Decisión nº 525 de Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de Merida, de 15 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2006
EmisorJuzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores
PonenteHomero Sanchez
ProcedimientoRecusaciòn

GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, quince de marzo de dos mil seis.-

195° Y 147°

La presente incidencia se encuentra en esta Alzada, en virtud de la recusación formulada contra el abogado A.C.Z., quien se desempeña como Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercnatil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante diligencia de fecha 12 de enero de 2006, suscrita por el abogado ORANGEL BOGARIN, con el caracter de apoderado judicial de la ciudadana M.D.R.S.D., parte demandante en el juicio que sigue contra el ciudadano O.E.D.H., y que tiene por motivo el cumplimiento de contrato de comodato, signado con el número 08184 de la nomenclatura propia de ese Tribunal.

Por auto de fecha 21 de febrero de 2006 (folio 461), se recibieron las presentes actuaciones, se les dio entrada y el curso de ley corespondiente, con motivo de la inhibición formulada por el abogado D.M.T., Juez Provisorio del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, acordando que de conformidad con el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, se resolvería lo conducente dentro de los tres (03) días hábiles de despacho siguientes a la fecha de dicho auto.

Mediante decisión de fecha 08 de marzo de 2006 (folio 462), esta Superioriodad declaró Con Lugar la inhibición formulada por el abogado D.M.T., Juez Provisorio del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, por considerar que la misma fue hecha en forma legal y que se encontraba fundamentada em causal prevista en la ley, de conformidad con el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil.

Observa este Juzgador que por auto de fecha 23 de enero de 2006 (folio 93), el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, recibió por distribución las presentes actuaciones, con motivo de la recusación interpuesta contra el abogado A.C.Z., antes señalada, ordenando darle entrada, formar expedeinte y el curso de ley correspondiente.

Mediante auto de fecha 30 de enero de 2006 (folio 106), se acordó agregar al expediente el escrito contentivo de promoción de pruebas, consignado por el abogado ORANGEL BOGARÍN, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana M.D.R.S.D..

Por auto de fecha 30 de enero de 2006 (folio 107), el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, admitió las pruebas promovidas por el abogado recusante en la presente causa.

Mediante auto de fecha 02 de febrero de 2006 (folio 130), se acordó agregar al expediente el escrito contentivo de promoción de pruebas, consignado por el abogado A.C.Z., debidamente asistido por ñla abogada G.A.C.C., en su condición de Juez recusado.

Mediante auto de fecha 02 de febrero de 2006 (folio 172), se acordó agregar al expediente el escrito contentivo de impugnación de las pruebas promovidas por el recusante, consignado por el abogado A.C.Z., en su condición de Juez recusado, debidamente asistido por la abogada G.A.C.C..

Por auto de fecha 02 de febrero de 2006 (folio 175), el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, admitió las pruebas promovidas por el abogado recusado en la presente causa.

Mediante auto de fecha 06 de febrero de 2006 (folio 176), el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, acordó el diferimiento de la publicación de la sentencia que debía dictarse en la presente causa, en virtud de que no había recibido las copias certificadas solicitadas al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

Este Juzgado a los fines de verificar el estado en que se encuentra la presente incidencia, acuerda solicitar al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, un cómputo de los días de despacho transcurridos en ese Tribunal desde el 23 de enero de 2006 (exclusive), fecha en que le dio entrada a dichas actuaciones hasta el 07 de febrero de 2006, (inclusive), fecha en que tuvo lugar la inhibición del abogado D.M.T., Juez Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, todo ello a los fines de la decisión de la incidencia de recusaciuón a que se contaren las actuaciones sometidas al conocimiento de esta superioridad. El Juez Temporal,

La Secretaria, H.S.F..

M.A.S.G..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede y se libró oficio número 0480-084, al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial de Estado Mérida.

La Secretaria,

M.A.S.G..

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