencia en materia del trabajo a este Juzgado Superior y en el artículo 10, se ordena la remisión de los expedientes existentes en este Tribunal al Juzgado creado, vale decir, al Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, esta Superioridad se declara incompetente por razón de la materia para seguir conociendo en el presente juicio incoado por el ciudadano M.Á.R.M., contra el ciudadano R.M.B., por cobro de bolívares de prestaciones sociales, y, en consecuencia, declina su conocimiento al mencionado Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Remítase el presente expediente a dicho Tribunal una vez que quede firme la presente decisión, previo cómputo efectuado por Secretaría, de los días de despacho transcurridos por ante este Juzgado y la constancia del estado en que se encuentra la causa. Así se decide.

El Juez,

La Secretaria, H.S.F.

M.A.S.G.

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cinco (05) de marzo de dos mil nueve (2009).-

194° y 150°

Certifíquese por Secretaría para su archivo copia de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma el contenido del presente decreto.

El Juez,

La Secretaria, H.S.F.

M.A.S.G.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.

La Secretaria,

Exp.4962 M.A.S.G.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR